Abogado, Dr en Derecho. Profesor honorario de la Universidad de los Andes y ex Magistrado

martes, 28 de junio de 2016

Palabras en el acto de imposición de la Orden Bicentenario del Colegio de Abogados del Distrito Capital al Cardenal Urosa


Palabras pronunciadas en el acto de otorgamiento de la condecoración de la Orden Bicentenario del Colegio de Abogados de Caracas al Cardenal Jorge Urosa Savino.

 

Román J. Duque Corredor

 

 

 

 

El Derecho y la Justicia han sido elementos del magisterio de la Iglesia Católica, es decir, de su enseñanza. Magisterio del que se ha investido a los obispos, como sucesores de los Apóstoles, bajo la autoridad del Sumo Pontífice,  que incluye la enseñanza de la doctrina, la moral y las costumbres.   Así, el canón  2050, del Catecismo de la Iglesia Católica, aprobado por San Juan Pablo II, en 1992, señala queEl Romano Pontífice y los obispos, como maestros auténticos, predican al pueblo de Dios la fe que debe ser creída y aplicada a las costumbres. A ellos corresponde también pronunciarse sobre las cuestiones morales que atañen a la ley natural y a la razón”.  Puede decirse, entonces,  que ese magisterio es el pensamiento ético sobre la sociedad, el Estado y la actividad política.  Pensamiento, que se resume en las palabras que este Santo Pontífice dirigió a los intelectuales en su Discurso al Mundo de la Cultura de Lituania, el 5 de septiembre de 1993, de que los límites infranqueables de los proyectos políticos son la dignidad de los hombres y la ley moral.  En ese orden de ideas, como lo sostengo en mi Libro “Temario de Derecho Constitucional y de Derecho Público”, publicado en el año 2008,  el magisterio de este Padre Santo,  sobre las consideraciones del respeto al hombre,  de la promoción de la  cultura de la vida en contra de la cultura de la muerte y del paradigma de la verdad,  es un testimonio documental de las valores y conceptos  de la Iglesia Católica que brindan “al cuerpo social y a la actividad cultural, científica, económica y política, ideas que son capaces de orientar la conducta práctica de la sociedad” (Op, Cit, LEGIS, PP195-196).  Dentro de ese magisterio se destaca la valoración del Estado al servicio de la persona como base del Estado de Derecho; el Estado de Derecho como un estado justo, equilibrado y democrático; la neutralidad ideológica; la dignidad de la persona humana como fuente de derechos; la anterioridad de la persona respecto de la sociedad y el estado; el respeto a la constitución y a las normas jurídicas democráticamente consensuadas y el pluralismo en la organización de la sociedad, como principios y criterios para la configuración del Estado de Derecho.  E, igualmente, la consideración de los derechos humanos como cuestión ética, la naturaleza social de las personas como soporte de la institucionalidad jurídica y presupuesto de los derechos humanos; la deshumanización de la democracia y los compromisos y cometidos del estado frente a los derechos humanos, y la consideración del despertar de los pueblos en la búsqueda de la libertad.   

Para el magisterio eclesial la democracia y el Estado de Derecho son inescindible. San Juan Pablo II, en su Encíclica Centesimus annus de 1991, enseña: “La Iglesia aprecia el sistema de la democracia, en la medida en que asegura la participación de los  ciudadanos en las opciones políticas y garantiza a los gobernados la posibilidad de elegir y controlar a sus propios gobernantes, o bien sustituirlos oportunamente de manera pacífica, Por esto mismo, no puede favorecer la formación de grupos dirigentes restringidos que, por intereses particulares o por motivos ideológicos , usurpan el poder del Estado, Una auténtica democracia es posible solamente en un Estado de derecho y sobre la base de una recta concepción de la persona humana” (46: AAS 83. 850).  Y en cuanto al Estado de Derecho el magisterio pontificio reconoce la validez del principio de la división de poderes en el Estado,  señalando, en la misma Encíclica Centesimus annus, que: “Es preferible que un poder esté equilibrado por otros poderes y otras esferas de competencia, que lo mantengan en su justo límite. Es éste el principio del Estado de Derecho, en el cual es soberana la ley y no la voluntad arbitraria de los hombres” (44: AAS 83.848).  Doctrina esta que es de una vigencia necesaria en la presente situación de la crisis de las instituciones democráticas en Venezuela.

