Abogado, Dr en Derecho. Profesor honorario de la Universidad de los Andes y ex Magistrado

lunes, 25 de enero de 2016

El Bloque Constitucional y las Sentencias sin Rostros


                                         SENTENCIAS SIN ROSTRO

 

EL BLOQUE CONSTITUCIONAL DE VENEZUELA, constituido en pro de la defensa de la integridad de la Constitución y como componente del sistema de justicia, en ejercicio del derecho ciudadano de participar en el control de la gestión de los asuntos públicos, que se consagra en el artículo 62, constitucional, y, particularmente, del derecho de toda persona de participar de manera organizada , directa y protagónica en la formación de políticas y control de la gestión del Tribunal Supremo de Justicia, que se reconoce en el artículo 119, de la Ley Orgánica que lo rige; CONSIDERA NECESARIO advertir a la opinión pública nacional e internacional lo perjudicial y violatorio de los principios de transparencia y de responsabilidad de los procesos judiciales, que se establecen en el artículo 26 de la Constitución, la práctica seguida por el Tribunal Supremo de Justicia de la no designación de un ponente, en los asuntos que le son sometidos, en los tres (3 ) días hábiles siguientes desde el momento en que se les hubiere dado entrada, sino que, por el contrario, en esa misma oportunidad, de manera discrecional y sin motivación alguna, dado que ello implica modificar una regla del proceso, deciden elaborar una ponencia conjunta o colectiva, sin que se pueda conocer el redactor o redactores en verdad de los proyectos de sentencia.

Estas sentencias, que hemos  calificado Sin Rostro, son una suerte de aquel mecanismo denominado Jueces Sin Rostro, utilizado en algunos países cuando se intentaba enfrentar el terrorismo o la delincuencia organizada, el cual, por cierto, ha sido duramente criticado, no obstante que con ello se perseguía la protección de la vida de los jueces que tramitaban las causas abiertas por ese tipo de criminalidad.

De tal manera que, en el caso de ponencias conjuntas, cuando se oculta la identidad del ponente, cuya designación es un imperativo legal, no solo se violentan principios fundamentales sino que, además, se exhibe el temor ante la colectividad de ser identificado con nombre y apellido, pretendiendo evadir con ello  las responsabilidades correspondientes.

Ejemplo de ello, entre otros muchos, ocurrió en el proceso seguido por la Sala Electoral de nulidad de la elecciones parlamentarias del Estado Amazonas en el que, mediante sentencia No 1 del 11 de enero de 2016, acordó medida cautelar de suspensión de los actos de votación, totalización y proclamación, y en el procedimiento de solicitud de desacato de la sentencia No 260 del 30 de diciembre de 2015, que tramitó dicha Sala en contra de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, al igual que en el proceso mediante el cual la Sala Constitucional resolvió la solicitud de omisión en contra de esta Asamblea en sentencia de fecha 14 de enero del 2016 y en el del pronunciamiento de la misma Sala sobre el decreto No 2.184 que declaró el estado de emergencia económica del 14 del mismo mes y año citados.

En efecto, en ninguno de esos procesos se designó ponente, como lo establece el artículo 99 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, sino que todos los magistrados decidieron elaborar una ponencia colectiva, siendo la designación de un ponente una de las disposiciones generales que debe cumplirse en todo proceso ante dicho Tribunal, de acuerdo con el artículo 85, de la Ley citada.

Tal práctica de la no designación de ponente en cada uno de los asuntos que conozca el Tribunal Supremo de Justicia, violenta el deber del Estado de garantizar una justicia idónea, imparcial, transparente, independiente y responsable, que establece el artículo 26, de la Constitución y  además deteriora la imagen de credibilidad y de objetividad de la administración de justicia.

Igualmente, las sentencias sin ponente, violatorias de la ley que rige al Tribunal Supremo de Justicia es una forma de evadir responsabilidades personales y principios fundamentales de la colegiación, como lo es la de la presentación de los proyectos de sentencia por un ponente a los demás magistrados, para su consideración en la respectiva Sala, como lo exige el artículo 102, de la ley que rige al Tribunal, principio este que en los procesos judiciales ante los tribunales colegiados es garantía de idoneidad, puesto que la naturaleza del asunto a considerar obliga a tener en cuenta la especialidad de los Magistrados para la asignación de las ponencias, como lo establece el artículo 53 del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 99, de la Ley Orgánica que rige dicho Tribunal.

Por otra parte, en esos procedimientos es una obligación del ponente informar al resto de los magistrados y magistradas, para el mejor estudio del asunto, proponer soluciones y someter oportunamente a la consideración de aquellos el proyecto de decisión, como lo pauta el artículo 55 del referido Reglamento, que es una formalidad que garantiza la trasparencia e idoneidad de los procesos que se sigan ante el Máximo Tribunal y de sus decisiones.

Esta práctica de las ponencias colectivas o anónimas, afecta la eficiencia   de la administración de justicia, porque, entre otras razones, las ponencias asignadas anteriormente a cada uno de ellos, sufren un retraso, en perjuicio del principio de la brevedad del proceso que el Estado debe garantizar, conforme lo determina el artículo 26, constitucional, antes mencionado.

Por último, las ponencias sin rostro o anónimas, limitan seriamente el acceso de los ciudadanos a la justicia, contemplado en artículo 26, constitucional, puesto que el derecho de comunicarse con el ponente es una de las manifestaciones de ese derecho constitucional, lo que, por otra parte, es impropio para un Estado que además de ser calificado como Estado de derecho es también un Estado de Justicia, como lo propugna el artículo 2º de la Constitución, por lo que las sentencias sin un ponente son una contradicción de este modelo de Estado.

El BLOQUE CONSTITUCIONAL DE VENEZUELA, en ejercicio de la contraloría ciudadana de la constitucionalidad, en razón de lo expuesto considera que prácticas como esta, justifican por parte del Poder Legislativo la comparecencia de la presidenta del TSJ para que explique la violación de ley que rige sus funciones, y proceda a la revisión de la legislación del funcionamiento del Tribunal Supremo de Justicia, conforme su competencia de legislar sobre el funcionamiento de las distintas ramas del Poder Nacional, que se le otorga en el numeral 1, del artículo 187, de la Constitución de la República.

Por la Coordinación Nacional

 

    Cecilia Sosa  Gómez                                       Román J. Duque Corredor

                       

Por la Coordinación Ejecutiva

 

Miguel Ángel Martín                  Perkins Rocha                     Juan Carlos Apitz

Corrupción y Democracia en América Latina (La Revolución Bolivariana de la Corrupcuión)


CORRUPCIÓN Y DEMOCRACIA EN AMERICA LATINA

 

LA REVOLUCIÓN BOLIVARIANA DE LA CORRUPCIÓN

 

CASOS EMBLEMÁTICOS DE CORRUPCION EN VENEZUELA

 

ROMÁN J. DUQUE CORREDOR

 

 

 

 

CARACAS  (Noviembre 2015)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CORRUPCIÓN Y DEMOCRACIA EN AMERICA LATINA[1]

LA REVOLUCIÓN BOLIVARIANA DE LA CORRUPCIÓN

CASOS EMBLEMÁTICOS DE CORRUPCION EN VENEZUELA

 

Román J. Duque Corredor[2]

 

 

 A CUÁL ES MÁS DE CULPAR, LA QUE PECA POR LA PAGA O LA QUE PAGA POR PECAR”,

 

 

Sor Juana Inés de la Cruz

(Tepetlixpla México 12.11.1651-Ciudad de México  17.04.1695)

 

PRESENTACIÓN

 El GRUPO TREN (Talleres de Reconstrucción Nacional)  de Valencia, Estado Carabobo,  me encomendó la elaboración de un trabajo que sirviera de recopilación de los casos de corrupción que hasta el presente ha sido objeto de denuncias o informaciones por parte de  diferentes medios de comunicación o por parte de diferentes partidos políticos, organismos no gubernamentales, parlamentarios y ciudadanos  y de los que se ha tenido noticia por  informaciones  de la Contraloría General de la República y del Ministerio Público. Caso estos  que se han atribuido a funcionarios del presente gobierno de la llamada “Revolución Bolivariana”.  El propósito, pues de este trabajo, es el de permitir conocer a la opinión nacional e internacional de esos casos que ciertamente  afectan la gobernabilidad democrática  de Venezuela por la falta de transparencia de la gestión oficial y que representan graves violaciones a la normativa anti corrupción, nacional e internacional,  y que  junto a la impunidad que los ha rodeado permiten calificar a la gestión del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), desde 2000 hasta mediados del  2015,  como la “Revolución Bolivariana de la Corrupción”, por el proceso continuado y hasta organizado de ilícitos contra el patrimonio público durante todo ese período de  gobierno  de   casos de corrupción que colocan a Venezuela en el nivel más alto de defraudación y de impunidad y en el más bajo de transparencia administrativa,  que hacen que la democracia en nuestra país esté seriamente desinstitucionalizada y maltrecha. De manera que la incidencia y lo escandaloso de la corrupción de la presente gestión de gobierno, así como su ineficiencia y la violación de los derechos humanos, constatada por organismos independientes internacionales, y la ausencia de una gobernabilidad democrática,  justifican un cambio político para reconstruir la institucionalidad democrática que ha sido destrozada por la llamada Revolución Bolivariana, cuya característica emblemática es la corrupción. Debo señalar que el contenido del presente trabajo es fundamentalmente informativo, salvo la primera parte que es de carácter conceptual y principista, por ello sus fuentes, no son propias, sino  las diferentes informaciones en las cuales se dan cuenta de los casos más significativos del desenfreno moral y de la voracidad administrativa   de la Revolución Bolivariana.

Román J. Duque Corredor

Caracas,  diciembre  de 2015.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PRIMERA PARTE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1

 

Transparencia administrativa y gobernabilidad democrática.

   La  ética en el ejercicio del poder público  es uno de los principios o valores que debe orientar la política anticorrupción  por parte de los diferentes Estados americanos, obligados como están por la Convención Interamericana contra la Corrupción,  del 27 de marzo de 1997,  de adoptar medidas para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción.  Por ello, un marco legal efectivo, la transparencia administrativa, el derecho de acceso a la información en materia de asuntos públicos y su control por órganos independientes, y por la sociedad civil constituyen  instrumentos de la práctica anticorrupción por parte de los Estados.  Esta práctica o política se inscribe dentro del ejercicio legítimo de la democracia, puesto que, como se reconoce en el artículo 4º, de la Carta Democrática Interamericana,  uno de los componentes fundamentales de la democracia  es  la transparencia de las actividades gubernamentales.  Al igual que la Convención contra la Corrupción  esta Carta considera la ética como uno de los valores superiores del ordenamiento jurídico del Estado democrático y social de  Derecho.  No cabe duda, pues,   que lo que se  conoce como gobernabilidad democrática, tiene en la transparencia y en el control de la corrupción de la gestión pública uno de sus  componentes  esenciales.  Ello implica que en las instituciones democráticas deben construirse mecanismos independientes de información y de comunicación y de inspección de los procesos de las  políticas  públicas,  por lo que ello  significa para la formulación de estándares de conducta  de ética  pública.  En otras palabras, que la gobernabilidad  democrática es no solo la  que  evita regresiones autoritarias, realiza elecciones periódicas  o lleva a cabo programas de justicia social para reducir los márgenes de pobreza,  sino también la que logra  la confiabilidad de las decisiones gubernamentales y evita la impunidad, precisamente por los niveles de ética y de buen desempeño que deben  presidir esas decisiones y por el funcionamiento eficiente de los órganos independientes de control de la corrupción.   Por  esta razón, la transparencia, la probidad, la información ciudadana, la rendición de cuentas  y la  prevención y  el control contra la corrupción son determinantes de la honradez, eficiencia, confiabilidad  y responsabilidad de las administraciones públicas en una verdadera gobernabilidad democrática.  Dentro de esa gobernabilidad  la participación ciudadana en el control de la gestión pública ha de ser garantizada, puesto que, como sucede en Venezuela, es un derecho político por lo que es obligación del Estado y deber de la sociedad la de facilitar la generación de condiciones más favorable para su práctica, como se estatuye en el artículo 62, de la Constitución vigente.

 En concreto, que  la  transparencia y el control de corrupción es  uno de los principios que debe  regir la  administración de los bienes  y recursos públicos y la actuación de los gobernantes,  lo cual fortalece  la democracia y el buen gobierno,  así como la plena vigencia del Estado de Derecho, a través del acceso a la información pública y de la efectiva participación de todas las personas en la toma de decisiones de interés general y en la fiscalización y control de los actos públicos del Estado. Principios estos, que incluso se recogen en la Constitución de Venezuela de 1999, frente a una realidad que es todo lo contrario.

 

2

Casos emblemáticos y Niveles de Corrupción Desastrosos.

 Cuando la gestión de los gobiernos es caracterizada por casos de corrupción que adquieren características de suprema gravedad, por la forma cómo se suceden, por los personeros gubernamentales envueltos; las sumas y recursos aprovechados o dilapidados ilícitamente; por la ausencia de una legislación efectiva o de su inaplicación  y  de controles preventivos y correctivos de la mala administración;  por su reiteración, o por la indolencia,  la complicidad o falta de independencia de los poderes públicos a cargo de esos controles  y,  por su nexos con el tráfico internacional de drogas o con otros gobiernos o con sectores privados;  y  por la ausencia de una voluntad política de erradicar la corrupción por parte de los gobiernos,  que llega incluso hasta contaminar procesos electorales y a afectar el bienestar y la calidad de vida de la población, puede concluirse que no existe gobernabilidad democrática, o que está seriamente debilitada o afectada. 

  Esos casos se constituyen en  emblemáticos del nivel de corrupción existente en un país. Y, que evidentemente sirven para calificar  a los países dentro de los índices de corrupción como “países con niveles de corrupción desenfrenados”.  Por  ejemplo, según los últimos Reportes que el  Centro de Estudios de la Justicia en América, de la OEA,  ha venido elaborando desde el año 2000, en lo que se refiere al control de la corrupción, respecto del sector público, en una escala donde 10 puntos es el grado de país sin corrupción y 0 puntos es la calificación de país corrupto, Venezuela, con el grado de 1.9, puntos, se encuentra entre los países que no superan la marca de 3 puntos. Es decir, dentro de los países con niveles de “corrupción desenfrenados[3]. Calificación en la que coinciden, por ejemplo, Transparencia Internacional, en su tradicional Índice de Percepción de la Corrupción,  el cual señala que solo cuatro (4)  de los 20 países  latinoamericanos, logran 50 o más puntos, sobre un máximo de corrupción mínima de 100,  y que  en el “vagón de la cola” de los países percibidos como los más corruptos,  se sitúa a Venezuela con 19 puntos.  Pero el problema tiene una dimensión más amplia, puesto que   en el Índice de Percepción de Corrupción (IPC) correspondiente al 2013,  publicado por  la organización Transparencia Internacional,   se ubicó a Venezuela en el puesto 160 entre 177 países, con un puntaje de 20 sobre 100,  como un país con alto grado de corrupción.  Y según el Barómetro Global de Corrupción de esta misma Organización, para el 2013,  el 74% de los venezolanos encuestados creen que el poder judicial está entre los sectores extremadamente corruptos, entre otros, con los de la administración pública y de los militares.    

El escritor Andrés Oppenheimer, en reciente artículo publicado en el Diario New Herald,  que denomina “Una receta contra la corrupción”, de fecha 6 de junio de 2015[4],  a propósito de este tema, recuerda  el  viejo chiste sobre la corrupción en América Latina  de la reunión de q funcionarios de varios países a los que se les hizo la  misma pregunta: “Honestamente: ¿cuál es su opinión sobre el problema del hambre en el resto del mundo?”. El funcionario suizo, asombrado, respondió: “¿Hambre? ¿Qué significa hambre?”. El funcionario cubano, igualmente perplejo, contestó, “¿Opinión? ¿Qué significa opinión?”. El funcionario estadounidense dijo “¿El resto del mundo? ¿Qué significa el resto del mundo?”. Y el funcionario argentino dijo: “¿Honestamente? ¿Qué significa honestamente?”. Y a propósito de este chiste,  Oppenheimer se refiere al libro de los autores suecos Dag Detter y Stefan Folster,  titulado “La riqueza pública de las naciones”,  en donde proponen  una manera audaz para luchar contra la corrupción: la creación de Fondos Nacionales Independientes de Riqueza, que ya existen  en Singapur y Austria, para evitar el uso discrecional de los bienes del Estado por parte de funcionarios gubernamentales. Y sobre este planteamiento Oppehaimer señala la conveniencia de estudiar su establecimiento en  en América Latina, donde los escándalos de corrupción que involucran a empresas estatales y funcionarios públicos o sus parientes están en las primeras planas de Brasil, Argentina, México, Perú, Honduras, Guatemala, Panamá, Venezuela  e incluso Chile, considerado durante mucho tiempo como el país menos corrupto de la región.  Al referirse a Venezuela, Oppenheimer afirma que, los funcionarios públicos y los militares se han enriquecido tanto a costa del erario público que muchos se refieren a la élite “revolucionaria” como una “cleptocracia” y que, por ello, Venezuela ha sido clasificado por Transparencia Internacional como el país más corrupto de América Latina, y uno de los más corruptos del mundo. Este analista considera que la separación de poderes, junto con una prensa independiente, son los medios tradicionales de la lucha contra la corrupción, pero que Dag Detter y Stefan Folster,   dan un paso más allá´,  cuando dicen que: “La riqueza pública de las naciones,   además de una democracia que funcione, los países necesitan crear Fondos Nacionales de Riqueza, o empresas independientes dirigidas por administradores profesionales para gestionar los bienes públicos, ya se trate de empresas estatales, edificios, o monumentos históricos”.   En este orden de ideas,  los autores suecos citados, sostienen que en  la tesis de los fondos nacionales de riqueza, lo  que realmente importa es la calidad de la gestión de los bienes públicos, y aislar los bienes estatales de las manos de los políticos,  en  lugar de centrarse en la propiedad de los bienes estatales,  por lo que  el debate debería centrarse en las utilidades de estos bienes, de modo que puedan ser utilizadas para construir más escuelas, puentes y hospitales.  “La riqueza pública puede ser una maldición si se deja como una bolsa de caramelos abierta, que tienta a los funcionarios públicos con la corrupción y el clientelismo”, afirman estos autores. “Esto no quiere decir que toda la riqueza deba ser privatizada. El proceso de privatización también ofrece oportunidades tentadoras para el enriquecimiento rápido, el amiguismo, la corrupción y la regulación disfuncional”.  Oppenheimer refiere que en una entrevista telefónica, el co-autor Detter, un ex banquero de inversión y ex funcionario del Ministerio de Industrias de Suecia,  le dijo que decenas de países de todo el mundo ya tienen organismos independientes para gestionar los bienes públicos de manera más eficiente. Pero muchos de ellos no funcionan porque son agencias gubernamentales, en lugar de empresas autónomas cuyos directores son responsables ante inversionistas y socios comerciales. Y  que  varios países ya tienen versiones limitadas de Fondos Nacionales de Riqueza.  Así como que,  por lo general, el Congreso de estos países elige un consejo de directores externos, que contratan a un equipo de gerentes profesionales externos. Estos, a su vez, hacen una lista de los bienes del Estado, los hacen evaluar para determinar el valor de mercado de cada uno, y deciden qué hacer con cada uno de ellos. Oppenheimer indica que  Detter le dijo que en Singapur, Temasek, la versión de un Fondo Nacional de Riqueza de ese país, ha tenido utilidades anuales promedio del 16 por ciento desde que se creó en 1974 y que  eso ha permitido que el gobierno reciba como dividendo un porcentaje de estas utilidades, y las utilice para la educación, la salud, o la infraestructura, dijo. Y que Detter  concluyó afirmando: “Esto podría funcionar muy bien en América Latina”. “Esa es la mejor manera de combatir la corrupción”.    Y en opinión de Oppenheimer: “Ya hay muchas empresas público-privadas en América Latina que trabajan en forma parecida, pero no una empresa independiente nacional que administre todos los bienes estatales, con directivos que tengan mayor responsabilidad ante la ley que los funcionarios públicos”.

 Ciertamente que el mejor ejemplo de la administración de los bienes y capitales públicos  como una “bolsa de caramelos”,   lo es  el Fondo de Desarrollo Endógeno (FONDEN),  que por estar administrado por funcionarios militares y civiles,  sin ningún tipo de control y sin auditoría independiente alguna,  dispusieron de miles de millones de dólares,  que se estiman en 29 mil millones,  producto de las exportaciones petroleras,  sin que se sepa su paradero, a lo cual se refiere el  Numeral 3.2.,  de la Segunda Parte, del presente trabajo. 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SEGUNDA PARTE

 

 

 

 

1

Casos emblemáticos de corrupción en Venezuela

 Sin seguir un orden cronológico, pero sí de su gravedad, me referiré a los casos más característicos del nivel de corrupción desenfrenado en Venezuela, limitándome simplemente a lo informativo y no a su análisis jurídico, o político.  Casos estos algunos de ellos reconocidos como tales por el Estado venezolano, hasta el punto que su Ministerio Público ha anunciado que procederá a su investigación, e incluso que  son reseñados en reportes internacionales y nacionales como hechos comunicacionales.  Al limitarme  a lo  informativo  procuro que  no se me atribuya  una percepción personal  en  la calificación de emblemáticos de corrupción de tales casos.