 De este magisterio participan y enseñan los obispos de la República, asociados en la  Conferencia Episcopal Venezolana (CEV),  de acuerdo al Concilio Vaticano II,  conforme formas y modos de apostolado convenientemente acomodados a las circunstancias de tiempo y lugar, a través de sus diversos departamentos,  pastorales y vicarias, como la de derechos humanos de los diferentes obispados y arquidiócesis.  Una de las mejores manifestaciones  de este magisterio es el  Comunicado de la Presidencia de la Conferencia Episcopal Venezolana ante la Gravísima Situación del País, de fecha 27 de abril de 2016, mediante el cual no solo se denuncia la extrema carencia de bienes y productos básicos para la alimentación y la salud, el recrudecimiento de la delincuencia asesina e inhumana, el racionamiento inestable de la luz y el agua,  la profunda corrupción en todos los niveles del Gobierno y la sociedad; la ideologización y pragmatismo manipulador, que agudizan la situación del país; sino que, además, se destaca como una obligación moral irrenunciable el respeto a la institucionalidad, y dentro de ella, el respeto a la a autonomía de los respectivos poderes, la falta de convivencia nacional promovida por el enfrentamiento de las diferentes ramas del Estado, la amnistía como un clamor nacional e  internacional, y, particularmente, se advierte que “desconocer a la Asamblea Nacional es desconocer y pisotear ka voluntad de la mayoría del pueblo”.  Igualmente,  la Comunicación ante Las Elecciones Parlamentarias de la Comisión de Justicia y Paz de la Conferencia Episcopal Venezolana y la Vicaría de Derechos Humanos de la Arquidiócesis de Caracas, de 5 de diciembre de 2015,  es otra manifestación del magisterio  de la Iglesia sobre el Estado de Derecho y la democracia, como obligación moral,  con relación al ejercicio del derecho del voto, contra la abstención,   acerca de la obligación del CNE y de los poderes públicos de garantizar la transparencia del proceso y la seguridad en el ejercicio de derecho del sufragio, que presupone el respeto a la opción del elector,  así como   con relación al secreto inviolable de su voto y de las garantías de  las condiciones de tiempo y espacio para facilitar el mismo; y la protección de  los derechos civiles , especialmente el derecho a la vida, a la integridad física y  al libre tránsito durante las elecciones  y el acceso de los medios de comunicación para informar sin restricciones todo lo relativo a este proceso comicial.

 

 Parte de ese magisterio eclesial,  en el contexto del pensamiento ético sobre la sociedad, el Estado y la actividad política,  son las declaraciones de su Eminencia, el Cardenal Jorge Urosa Savino, sobre el respeto a las elecciones legislativas,  especialmente dirigido al Presidente Maduro;  de la obligación de respetar la Constitución y el poder legislativo, como la luz que deben ver los poderes públicos, con relación a    la desaprobación  del decreto de emergencia económica propuesto por el Gobierno de Nicolás Maduro y que fue reavivado por el Tribunal Supremo de Justicia con un fallo que le dio vigencia, así como a su prórroga;  y acerca de la exhortación a combatir las bandas armadas;  sobre el derecho a reavivar el revocatorio con la recolección de firmas y la responsabilidades del CNE  y del gobierno por impedir este derecho.  Asimismo, el Cardenal Urosa,  conforme el magisterio eclesial sobre el valor de la libertad como expresión de la dignidad de la persona humana,  denunció el día domingo 26 de junio de este año, la violación de los derechos humanos de los jóvenes Francisco Márquez y Gabriel San Miguel, por su detención por  participar como activistas en el proceso de validación de firmas  y por su reclusión en la Cárcel de San Juan de Los Morros, señalando que en su caso no se ha observado el debido proceso, puesto que no fueron apresados en flagrancia cometiendo algún delito, y   que deben ser juzgados bajo libertad,   tal como lo ordena el Código Orgánico Procesal Penal. Por su parte, los colegios de abogados y su Federación,  en su Declaración sobre estas materias, y, particularmente, sobre las decisiones de la Sala Electoral y de la Sala Constitucional, que desconocen la representación parlamentaria y la autonomía del poder legislativo, y por el cual denuncian la violación de derechos fundamentales; coinciden con el magisterio eclesial sobre los fundamentos del Estado de Derecho.

 Por otra parte, los abogados constitucionalmente integran el sistema de justicia, y, conforme, la ley que rige sus gremios,  han de promover la defensa del derecho, de la libertad y de la justicia; y la cual además  asigna a los colegios de abogados la condición de auxiliares de justicia y la función de velar por los intereses de la abogacía como profesión independiente. Asimismo, el Código de Ética Profesional del Abogado impone a éstos el deber de servir a la justicia, asegurar la libertad y el ministerio del Derecho.  Particularmente,  por parte del Colegio de Abogados del Distrito Capital, heredero del Colegio de Abogados de Caracas, creado en 1788,  el deber de  promover y defender el derecho y la justicia y el progreso del pueblo caraqueño. Y  como sucesor del Colegio de Abogados del Distrito Federal de 1957, que apoyó entusiastamente la Pastoral del 1º de mayo de dicho año, del Arzobispo de Caracas, Rafael Arias Blanco, que el entonces periodista de la Revista Momento, Gabriel García Márquez,  consideró como “una brecha en el cinturón de acero creado por la censura a la Prensa” durante la dictadura perezjimenista  (Caracas, 09.10. 1959).  Según el sacerdote  jesuita, José Virtuoso, hoy Rector de la Universidad Católica Andrés Bello,   con esta Pastoral la Iglesia asume una postura crítica frente al orden establecido y que   la argumentación utilizada se sustenta en el iusnaturalismo  y que desde el punto de vista político-ideológico es un precedente de la  perspectiva latinoamericana nacida en 1968 con la II Conferencia Episcopal Latinoamericana reunida en la ciudad de Medellín en Colombia, sobre los derechos políticos, sociales y económicos y del Estado democrático de Derecho  ( Revista SIC 694, P 166,  mayo 2007).  El Colegio de Abogados del Distrito Federal testimonió  en diferentes actos la trascendencia del magisterio del Arzobispo Arias en la lucha por la democracia durante la dictadura de Pérez Jiménez y en la conquista de la democracia, así como su influencia en la configuración de los derechos sociales y económicos en la Constitución de 1961.

 No es de extrañar, pues, que en estos tiempos, el Colegio de Abogados del Distrito Capital, haga un reconocimiento al magisterio de la Iglesia Católica de Venezuela, imponiendo la Orden Bicentenario de dicho Colegio,  al Cardenal Jorge Urosa Savino, por ser un plecaro ejemplo personal y colegiado de ese magisterio, a quien, con plena responsabilidad, considero digno sucesor de Monseñor Rafael Arias Blanco, en el pensamiento eclesiástico sobre la sociedad, el Estado y la actividad política en el presente momento histórico venezolano de profunda crisis moral, política e institucional.  Ese otorgamiento de la principal orden gremial al Cardenal Jorge Urosa Savino, es, por parte, de los  abogados un acto de justicia.  Y además es un reconocimiento y un testimonio, de que su Eminencia, en su ministerio pastoral,  guarda la más estricta coherencia con el lema de su Escudo como XV Arzobispo de Caracas, “Pro Mundi Vita” (Para la vida del Mundo),  que expresan el sentido de su misión, y, que, por tanto, es principalmente, es “Pro Venezuela Vita”,  para y por la vida de Venezuela. 

 Reciba Eminencia, de los abogados caraqueños y de su Colegio,  su Orden Bicentenario,  como la  más alta distinción que se otorga tanto a quienes se han distinguido por su trayectoria profesional, como a las personalidades meritorias en  la defensa del Derecho, de la Paz, de la Justicia y de los derechos humanos, de las cuales usted es una notable representación.

 

Eminencia, quisiera terminar, con estas palabras, de su antecesor en la sede episcopal de Caracas, el Cardenal José Humberto Quintero, que tomo de su discurso “La Labor de San Ignacio en la Reforma de la Iglesia”, pronunciado el  11  de mayo de 1956, en el Aula Magna de la Universidad Universitaria de Caracas, y, que con su licencia,  utilizo para calificar a usted como magister del pensamiento de la Iglesia Católica de Venezuela:

 

                             Las ideas gobiernan a los hombres. Para que ellas se propaguen necesitan apóstoles.  Pero para que éstos de manera eficaz realicen tal tarea es preciso que primeramente sean unos convencidos de la verdad a cuyo servicio han de consagrarse. Solo cuando en el corazón del apóstol hay esa convicción profunda su palabra es llama que prende nuevas llamas en otras almas”.

 

 Eminencia,  usted ha prendido llamas  de esperanza en nuestro corazón e incendiado nuestro ánimo de fe y de perseverancia.

 

Caracas,  28 de junio de 2016.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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