1.1

Caso Fondo Chino 

 El 8 de julio de  2013  Nicolás Maduro anunció que había cinco detenidos por el desfalco al Fondo Chino, quienes se  habrían robado unos 84 millones de dólares destinados para la producción de alimentos en los años 2011 y 2012. Unos días después fueron detenidas varias personas más. También fueron imputados cuatro integrantes del Fondo Chino. El 7 de julio de 2014 se arrestó a Hugo Rigel Hersen Martín investigado por estafar 84 millones de dólares. El 19 de diciembre de 2014 Dan Dojc Dojc fue detenido en Costa Rica también relacionado con la estafa de 84 millones de dólares[5]. El  Ministerio Público,  acusó al ex gerente de operaciones del Fondo Chino de Venezuela, Javier Elías Briceño Scott, por su presunta vinculación con el desfalco de más de 84 millones de dólares,  que fueron asignados a ese organismo durante los años 2011-2012,  con el propósito de desarrollar planes para la producción de alimentos en el país,  consistente en desembolsos irregulares de fondos económicos autorizados por el Fondo Chino Venezolano y pagados por el Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (Bandes) a las empresas Kelora S.A (22 millones de dólares) y Bismarck Consorcio Traving Corp (62 millones de dólares).  Recursos estos que fueron desembolsados sin ningún tipo de control.   Al presente se han detenido  (8) presuntos implicados en el desfalco del  Fondo Chino Venezolano,  y en declaraciones del Ministro de Interior, Justicia y Paz, Miguel Rodríguez Torres,  se  reconoce  que los involucrados habrían sacado 84 millones de dólares,  que estaban destinados a proyectos agrícolas. 

 

 

1.2.

Caso FONDEN[6]

  Según Reuters, del  Fondo de Desarrollo Endógeno (FONDEN)  desaparecieron  miles de millones de dólares producto de las exportaciones petroleras sin que se sepa su paradero, y de acuerdo con especialistas, fundamentalmente  porque FONDEN se maneja sin ningún tipo control.  Sobre el particular, en agosto de 2011 el diputado opositor  Carlos Ramos, denunció que se desconocía el paradero de más de 29 mil millones de dólares de FONDEN.  Se cita dentro de este caso de corrupción que uno  de los proyectos que ha recibido cientos de millones de dólares por parte de FONDEN y que no ha avanzado es el de  la empresa de aluminio Serlaca en Caicara del Orinoco. Para 2011 se habían gastado más de 312 millones de dólares, pero apenas se habían construido los cimientos y los trabajos habían estado paralizados por meses. FONDEN también había sido usada para comprar el edificio de la nueva embajada en Moscú por 46 millones de dólares y para adquirir una flota de autobuses para la Copa de Fútbol de América de 2007 y ello a pesar que según las propias reglas de FONDEN  sus recursos no pueden  usarse para adquirir bienes inmuebles o vehículos.

 

1.3

 Caso Reventa de bonos argentinos

 Venezuela adquirió entre 2005 y 2008 más  de 5.600 millones de dólares en bonos de la deuda pública argentina, a una tasa oficial de 2.150 bolívares, antiguos, y, sin proceso licitatorio se vendieron a terceros en el mercado negro en que la ganancia alcanzó  hasta 200%.   El periodista y Director del Diario “Tal Cual”, Teodoro Petkoff, calificó esta operación de “El robo del siglo”,  y el economista Orlando Ochoa se refirió a esta negociación como “el caso de corrupción más grande en  la historia de Venezuela”,  la cual justificó el gobierno, a través del entonces Ministro de Finanzas, Rafael Isea,  diciendo que  en una subasta no se controla el precio[7].

 

 

 

1.4.

Caso CADIVI (Comisión de Administración de Divisas)

 El control de cambio vigente en Venezuela partir de 2003, manejado por  CADIVI ha sido considerado  uno de los más grandes casos de corrupción en el país y a  medida que el bolívar se ha venido sobrevaluando, ha crecido la diferencia entre el cambio oficial y el cambio en el mercado negro,  de lo cual se han favorecido diversas empresas a las que les ha sido posible conseguir el dólar barato.  De acuerdo con fuentes oficiales,  el Estado sufrió un fraude en la adquisición de divisas de más de 20.000 millones de dólares en 2012,  por parte de “empresas de maletín o fantasmas”, que fingían operaciones para adquirir la moneda extranjera, lo cual fue reconocido incluso por el  Presidente venezolano, admitiendo  que CADIVI  es la principal ventanilla de entrega de divisas en el país durante años y que había sido “perforado” por los delincuentes y  que puso en marcha una reorganización completa del sistema de divisas.   Ya,  en el  2004 una directora de CADIVI,  Adina Bastidas, había sido acusada de otorgar dólares a cambio de un pago, pero esta negó haber estado involucrada en ningún caso irregular. En cambio, declaró que unos cincuenta empleados habían sido despedidos por hechos irregulares[8]. La Fiscal General de la República  ha ido publicando el nombre de más de 110 empresas que están siendo investigadas por supuestos delitos cambiarios. Desde 2012 se venía denunciando que numerosas empresas importadoras abusaban de este sistema. Lo determinante de este caso, es que  la administración de las divisas y su adquisición están totalmente bajo un estricto y absoluto control de por parte del gobierno.  En este caso de fraude es sintomático del nivel de corrupción  que la asignación de las divisas se hace mediante el sistema llamado SITME, que es manejado directamente por el Banco Central de Venezuela y según el  propio Ex Ministro Jorge Giordani en las importaciones del 2012 se defraudaron esos 20.000 millones de dólares,  que  las corrientes del Partido de Gobierno PSUV,  “Punta de Lanza y Marea Socialista”,  lo calificaron de “desfalco continuado”.   De este desfalco sólo ha sido condenado un funcionario, William José Rojas Graterol,  quien trabajo en CADIVI  y  el 2013 admitió haber participado en la constitución de 30 empresas fantasmas destinadas a la adquisición de dólares preferenciales, y que lo hizo bajo presión,   y  quien estando bajo libertad condicional participó como candidato a Alcalde del Municipio Peña del Estado Yaracuy[9]. Hasta fines de agosto la Fiscalía General de la República no ha informado sobre el inicio de averiguaciones contra los militares activos y retirados que dirigieron CADIVI, de los cuales solo uno de ellos, quien fue Gerente de Importaciones y Seguimiento de Exportaciones, está procesado[10]. Según el politólogo Nicmer Evans,  de tendencia oficialista,  en 11 años de control de cambio la  fuga de capitales se calcula  en 160 mil millones de dólares, a lo que se agrega  la denuncia mencionada de una estafa incalculable en el año 2012 de 20 millones de dólares en el proceso de asignación de divisas a través del Sitme y Cadivi, y que aún hoy, según denuncia de Marea Socialista y Punta de Lanza, sigue pero ahora en Cencoex. Todo ello, afirma, dentro de una gran impunidad, por lo que para exterminarla solicitó al gobierno, el  pasado 1° de septiembre de 2014,  una auditoría independiente[11].

El control cambiario ha continuado  siendo objeto de  denuncias de casos de corrupción en los últimos tiempos.  Para 2013 el presidente de la Comisión de Finanzas de la Asamblea, Ricardo Sanguino, consideraba que al menos $21.000.000.000 en dólares a precio preferencial  se entregaron a diversas empresas para importaciones esenciales que jamás fueron realizadas. Las entregas se habrían realizado entre 2012 y 2013.  Edmée Betancourt, para aquel entonces presidenta del  Banco Central de Venezuela,  y  Jorge Giordani, Ministro de Finanzas, habían estimado que un tercio de los dólares otorgados en 2012 habrían sido usados para empresas ficticias. Enrique Capriles y otros miembros de la oposición han exigido en diversas oportunidades que se publique la lista de las empresas implicadas.  En 2014 se supo que el coronel Manuel Barroso, presidente de Cadivi, había aprobado en 2012 más de 23,5 millones de dólares preferenciales a Alimentos Venenceres y Fármacos Venenceres, empresas constituidas en 201, 0 propiedad del teniente coronel Carlos Arias Delgado, un oficial retirado que se graduó con Barroso en la Academia Militar. Alimentos Veneceres obtuvo contratos para suministrar alimentos a  MERCAL, presidida por el coronel  Félix Osorio, otro oficial de la misma promoción militar

 

 

 

 

 

 

1.5.

Caso PDVAL de  alimentos vencidos y desviados  que se conoce como “PUDREVAL”

   Este caso  de corrupción se relaciona con la aparición de miles de toneladas de alimentos en estado de descomposición en contenedores que fueron importados en el contexto de programas para traer alimentos a Venezuela con dólares a una tasa de cambio baja. La diputada regional opositora  Neidy Rosal  fue  una de las primeras personas en denunciar el caso, y, pedía en  2012, que se llevase a cabo  un juicio oral y público de los acusados y que se iniciasen averiguaciones a las juntas directivas de BARIVEN,  PDVSA y a funcionarios de los Ministerios de Alimentación y Salud y del SENIAT[12].

  En 2010,  el Servicio Bolivariano de Inteligencia (Sebin) en Puerto Cabello, Estado Carabobo,  encontró  1.196  contenedores con 36.000 toneladas de alimentos descompuestos, que habían sido importados por PDVAL y  por lo cual  fueron  acusados Luis Pulido, ex presidente de PDVAL,  en la entidad,  y Ronald Flores, ex gerente general de dicha distribuidora de alimentos.  Se señaló que en la  operación de importación habían participado asesores del gobierno cubano.  Pero, este  no  es el único caso  denunciado  de corrupción   en las redes de distribución de alimentos del Estado.   Cinco personas fueron imputadas en julio de 2013,  en el Estado Zulia por un  desvío de 11 toneladas de mercancía de PDVAL  hacia Colombia.  Y según  un informe de la Contraloría General de la República, en el   Programa de Alimentación Escolar (PAE), en 42 planteles educativos en 2012,  se  detectó malversación de fondos y sobreprecio. Es de hacer notar, que la importación y la distribución de alimentos en Venezuela están en  más del 70 % bajo el control del Estado, a través de PDVAL,  que es una empresa de PDVSA y de sus centros de acopio y de comercialización.   Se ha denunciado que  más de 120.000 toneladas de alimentos importados  con dólares preferenciales  habían sido dejadas  pagando flete en los puertos del país.   Según el Ministerio Público, se perdieron 2.200 millones de dólares que hubieran servido para comprar más del doble de los productos lácteos que cada año se consumen en el país. Tres años después, el caso  es seguido  por cinco tribunales y  los únicos tres imputados esperan al sexto juez desde sus casas.

 

 

 

 

1.6.

 Caso de Fondos Comunales

 El Director del área de corrupción del Ministerio Público,  Nelson Mejía, declaró, en  el 2011,  que desde este  año se investigan  1.500 casos de presuntas irregularidades en las organizaciones populares llamadas consejos comunales, que están bajo el dominio del partido oficial y cuyos fondos son entregados por el Ministerio del ramo. La  Contralora  General de la República,  Adelina González, informó que  30% de los casos que investigan se refieren a irregularidades administrativas en los consejos comunales relativos a contrataciones  de obra no ejecutadas o a empresas fantasmas o de sobreprecios,  y al  pago de activistas políticos.

1.7.

Caso de Sobornos por empresas extranjeras

 El   Departamento de Justicia y la Comisión de Valores e intercambios de los Estados Unidos inició en el 2010 investigaciones  por irregularidades  a  empresas estadounidenses  establecidas en Venezuela, de acuerdo con  la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero,  con el fin de sancionar  sobornos cometidos en el  exterior para la obtención  y  la  prolongación de negocios, así como para "cualquier otra ventaja inapropiada".  Tres firmas de EEUU fueron sometidas a investigaciones vinculadas a sobornos en contratos con el sector petrolero venezolano.  Entre las firmas investigadas figura la compañía de perforación  Pride International Inc., la filial local de la alemana Siemens, por cuanto  funcionarios venezolanos habrían sido sobornados con pagos a cuentas en EEUU para garantizar el apoyo político a los proyectos de la firma europea en el país.  El caso  de soborno Siemens salió a la luz pública cuando investigadores del Departamento de Justicia de los Estados Unidos acusaron a Siemens de sobornar funcionarios del Estado venezolano. Siemens Venezuela admitió que entre noviembre de 2001 y mayo de 2007 realizó pagos de al menos $18.782.965 a varios funcionarios venezolanos para conseguir un trato favorable con dos proyectos de metros para las ciudades  de Valencia y Maracaibo[13].

   Edgar C. Otálvora,  analista político venezolano y ex diplomático, en su “Informe Otálvora de 2015: Abren proceso  a Lula por financiar a Cuba y Venezuela”[14] , dice que una investigación criminal contra el ex presidente brasileño Lula da Silva fue abierta en Brasil a mediados del mes de abril del 2015, por los contratos para la construcción de  puentes sobre el río Orinoco y de  obras del metro de Caracas,  según   la Revista Cambio del 30 de abril del mismo año,   lo cual se agrega a las denuncias  de corrupción cometidos por altos personeros del gobernante Partido de los Trabajadores,  en beneficio de la organización partidista y de grandes empresas privadas brasileñas. Señala Otálvora que en su Informe Otálvora del 23MAR14, publicado por Diario Las Américas,  había reseñado  las gestiones de Lula ante gobiernos extranjeros, quién desempeñó  la Presidencia del  Brasil hasta el 31 de diciembre del 2010 pero  que  continuó como promotor de empresas brasileñas.  En  este  Informe Otálvora afirma: “En la noche del 02JUN11, procedente de Cuba, Lula visitó a Chávez acompañado del presidente del Consejo Administrativo de Odebrecht, Emilio Odebrecht. El Gobierno venezolano mantenía una milmillonaria deuda con la constructora Odebrecht. La visita de Lula al palacio presidencial de Miraflores coincidió con el pago de parte de lo adeudado, según varias fuentes. Esa noche, también, Chávez asignó a Odebrecht un nuevo contrato por US$ 4.000 millones”. Esta información, según Otálvora,  fue posteriormente corroborada por diversos medios brasileños,  que resaltaban  que las relaciones “ideológicas” de Lula y el chavismo, “aceitataban” mecanismos administrativos entre el régimen venezolano y  las empresas brasileñas beneficiarias de obras públicas asignadas usualmente sin licitaciones.  Pero Lula, de acuerdo con  el Informe Otálvora del 23MAR14,   no se habría limitado a valerse de sus relaciones políticas para “ayudar” empresarios en complicados trámites ante otros gobiernos. La Procuraduría de la República de  Brasil sospechó  que Lula desde fuera de la Presidencia y valiéndose de sus influencias, canalizó recursos del estatal Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES)  hacia obras ejecutadas por la Constructora Odebrecht de la cual es lobista, para los gobiernos de República Dominicana y Cuba. Según la revista Época, el BNDES otorgó  US$ 4 mil millones para proyectos asignados a Odebrecht en Venezuela, Cuba, República Dominicana y Gana, durante los gobiernos de Lula y Rousseff, sobre las cuales existen sospechas de sobrefacturación, además de haber contado con condiciones excepcionales de financiamiento y sin garantías de ejecución. “Tráfico de influencia en transacción internacional” y “Tráfico de influencia”, delitos tipificados en el Código Penal brasileño, serían los señalados a Lula en la apertura de las investigaciones judiciales, agrega Otálvora y que  el Ministerio Público brasileño había  venido  investigando  la asignación de créditos del BNDES a gobiernos extranjeros desde el año 2011,  estando ya  Lula fuera del Gobierno. Varias fuentes brasileñas, consultadas por este Informe Otálvora del 23MAR14,  aseguran que  el propósito de la investigación fue el de revisar todos los créditos concedidos por BNDES a constructoras brasileñas para ejecutar obras en el extranjero durante los gobiernos del Partido de los Trabajadores (PT),  iniciados en 2003.   Por ejemplo, El  puerto de Mariel en Cuba,  los puentes sobre el río Orinoco en Venezuela, las obras del metro de Caracas, la central termoeléctrica dominicana de Punta Catalina,  estaban en el listado de obras en entredicho.  Para las obras  el puerto de Mariel, proyecto central en la estrategia del régimen cubano de apertura económica, el BNDES habría aportado, según algunas fuentes, US$ 628 millones equivalentes al 72% del valor declarado de las obras. Otras fuentes  estiman en US$1.092 millones el total de recursos brasileños canalizados al puerto de Mariel, el cual fue “inaugurado” por Raúl Castro y Dilma Rousseff el 27 de enero de 2014, que fue  visitado por Lula un mes después.

  En las fuentes consultadas por Otálvora se señala la falta  de precisión sobre los montos aportados por Brasil para obras de gobiernos aliados de Lula en razón  del secreto legal con el cual el BNDES maneja el tema. Sin embargo,  en revisiones recientes realizadas por el Tribunal de Cuentas de la Unión de Brasil se  habrían evidenciado que los créditos para obras en países como Venezuela o Cuba durante los gobiernos PT, eran decididos mediante acuerdos políticos de Lula con los hermanos Castro o Hugo Chávez.  Los fondos eran entregados a la empresa constructora brasileña sin avales ni fianzas de cumplimiento, por cuanto oficialmente el deudor era el gobierno extranjero.  La revista Época, en su edición del 4 de abril de 2015  se refirió a  las obras del Metro de Caracas, negociadas por Lula y Chávez en 2009, asignadas sin licitación a Odebrecht con financiamiento del BNDES por US$ 747 millones. El 29 de abril del mismo año, la bancada opositora en el Senado brasileño impuso un cambio en la legislación referida al financiamiento otorgado por el BNDES a gobiernos extranjeros, o  La Medida Provisoria 661, para poner  fin al secreto alegado por el BNDES sobre los términos de financiamiento de proyectos a gobiernos extranjeros.   Dice Otálvora, que al  momento de redactar su  Informe “Abren proceso  a Lula por financiar a Cuba y Venezuela”, la presidente Rousseff no había sancionado o vetado la reforma legal.  De acuerdo con las investigaciones, no es Lula el único jerarca político brasileño que opera como intermediario entre gobiernos extranjeros y las grandes empresas de ese país. José Zé Dirceu, cofundador del Partido de los Trabajadores, por ejemplo,  junto a Lula, habría estado muy activo conectando empresas brasileñas con diversos gobiernos extranjeros, especialmente  con el de Hugo Chávez.  Dirceu, quien fuera ministro de la Casa Civil (Presidencia) al principio del gobierno de Lula, fue enjuiciado y encontrado culpable en 2012 por corrupción, como jefe del esquema de compra de votos de parlamentarios con recursos públicos. Ese caso, denominado como “Escândalo do Mensalão”, hizo que Dirceu saliera del gobierno Lula en 2005 y fuera desaforado de su condición de diputado. Dirceu se convirtió en un sigiloso operador político del lulismo y en “asesor” de empresas brasileñas y extranjeras a las cuales ofrecía su conocimiento y relaciones dentro del gobierno de Lula y Dilma Rousseff, así como sus especiales relaciones con gobiernos de Venezuela, Cuba, Nicaragua, Bolivia y Ecuador. El nombre de la empresa de Zé Dirceu, JD Assessoria e Consultoria, apareció en el listado de receptores de inusuales pagos procedentes de empresas involucradas en el esquema de corrupción con Petrobras, conocido como “Lava Jato”. Este caso, actualmente ya en tribunales, involucra a grandes consorcios brasileños como OAS, Camargo Corrêa, Odebrecht, Engevix, UTC, Queiroz Galvão, Mendes Júnior, Galvão Engenharia e IESA Óleo & Gásempresas.   Al respecto Otálvora comenta que las empresas, muchas de ellas beneficiarias también de negocios con gobiernos extranjeros amigos de Lula, habrían recibido contratos de Petrobras sin licitación a cambio de financiamiento orientado al PT y a sus altos dirigentes.  El escándalo Lava Jato apunta directamente hacia Dilma Rousseff quien fue Presidente de la Junta Administradora de Petrobras, amén de que en su condición de candidata presidencial del PT su campaña podría tener un efecto colateral  en  las investigaciones del escándalo Lava Jato, como lo  ha sido el descubrimiento de las actividades de “asesoría internacional” de Dirceu, quien al igual que Lula se dedicó a abrir las puertas del despacho presidencial venezolano a cambio de recompensas. Aldo Vendramin, dueño de una empresa brasileña constructora basada en el estado de Paraná, reveló a las autoridades judiciales y ante la prensa haber pagado para lograr acceso a Hugo Chávez. La empresa de Vendramin, ConsiluxTecnologia, que no forma parte de las grandes constructoras brasileñas, obtuvo contratos del gobierno Chávez en 2006, tras un viaje de empresarios a Caracas organizado por el entonces gobernador de Paraná y actual senador proficialista Roberto Requião. Según Vendramin, desde 2011 contrató a Dirceu para procurar el pago de acreencias del gobierno de Venezuela.  “Dirceu me llevó tres veces para habar personalmente con Chávez y después de eso el dinero comenzó a salir más rápido”, confesó Vendramin al diario paulista Folha. La gigantesca minera Vale do Rio Doce, igualmente, habría contratado a Dirceu para ser recibidos por Chávez y Fidel Castro. La productora de bebidas brasileña Ambev, según el diario O Globo, contrató a Dirceu para impedir que Chávez ordenara la expropiación de sus plantas en Venezuela. Un nombre especialmente notable en la lista de clientes de Zé Dirceu es el venezolano Gustavo Cisneros, quien habría contratado al brasileño para realizar tareas de lobby ante el gobierno de Hugo Chávez.  A mediados de 2012 vencía la concesión del canal de señal abierta Venevisión y Cisneros habría recurrido a los amigos izquierdista brasileños de Chávez para garantizarse la renovación. El 23 de mayo de 2012, la concesión de Venevisión fue renovada por cinco años.  

 Otálvora, en su Informe del 2015  observa que el enjuiciamiento de Lula da Silva y un juicio político contra Dilma Rousseff ya entraron en la agenda política de Brasil.  Asimismo comenta que el empresariado y el principal partido opositor PSDB de Fernando Henrique Cardoso y Aécio Neves  se muestran aún dudosos de aventurarse en un proceso para la destitución de Rousseff, pero  que la posibilidad de neutralizar judicialmente a Lula comienza a ganar apoyos. Cardoso se muestra poco ganado a una ruta que conduzca a destituir a la Presidente, mientras su partido ordenó que un grupo de juristas estudien la viabilidad legal de un proceso de impeachment.  El influyente senador Aloysio Nunes  escribió en su cuenta Facebook el 27ABR15: “el Impeachment es camino difícil (…) Defiendo abrir una investigación [a Rousseff] por crimen común contra la Ley de Responsabilidad Fiscal”.  Para Otálvora el impeachment sólo prosperaría con los votos del PMDB en el Congreso, pero ello podría empujar al precipicio al propio Vicepresidente Michel Temer, cabeza de ese partido.     La falta de precisión sobre los montos aportados por Brasil para obras de gobiernos

 

1.8

Caso estafa de fondos de trabajadores de PDVSA,   Caso de intermediación  de bonos del BANDES y  Caso Derwick.

 Un caso emblemático, en Connecticut,  es el del banquero venezolano-estadounidense Francisco Illaramendi, quien estableció  un esquema  Ponzi  de  una operación fraudulenta  de inversión de pago de intereses con  500 millones  de dólares  provenientes de Fondos de Ahorro de Trabajadores y Jubilados de  PDVSA,  del cual era su administrador designado por esta  empresa estatal,   y cuya investigación reveló  sobornos a ejecutivos de esta empresa petrolera y a un ex ejecutivo de la petrolera. En Venezuela, la Fiscalía desestimó el hecho. El empresario Francisco  Illaramendi, quien había sido había sido consultor de PDVSA y del Ministro de Finanzas,  se declaró culpable  de  estafa, que se calcula en   540 millones de dólares del  referido fondo de pensiones.  La empresa estatal  PDVSA  es la  responsable de los movimientos bancarios registrados en los fondos de los pensionados y por ende de su control y supervisión.  Illaramendi, según informó AP,  fue condenado a 13 años de prisión por estafa de inversiones en Connecticut,  que los fiscales federales calificaron del “mayor delito económico en la historia de Connecticut”, a quien se le investigaba por presunto fraude en contra del Fondo de Pensiones y Jubilaciones de los Trabajadores de PDVSA.  Illaramendi se confesó culpable durante el juicio que se le siguió por ante cortes federales estadunidenses.  Se le acusó de apropiarse de 20 millones de dólares por la estafa a que expuso a inversionistas extranjeros  a perder más de 200 millones de dólares,  en su mayoría de PDVSA[15].   Francisco Illaramendi, según el Charlotte Observer,  argumentó, en una solicitud de clemencia, que fue utilizado “como un peón” por el gobierno de Venezuela, diciendo que fue coaccionado por funcionarios corruptos para encubrir las pérdidas en inversiones.  Illaramendi dijo en documentos judiciales presentados que él debería recibir sentencia de no más de seis meses de arresto domiciliario, además del tiempo que ya ha pasado en la cárcel. Los fiscales federales aún no han enviado su recomendación para la sentencia, y un portavoz de la oficina del fiscal de Estados Unidos, Tom Carson, dijo que respondería a las demandas de Illaramendi en el tribunal.  En   la  representación judicial de su apoderado, Illaramendi dice que el delito comenzó en 2005, cuando viajó a Venezuela para una boda y se le pidió a negociar la venta de U$ 50 millones en notas bancarias por cuenta del gobierno de Venezuela. Dijo el apoderado de  Illaramendi que el comprador se resistió y él trató de retirarse de la transacción, pero recibió presiones de funcionarios del gobierno.  Dijo en su presentación su abogado que “El señor Illaramendi tuvo que cumplir con las demandas de los funcionarios venezolanos corruptos, y no podía revelar la pérdida de los fondos bajo su gestión por temor a que dicha divulgación pudiera implicar directamente a las mismas personas que hicieron las amenazas contra él y su familia[16].

 Otro caso  es el  del Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (Bandes),  por el que son investigados  Thomas Alberto Clarke Bethancourt y José Alejandro Hurtado, de la Casa de Bolsa Direct Access Partners de Nueva York,  que  fueron señalados en 2013 por su vinculación con las irregularidades en la intermediación de  bonos  del Bandes,  y en la cual María de los Ángeles González, vicepresidenta de  este Banco,  fue imputada por recibir los sobornos.

Las cortes de Florida, en los Estados Unidos, están manejando el caso de Derwick Associates, que habría pagado, según los acusadores, unos 50 millones de dólares a  Diosdado Cabello entre otros funcionarios públicos, para el otorgamiento de contratos gubernamentales. Tanto Derwick como Cabello han rechazado las acusaciones[17]

 

1.9

Caso Guido Antonini  Wilson  conocido como “El Maletinazo”

El  Maletinazo fue un caso que se originó con la detención del empresario  venezolano  Guido Antonini Wilson en un aeropuerto de Argentina con 790.550 dólares sin declarar. Antonini fue puesto en libertad en Argentina, pero se comenzó un proceso de investigación porque se le acusaba de portar dinero del gobierno venezolano que habría sido dirigido para financiar la campaña de Cristina Fernández de Kirchner. En agosto de 2007 Antonini colaboró con las autoridades estadounidenses para conseguir pruebas contra tres ciudadanos venezolanos y un uruguayo que, según la fiscalía de los Estados Unidos, habrían sido enviados por el gobierno venezolano para tratar de convencer a Antonini de que no revelase la relación entre el gobierno de  Chávez  y el dinero del maletín.  Guido Antonini Wilson apareció el 4 de agosto de 2007 en Buenos Aires con casi 800.000 dólares, quien viajaba en un avión de PDVSA, con funcionarios venezolanos y argentinos,  con maletas de dinero en efectivo sin ningún tipo de registro fiscal.  Posteriormente,  Antonini apareció en Miami como testigo protegido de un juicio, en el que declaró que la famosa "valija" era  una de varias que sumaban 5 millones de dólares,  que estaban destinados  para la primera campaña presidencial de Cristina Kirchner.  La Fiscal Luisa Ortega Díaz advirtió  que lo revelado en Estados Unidos no tenía incidencia en Venezuela  y el Contralor, Clodosbaldo Russián, prometió investigar los hechos.  La Asamblea Nacional se negó investigar este caso de ilícito cambiario y de tráfico de influencias.  En Estados Unidos se enjuiciaron a socios de Antonini, mientras que en Venezuela y Argentina no se inició o no se concluyó ninguna investigación.  El Fiscal Thomas Mulvihill declaró que el dinero iba para la campaña de Cristina Fernández.

 

1.10

 Caso Corrupción en importaciones argentinas

 

 El  embajador argentino,  en Venezuela,  entre 2002 y 2005, Eduardo Sadous,  el 20 de abril de 2010, denuncio cobro de  comisiones entre 15%  y 20% en los intercambios comerciales  de  los convenios bilaterales entre los dos países, que fueron investigados por el Juez Federal Julián Ercolini,  y que determino un demanda del Ministro de Planificación argentino Julio De Vido contra el  embajador, pero la justicia argentina ordenó seguir con la investigación[18].  Recientemente, asociaciones de la Federación Nacional de Entidades Arroceras y la Cámara de Industriales Arroceros de Entre Ríos denunciaron ante el Ministerio de Agricultura de Argentina  sobreprecios  cercanos al 30%,  en exportaciones de 80.000 toneladas de arroz a Venezuela  por una empresa desconocida en el  sector arrocero, por un total de 23 millones de dólares[19].

1.11

Caso Plan Bolívar  2000

  El  gobierno de Hugo Chávez  llevo a cabo  programas sociales que ejecutó la Fuerza Armada Nacional,  llamado Plan Bolívar 2000,  que se extendió por más de tres años en donde aparecieron facturas enmendadas y cheques  posdatados  y cobrados en efectivo bajo las órdenes del general  Melvin López Hidalgo. La Contraloría emitió un informe en que determinó varios ilícitos, pero Chávez salió en defensa de los involucrados, diciendo que: "A lo mejor es una falta administrativa que requiere una multa (...) pero no es para prender  el ventilador". El Plan Bolívar 2000 es considerado uno de los primeros casos de corrupción más conocidos a comienzos del período de gobierno de Hugo Chávez. En 1999 el poder ejecutivo lanzó una serie de proyectos bajo el nombre de Plan Bolívar 2000 que sería producto de una "alianza cívico-militar". El programa se extendió hasta 2001, cuando fue substituido por el Plan Pro-Patria. En 1999 se manejaron 36 mil millones de bolívares y en  el 2000 unos 37 mil millones  de bolívares  y más de 150 millones de dólares, que  desaparecieron de este plan sin rendición de gastos. El programa estuvo a cargo del general Víctor Cruz Weffer. El contralor general Eduardo Roche Lander comenzó a investigar este caso en el mismo 1999. Entre otras cosas, detectó irregularidades en el manejo del dinero por las guarniciones de Barcelona, Ciudad Bolívar y  Maturín. Una de las primeras denuncias se refería al militar Manuel Rosendo. Aun así, Hugo Chávez declaró públicamente que "a lo mejor es una falta administrativa que requiere una multa; pero no es para prender el ventilador”. Otros militares denunciados fueron el general Jorge Luis García Carneiro, comandante de  la guarnición en Mérida, y el general Mervin López Hidalgo, comandante de la división de Guárico. Solo un soldado y un sargento a cargo del general López Hidalgo fueron detenidos por cobrar cheques endosados por el general.  El 7 de septiembre de 2013 el Tribunal Supremo de Justicia finalmente ordenó juzgar al general Cruz Weffer por corrupción.

 

1.12

Caso Central Azucarero Ezequiel Zamora

 En la  construcción del Complejo Agroindustrial Azucarero Ezequiel Zamora se detectaron  cheques clonados, nóminas infladas y partidas desviadas para la remodelación de la sede del Comando Maisanta,  en Sabaneta de Barinas. La Comisión de Contraloría de la Asamblea Nacional determinó un daño de 3,3 millardos de bolívares y señaló como responsables a oficiales militares superiores y funcionarios como el entonces Ministro de Agricultura y Tierras, Antonio Albarrán. El proyecto fue bandera de la transformación del campo, pero sobre el cual se hicieron varias denuncias de corrupción que originalmente involucraron a asesores cubanos, pero, sin embargo, el Gobierno finalmente aprobó más recursos para terminar la construcción y no se concluyó enjuiciamiento algo en contra de los responsables, salvo de algunos pocos oficiales, cuyo proceso no ha concluido.

 

 

 

1.13

Caso Makled y Narco Tráfico

  En el 2007  circuló una carta del Ministro de la Defensa, Raúl Badell, quien en el 2010 fue condenado a 8 años de prisión por un supuesto desfalco, solicitando al Presidente Hugo Chávez una investigación porque  habían elementos que vinculaban al General Henry Rangel Silva, quien después ocupó el mismo Ministerio, y al Coronel Pedro Maggino, con un cargamento de 2.2 toneladas de cocaína procedente de la FARC y que se había guardado en un Cuartel de la frontera con Colombia y que cuando fue interceptado era transportado en un convoy militar. Según el Ex Magistrado Eladio Aponte Aponte, de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, hoy protegido en Estados Unidos, como colaborador de la DEA,  Chávez no acordó ninguna investigación sino que además intervino ante los tribunales para que se escondiera la denuncia.  Walid  Makled apareció en 2009 de tercero en la lista de narcotraficantes más buscados por la Casa Blanca,  a  quien autoridades militares y del Tribunal Supremo  de Justicia le otorgaron carnets y el Gobierno del Estado Carabobo concesiones y contratos.  Makled  fue apresado en 2010 en Colombia, desde donde acusó a varios ministros y  a 15 generales por corrupción, de  contrabando de armas para la guerrilla colombiana y  de tráfico de estupefacientes.  Según las declaraciones del Ex Magistrado  Aponte Aponte publicadas en un affidavit,  otorgado en Costa Rica, no se trataba de un caso aislado sino  de una planificación que hacía ver la existencia de una red  de narcotráfico con oficiales militares. En su declaración este Ex Magistrado, quien había sido Coronel, señaló que había  estado presente  cuando el Director de Inteligencia Militar (DIM),  presentó su informe semanal al Presidente sobre el tráfico de drogas y  su  vinculación con militares y denominó al General Cliver Alcalá, Comandante de la División Acorazada, como “zar de la droga”,  y que con él colaboraba el Director de la Oficina Nacional Antidroga, el Coronel Néstor Reverol.  La organización Human Rights Foundation,  en carta del 27 de septiembre del 2012, considero graves las denuncias de Aponte Aponte y solicitó de la Relatora Especial sobre la Independencia de Magistrados y Abogados de la ONU,  que investigara  su propia confesión    de  que como Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia había estado involucrado en hechos concretos de manipulación de la Justicia por parte del Poder Ejecutivo.  La Fiscalía General de la República calificó de “delirios” las denuncias del Ex Magistrado Aponte Aponte y afirmó que no las investigaría.

  A los casos anteriores se agrega el del General Hugo Carvajal,  Ex Director de Inteligencia Militar, a quien la Fiscalía del Distrito Sur de  Nueva York,  acusa  que alrededor del 10 de abril de 2006,  coordinó  el  transporte de aproximadamente 5.600 kilogramos de cocaína desde Venezuela a México.  Y la Fiscalía del Sur de la Florida acusó también a este General  y a otros militares de altos cargos de asistir en las operaciones en Venezuela del Cartel del Norte de El Valle,  particularmente del narcotraficante  colombiano Wilmer  Arillo Varela,  conocido como “Jabón”,  que apareció muerto en el 2008, en la Ciudad de Mérida.  Carvajal fue arrestado en Aruba el 23 de julio del 2014 bajo pedido de las autoridades estadounidenses, pero   fue liberado, luego que  el Gobierno de Holanda determinara que Carvajal, contaba con inmunidad diplomática, puesto que previamente había sido nombrado cónsul de  Venezuela en la Isla de  Aruba, de  las Antillas Menores,  aún cuando no había recibido el placet del Reino de los Países Bajos para ejercer el cargo,  contaba de todos modos con la inmunidad diplomática. Sin embargo, el Gobierno holandés lo expulso de Aruba. Igualmente el empresario Walid Makled,  acusado de ser el dueño de un   cargamento   descubierto de 5 Toneladas de drogas en México, en varias de las entrevistas que dio a la prensa en el 2010, cuando estuvo preso en Colombia antes de que fuese extraditado a Venezuela, declaró que altos funcionarios del chavismo, incluyendo a Carvajal, eran quienes manejaban la logística de los envíos. El avión que llevaba el cargamento aterrizó el 10 de abril del 2006 en la Ciudad del Carmen, México,  tras declarar una emergencia cuando se dirigía a Toluca. Según informes de la prensa, las autoridades mexicanas entraron en sospecha que algo raro estaba pasando con el vuelo, ya que el avión había salió de Venezuela rumbo a México pero al cumplirse una hora de vuelo la aeronave regresó debido a una supuesta falla,  pero   al  poco  tiempo ratificó nuevamente su plan de vuelo hacia México.  Las sospechas de las autoridades aumentaron después que el avión aterrizó en Ciudad del Carmen, cuando personal del aeropuerto trató de impedir el acceso de los agentes a  la aeronave, argumentando que presentaba una fuga de aceite y existía el peligro de que estallara. Las autoridades estadounidenses eventualmente llegaron a la conclusión de que la droga pertenecía a la organización de Makled, pero este  empresario en las entrevistas que brindó expresó que funcionarios  venezolanos estaban implicados en los envíos,  y  declaró al Diario La Verdad, que se le acusaba  haber sacado un Avión DC-9, con 5 toneladas de cocaína hacia México, desde el Aeropuerto Internacional de Maiquetía, de la rampa presidencial,  y, señaló,  que de ser verdad lo que se imputa,  ¿ cómo pudo haberlo hecho solo?, y afirmó también , en una entrevista en Colombia,  que Carvajal formaba parte de la operación.

 A lo anterior se suma  también la información  de El  Diario  ABC de España en su edición del 27 de enero de 2015,  que da cuenta que quien fuera jefe del primer anillo de seguridad del ex presidente Hugo Chávez,  Leasmy Salazar,   pidió protección de la DEA (Drug Enforcement Administration) en Estados Unidos, tras haber realizado fuertes señalamientos contra importantes figuras del gobierno bolivariano de Venezuela. Concretamente El ABC señala que Leasmy Salazar acusó a Diosdado Cabello, actualmente Presidente de la Asamblea Nacional, de ser el máximo responsable del narcotráfico para estatal  venezolano.  La información, publicada por Emili Blasco en el ABC, afirma que Leasmy Salazar miembro de Casa Militar y capitán de corbeta, se encuentra en los Estados Unidos, donde, según la anterior información,  rindió impactantes declaraciones bajo protección frente a un Fiscal de Nueva York[20].  The Wall Street Journal,  por su parte, citando a más de una docena de personas con conocimiento de las investigaciones, informó que Cabello se encontraba en primer lugar en una lista de varios funcionarios venezolanos que presuntamente colaboraron con narcotraficantes de cocaína, a los que habría provisto de protección y ayuda para transformar al país en un centro global del tráfico de esa droga.  Los investigadores de EE.UU. , según este diario, señalaron que han avanzado sus casos significativamente a lo largo de los últimos dos años, apoyados por un flujo constante de informantes que buscaban cooperar con las autoridades de EE.UU. y escapar l de a agitación política y económica  en Venezuela.  Entre estos informantes incluyen al ex jefe de la seguridad de Cabello que desertó a EE.UU., según The Wall Street Journal.  El reportaje de The Wall Street Journal circuló ampliamente en los medios de comunicación del país en desafío a Cabello, quién este año demandó a tres medios de noticias privados que informaron sobre acusaciones previas de vínculos al narcotráfico. En ese momento, Cabello negó las acusaciones. Cabello solicitó a la justicia que prohibiera la salida del país de 22 ejecutivos y periodistas de esos tres grupos de medios.  Pero el informe de The Wall Street Journal si acertó en un aspecto,  como lo reconoció el mismo  Cabello en referencia a los comentarios del   periódico  sobre  un ex coronel venezolano sobre  su no lealtad al Presidente de la Asamblea Nacional[21].  CNN repitió la anterior información señalando  que  según ese reporte, Cabello y militares a su cargo dirigirían envíos de droga a Estados Unidos de ese cartel y que en las declaraciones de Cabello por las que negó las denuncias a que hace referencia The Wall Street Journal,  reconoció conocer a Salazar, quien por más de una década formó parte del anillo de seguridad del Presidente de Venezuela, Hugo Chávez, fallecido en marzo de 2013,  y que Cabello había afirmado   que era una persona “cercana”, pero que pasó a ser un “infiltrado”[22].

The Wall Street Journal, en un artículo de Chris Matthews,  en Nueva York[23],  amplia la anterior información señalando: “funcionarios venezolanos, bajo sospecha de convertir el país en un centro global de la cocaína  y de  lavado de dinero, según más de una decena de personas al tanto de las indagaciones”.   Esta Diario señaló que una división élite de la Administración para el Control de Drogas (DEA) en Washington y fiscales federales en Nueva York y Miami están construyendo casos utilizando pruebas aportadas por ex traficantes de cocaína, informantes que eran cercanos a altos funcionarios venezolanos y desertores de las fuerzas armadas venezolanas,  según revelaron estas personas,  de acuerdo con el referido Diario.  Asimismo, citando esa fuente señala que  “Hay amplia evidencia para justificar que él es una de las cabezas, si no la cabeza, del cartel”, afirmó el funcionario del Departamento de Justicia de EE.UU., en referencia a un grupo de oficiales militares y altos funcionarios de los cuales se sospecha de estar involucrados en el narcotráfico. “Definitivamente  Cabello es un blanco principal”.  Funcionarios estadounidenses dicen que han avanzado mucho en sus investigaciones. Sin embargo, agregan que es posible que las posibles presentaciones de cargos permanezcan selladas hasta que las autoridades puedan realizar detenciones, algo que sería difícil, si no imposible, a menos que los acusados viajen al exterior. Las investigaciones son una respuesta al crecimiento explosivo del narcotráfico en Venezuela, dicen funcionarios estadounidenses. Presionados por Colombia, donde las autoridades combatieron enérgicamente el tráfico de drogas con US$10.000 millones en asistencia que EE.UU. proveyó desde 2000, muchos traficantes colombianos trasladaron sus operaciones al país vecino. En Venezuela, dicen funcionarios estadounidenses, hallaron un gobierno y fuerzas armadas dispuestos a permitir, y con el tiempo controlar, el tráfico de cocaína a través del país.  Y de acuerdo con Joaquín Pérez, un abogado de Miami que representa a narcotraficantes colombianos que han reconocido que operan desde Venezuela,  “La mayoría de los traficantes de alto perfil se mudó a Venezuela durante ese tiempo”.   Esta afirmación coincide con las informaciones de los funcionarios estadunidenses  quienes señalan  que  Venezuela no produce coca,  ni la  hoja que se usa para hacer cocaína, ni la droga en sí, pero,  que se estima que de 131 toneladas de cocaína, cerca de la mitad de la cocaína producida en Colombia, pasó por Venezuela en 2013, el último año del cual se tienen cifras.  Los fiscales no apuntan al presidente Nicolás Maduro, quien ha estado en el poder desde la muerte de Chávez hace dos años. Sin embargo, altos funcionarios de seguridad pública de EE.UU. dicen que consideran a varios funcionarios y oficiales militares venezolanos como los líderes de facto de organizaciones narcotraficantes que utilizan a Venezuela como el punto de partida para los envíos de cocaína a EE.UU. y Europa.  La información de  The Wall  Street cita la declaración de Mildred Camero, quien presidió la Comisión Nacional Contra el Uso Ilícito de las Drogas de Venezuela hasta que fue obligada a salir abruptamente en 2005,  quien indicó que Venezuela tiene “un gobierno narcotraficante y de lavadores de dinero”.  Camero colaboró con un libro, Chavismo, narcotráfico y militarismo, en el cual afirmó que la corrupción vinculada con el narcotráfico había penetrado el Estado, nombrando a más de una decena de funcionarios, incluyendo nueve generales, que presuntamente trabajaron con traficantes.  Las agencias de seguridad de EE.UU.,   han señalado, según The Wall Street,  que han acelerado sus investigaciones en los últimos dos años, por ser  un período en el que la economía de Venezuela ha empeorado drásticamente y  el crimen desenfrenado se ha disparado,   lo que ha convertido a Venezuela en el país más violento del continente y  ha motivado a la gente a emigrar.  La profunda crisis ha facilitado a las autoridades estadounidenses el reclutamiento de informantes, dicen fuentes cuyo trabajo es enlistar personas cercanas a altos funcionarios venezolanos. Narcotraficantes colombianos y venezolanos también han llegado a EE.UU., con ansias de proporcionar información sobre funcionarios venezolanos a cambio de sentencias menores y la residencia, dicen autoridades de EE.UU.  “A partir de la agitación en Venezuela, hemos tenido mayor éxito en el desarrollo de estos casos”, precisó un fiscal federal del Distrito Este de Nueva York que trabaja en casos venezolanos.    En enero, los investigadores de EE.UU. lograron una captura importante cuando el capitán de la armada Leamsy Salazar desertó y fue llevado a Washington. Salazar, que había encabezado el equipo de seguridad de Cabello, les dijo a las autoridades estadounidenses haber sido testigo de que éste supervisó el envío de un gran cargamento de cocaína desde la península de Paraguaná, en Venezuela, afirmaron personas al tanto del caso.  Rafael Isea es otro ex funcionario que ha estado hablando con investigadores. . Ex viceministro y por un breve lapso Ministro de Finanzas y gobernador del Estado Aragua, Isea escapó de Venezuela en 2013. Fuentes al tanto del caso dicen que Isea dijo a los investigadores que Walid Makled, un jefe narco que ahora se encuentra en la cárcel, le pagaba al ex ministro del Interior, Tarek El Aissami, para enviar cargamentos a través de Venezuela.  Casi un año después de abandonar el país, Isea fue acusado de cometer irregularidades financieras durante sus días como gobernador por la Fiscal General del país, y por El Aissami, quién lo sucedió como gobernador de Aragua.  El Aissami acusó  a Isea de “traidor a la revolución bolivariana” y  le imputó actos de corrupción, pero admitió que se lo había callado porque Chávez le dijo que guardara silencio para no perjudicarlo porque lo consideraba como un hijo, por lo que el diputado Ismael García solicito su enjuiciamiento por complicidad[24]. 

  La información de Chris Matthews que he venido citando indica que además de El Aissami, otros funcionarios bajo investigación incluyen a Hugo Carvajal, un ex director de inteligencia militar; Néstor Reverol, Comandante general de la Guardia Nacional; José David Cabello, el hermano de Diosdado Cabello, Ministro de Industrias y además superintendente nacional Aduanero y Tributario, y el general Luis Motta Domínguez, un general de la Guardia Nacional a cargo de la zona centro de Venezuela, de acuerdo con media docena de funcionarios y personas al tanto de las investigaciones.  Hugo Carvajal, ex director de inteligencia militar de Venezuela, acusado en Nueva York y Miami de cargos federales de tráfico de droga, fue detenido el año pasado en Aruba a petición de EE.UU., pero fue liberado bajo el argumento de que tenía inmunidad diplomática.  Investigadores estadounidenses, de acuerdo con la información de The Wall Street,  han construido trabajosamente casos contra funcionarios venezolanos utilizando la información obtenida de casos delictivos en EE.UU. En Miami, dicen personas familiarizadas con el asunto,  que un elemento clave en dichas investigaciones fue un banda de contrabando de drogas manejada por el colombiano Roberto Méndez Hurtado. Este narcotraficante habría ingresado cocaína en Venezuela a través del Estado occidental de Apure y, de acuerdo con personas familiarizadas con su caso, se habría encontrado con altos funcionarios venezolanos. La cocaína era trasladada por barco o avión a islas del Caribe antes de alcanzar las costas de EE.UU. Méndez Hurtado se declaró culpable en una Corte Federal de Miami en 2014 y recibió una pena de prisión de 19 años. Fuentes cercanas a la investigación dicen que él y sus cómplices no habrían sido capaces de operar sin haberle pagado a una serie de altos oficiales militares y funcionarios del gobierno venezolano.  Otro caso judicial, que se cita en esta fuente, es  en Brooklyn,  en el cual los fiscales han conocido las complejidades del comercio de drogas en Venezuela después de romper una red de contrabando de cocaína dirigido por Luis Frank Tello, quien se declaró culpable, según documentos judiciales. La cocaína era traída por la frontera con Colombia y enviada al norte con la ayuda de agentes de la Guardia Nacional de Venezuela, a veces desde el aeropuerto de Maracaibo, la segunda ciudad del país.  En 2010, la Fiscalía de Manhattan hizo pública una acusación contra Makled, el distribuidor de drogas venezolano acusado de enviar toneladas de cocaína a EE.UU. a través de Puerto Cabello, principal puerto marítimo del país, supuestamente controlado por Makled. Este, que había sido capturado en Colombia, se jactaba de tener 40 generales venezolanos en su nómina. “Todos mis socios comerciales son generales”, dijo entonces Makled en su correspondencia con uno de sus asociados, a la que tuvo acceso The Wall Street Journal. “Te estoy diciendo despachamos 300.000 kilos de coca. No podría haberlo hecho sin la parte superior del gobierno”. Agentes de la DEA entrevistaron a Makled en una prisión colombiana mientras se preparaban para extraditarlo a Nueva York. Pero en cambio, Colombia lo extraditó en 2011 a Venezuela, donde fue condenado por tráfico de drogas. El pasado febrero de 2014 fue condenado a 14 años y seis meses de cárcel. En julio del 2014, funcionarios antidrogas estadounidenses casi atrapan a Carvajal, quien había sido acusado en Miami y Nueva York de narcotráfico y detenido en Aruba a instancias del gobierno estadounidense. Pero las autoridades holandesas lo liberaron a Venezuela con el argumento de que tenía inmunidad diplomática. EE.UU. también está recopilando información de los banqueros y financistas que manejan el dinero de altos funcionarios venezolanos. Desde el año pasado, dicen personas familiarizadas con el asunto, el gobierno de EE.UU. ha revocado las visas de al menos 56 venezolanos, incluyendo banqueros y financistas cuyas identidades no se han hecho públicas. Algunos han tratado de cooperar con los investigadores con el fin de poder volver a ingresar a EE.UU. “Ellos están sacudiendo a todos estos corredores de dinero”, dijo un abogado que representa a dos financistas venezolanos que han tenido sus visas revocadas. “La información está llegando muy rápidamente, señaló”[25].

 The New York Time  (NYT) confirmó la información del The Wall Street Journal,  al referirse a la  noticia de la investigación  que fue reportada en primera instancia por el diario The Wall Street Journal,  de que funcionarios venezolanos de alto rango son objeto de una investigación por parte de autoridades estadounidenses, como parte de una amplia pesquisa sobre la distribución de cocaína en el hemisferio occidental,  según dijeron funcionarios de inteligencia y seguridad estadounidenses,  afirma la nota de Michael S. Schmidt en el New York Times del 21 de mayo de este año. Asegura el NYT que los funcionarios consultados declararon en condición de anonimato, porque se trata de una investigación en curso.  De acuerdo con la nota de NYT autoridades venezolanas de alto rango son objeto de una investigación por parte de autoridades estadounidenses. La investigación, que involucra acusaciones de lavado de dinero y tráfico de droga, está siendo gestionada por la Administración de Control de Drogas (DEA), y se centra en uno de los políticos más poderosos de Venezuela, el Presidente de la Asamblea Nacional Diosdado Cabello, de acuerdo con funcionarios que solicitaron el anonimato por tratarse de una investigación en curso. Una gran parte de la cocaína que viaja al norte, hacia los Estados Unidos, pasa por Venezuela, según funcionarios estadounidenses, a  menudo en pequeños aviones que cargan y despegan de pistas de aterrizaje ocultas en el Estado venezolano occidental de Apure. El presidente Hugo Chávez cortó la cooperación con la DEA en 2005, acusando a la organización de espionaje. El trasiego de drogas a través del país se incrementó después de eso. El Departamento del Tesoro ha acusado a oficiales militares y funcionarios del gobierno de trabajar con los traficantes. Acusaciones que Venezuela ha rechazado como falsas.  El NYT recuerda que en julio de 2014, un ex director de inteligencia de Venezuela, Hugo Carvajal, fue detenido en Aruba, a petición de autoridades estadounidenses y que una Fiscalía de Estados Unidos lo acusó de recibir dinero de un narcotraficante colombiano y de facilitar en los envíos de cocaína a Estados Unidos. Y que, Carvajal, quien había sido designado cónsul general en Aruba, en última instancia, se le permitió regresar a Venezuela[26].  NYT señala que  de forma anónima, el Departamento de Estado de EE.UU confirmó la investigación contra Diosdado Cabello, más no emitió juicio sobre la misma, ni sobre el artículo publicado por el Wall Street Journal,  como se pudo conocer a través del canal internacional, CNN en Español. El secretario de Prensa de la Casa Blanca, Josh Earnest se pronunció sobre la situación de Venezuela, manifestando la preocupación de los Estados Unidos por la obstrucción de los derechos en Venezuela por parte del gobierno nacional. Sin embargo aseguró no tener detalles sobre el informe aportado por el medio estadounidense. Un portavoz del Departamento de Estado extendió un poco más su respuesta, aseverando que “no se pronuncian sobre investigaciones en curso, cualquier consulta adicional debe ser presentada al Departamento de Justicia”. No obstante continuó, según CNN en Español: “En general hemos visto que Venezuela es un punto importante de transbordo de drogas que carece de medidas policiales adecuadas, en parte porque no participa de la cooperación estratégica, consistente y amplia de las iniciativas antinarcóticos”. El Diario La Razón, de Madrid,  en información del 21 de mayo del 2015,  da cuenta de que “Maduro cierra fila con su número dos”,  dando cuenta que después de que el lunes el diario «The Wall Street Journal» publicara que la Justicia norteamericana lleva años investigando a funcionarios venezolanos sospechosos de vínculos con el narcotráfico, entre ellos Cabello, Maduro salió en su defensa y llamó a las instituciones a cerrar filas en ese sentido[27].

 En Venezuela el periodista Nelson Bocaranda, en su columna  RUNRUNES del  21 de mayo de 205, del Diario El Universal,   al referirse al narcotráfico escribe  que el 15 de julio de 2009  el diario londinense Financial Times  (FT)  publicó un reporte de su corresponsal en Caracas, Benedict Mander, dando cuenta de un informe del Congreso de Estados Unidos donde se hablaba de la corrupción en el alto gobierno de Chávez y  que a negativa a cooperar con EEUU había empeorado un vertiginoso problema de tráfico de drogas en Venezuela.  Señala Bocaranda que una copia del informe, obtenida por el FT, demostraba que los esfuerzos para combatir  el incremento en el contrabando de cocaína por Venezuela entre 2004 y 2007 habían sido dañados por la corrupción en la Guardia Nacional, la cual, según indicaba el informe, cooperaba con los narcotraficantes colombianos. Varias veces, encuentros y desencuentros entre los dos gobiernos  en el tema de la droga y la guerrilla colombiana son  los principales obstáculos para mejorar las relaciones.  En su Nota Bocaranda señala que  en las Antillas Neerlandesas  Venezuela es  noticia y que lo que sí ha servido para armar distintos rompecabezas son las piezas aportadas por el narcotraficante Walid Makled desde su prisión en Colombia, el ejecutivo Antonini Wilson,  en unos detalles financieros,  y otros dos narcotraficantes colombianos Farid Feris Domínguez , alias “El Doctor” quien tuvo hasta cédula y pasaporte diplomático venezolanos y que tras su deportación varias de sus propiedades “desaparecieron” en los registros , y el llamado “ El Loco Daniel Barrera”, quien deportado de Venezuela a EE.UU. se declaró culpable ante el Fiscal del Distrito Sur Preet Bharara de distribuir 400 toneladas de cocaína entre 1998 y 2010.  Se dijo que llevaba una agenda minuciosa de sus contactos en el gobierno de Chávez.  Y que uno de los que lo protegió fue hasta gobernador en un estado andino[28]. Y  el periodista Manuel Malaver,  que ha venido investigando  el tráfico de cocaína en el país desde sus tempranos orígenes, en su Libro “La DEA contra la Guardia Nacional de Venezuela” (Gama Editores, 1999, Caracas, Venezuela)  alertaba que si no se castigaba a los narco militares de la “Operación Norte”, Venezuela se convertiría en la Colombia de los 2000.

El Diario La Razón, de Madrid, de fecha 21 de mayo de 2015,  dice que “EEUU rastrea el dinero de la droga en Suiza y Andorra”[29],  señalando que  la Agencia en Estados Unidos que dirige Jennifer Shasky, que busca el origen del dinero ilícito, las vías para el lavado de fondos y la financiación de grupos terroristas,  había realizando  una  última operación de cierta  entidad, que se  hizo pública en marzo, cuando su red de Persecución de los Crímenes Financieros del Departamento del Tesoro de Estados Unidos (Fincen, en sus siglas en inglés) denunció que Banca Privada de Andorra y de Madrid servía para lavar dinero del crimen internacional y el narcotráfico.  Según este informe entre  los clientes de estas entidades aparecieron varios altos cargos de Venezuela supuestamente relacionados con el lavado de dinero procedente del narcotráfico. En esta investigación figuran los nombres de tres ex ministros venezolanos, el ex jefe de Inteligencia de ese país y un ejecutivo de la petrolera estatal PDVSA.  El Diario La Razón recuerda  que el ex jefe de la división de Drogas de la Policía Científica de Venezuela, Norman Puerta, acusado con una orden de arresto y alerta roja de Interpol por el presunto delito de blanqueo de dinero, se entregó a las autoridades venezolanas.  Ya había sido detenido en junio de 2010 por la Policía de Andorra, acusado de ser el presunto autor de un delito de blanqueo de dinero procedente del narcotráfico, y liberado después. Puerta ha reconocido que abrió una cuenta en la Banca Privada del Principado de Andorra. En cambio,  y ha indicado que fue estafado por dicho banco. LA RAZÓN  consultó algunas fuentes, que destacan que la Fiscalía Federal del Distrito Sur de Nueva York y la de Miami investigan los casos a partir de las pruebas que les habrían proporcionado ex traficantes de droga. Dichas fuentes  provenientes de  unas pesquisas realizadas junto a la Agencia Antidroga de Estados Unidos (DEA) reconocen que «hay evidencias muy fiables, de al menos un testigo o dos muy sólidos, para construir un caso de gran calibre contra miembros del Gobierno venezolano”.

 Por su parte, el Diario El País, de Madrid,  al referirse a las denuncias aparecidas en The Wall Street Journal,   y a la solidaridad expresada por Maduro por Cabello,  dice, en información de fecha 20 de mayo de 2015,  que  no son  una sorpresa porque  el estamento castrense que sirve de base a la autodenominada Revolución Bolivariana, protagoniza hace años toda clase de rumores sobre narco tráfico que se conoce como El Cartel de los Soles,  que,  más que referirse a una organización criminal,  afirma,   es la denominación genérica con la que en Venezuela se hace referencia a la colusión entre el narcotráfico y el poder que el sector castrense logró durante los 16 años de revolución bolivariana y  cita las afirmaciones de los  reporteros Alejandra Inzunza, José Luis Pardo y Pablo Ferri , en su libro “Narcoamérica, tras pasar por el Estado de Apure (suroeste del país, en la frontera con Colombia)”, quienes dicen:  “Nos habían hablado del cartel de los Soles”. “Se les llama así para definir a un grupo de élite de la Fuerza Armada Bolivariana, oficiales de alta graduación, a los que se les dan medallas en forma de sol cuando ascienden de cargo (...) Algunos expertos dicen que no se les puede definir como un cartel, ya que actúan por separado y tienen riñas entre ellos, pero cuando alguien habla de Los Soles se refiere a militares narcotraficantes”, que se hace sentir en Regiones como Apure, , o los Estados de Zulia y Táchira,  limítrofes con Colombia, y con gran despliegue militar, son plazas fuertes. Otras provincias, como los Estados de Monagas, Sucre y Falcón, sirven de lanzaderas del narcotráfico, aprovechando la posición de Venezuela como balcón con vistas al Caribe y el Atlántico, señalan estos reporteros, según La Razón.   Este mismo Diario, recordó que en  Maturín, capital del Estado Monagas, fue asesinado en 2004 el periodista Mauro Marcano, quien denunciaba en sus programas de radio y columnas el creciente poder del cártel en la zona. La justicia condenó por el crimen a un capo local, Ceferino García.  Y  advierte que la mayoría de los venezolanos incluidos en la llamada Lista Clinton del Departamento del Tesoro, que agrupa a los jefes del narcotráfico a los que EE UU impone sanciones financieras, son ex oficiales militares que ocupan cargos del gobierno[30].

1.14

Caso Notas Estructuradas

  El caso de las Notas Estructuradas  (NE) es otro caso emblemático de corrupción[31]. La estrategia  fue la de emitir bonos denominados en dólares, pero pagaderos en bolívares,  para entregar divisas a empresas ficticias  y personas en el mercado paralelo del dólar, con bancos escogidos “a dedo”. En  el año 2003, se vendían las divisas a una tasa superior al dólar oficial, beneficiándose empresas de maletín, corredores y también personeros del gobierno. La idea de los bonos se le atribuye a Francisco Illaramendi, cuando fue asesor del ministro  Tomás Nóbrega, a quien también se le imputó  el desfalco del Fondo de Pensiones de los Trabajadores de Petróleos de Venezuela (Pdvsa).  El  gran negocio surgió con las Notas Estructuradas (NE), instrumentos financieros que se emitieron con respaldo de las deudas públicas de Argentina, Ecuador y Venezuela,   que   de  acuerdo  con  estimaciones de expertos economistas, entre 2004 y 2008 se colocaron más de 10 mil millones de dólares en estas Notas, sin control alguno.  A Tobías Nóbrega lo sustituye Nelson Merentes,  en el Ministerio de Finanzas, a quien se le atribuye la utilización de recursos del Fondo para el Desarrollo Nacional (FONDEN) para la adquisición de Notas Estructuradas,  que se negociaron a bancos y casas de bolsa, seleccionados sin que mediara ninguna subasta y sin conocerse las condiciones de precios y tasas de cambio de esas operaciones, así como tampoco la lista de las instituciones financieras involucradas. La mayoría de ellas fueron luego intervenidas. Carmen Meléndez, que se desempeñó después como ministra de la Defensa, cuando se desempeñó como Tesorera Nacional, con la asesoría de Danilo Díaz Granados, junto a Merentes en el ministerio de Finanzas, participó en la negociación en el año 2006, de más de 9.000 millones de dólares en bonos y notas estructuradas, a tasa oficial.  Las  Notas Estructuradas podían adquirirse  mediante pago en bolívares para venderlas luego en dólares en los mercados internacionales y obtener ganancias del diferencial cambiario. Rodrigo Cabezas,  manifestó que durante su ejercicio como ministro de Finanzas no hizo ninguna compra de Notas estructuradas,  pero admitió que en 2007, las Notas Estructuradas,  adquiridas a lo largo de 2006 fueron colocadas en el mercado, dado su carácter riesgoso

 

1.15

 Caso “Escándalo de los Bancos”.

 El  escándalo bancario se desató en 2009 con la intervención de siete entidades bancarias. Los bancos involucrados fueron el Canarias, Pro Vivienda, Bolívar, Confederado,  Central Banco Universal, Banco Real y Baninvest. Durante varios años una serie de empresarios habían comprado bancos a través de operaciones fraudulentas y los habrían manejado también de manera indebida. Uno de estos empresarios,  es Arné Chacón Escamillo,  quien fue uno de los militares que participó en la intentona de golpe de Estado de noviembre de 1992, y que  había declarado a la prensa en 2005 que aunque no tenía dinero, le habrían "vendido" un 49% de las acciones de uno de los bancos en cuestión a cambio de los negocios que traería por sus relaciones con el gobierno. Su hermano, Jesse Chacón, se vio obligado a dimitir como Ministro para la Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias,  el 6 de diciembre de 2009. El 9 de diciembre, Arné Chacón y otros empresarios involucrados en el caso fueron puestos en prisión por presunta malversación de fondos de diversos bancos. Los mismos fueron liberados a finales de 2012 con una medida cautelar. Jesse Chacón volvió al gobierno nacional a comienzos de 2013, como Ministro de Energía Eléctrica. Pedro Torres Ciliberto, quien le habría vendido las acciones a Arné Chacón, se dio a la fuga[32].

 

1. 16

Caso Didalco Bolívar

  Didalco Bolívar,  quien fue  gobernador de Aragua hasta 2008, fue acusado por la Fiscalía de actos de corrupción. El gobierno envió a Interpol una petición de orden de captura. Se le acusó de haberse enriquecido de manera ilícita y de haber depositado de manera ilegal millones de dólares en paraísos fiscales. El entonces nuevo gobernador, Rafael Isea, presentó una denuncia en su contra por obras inconclusas por un monto de 43,5 millones de bolívares.  Bolívar se mantuvo en Panamá hasta 2011, cuando regresó a Venezuela, según dijo,  para "desenmascarar a los políticos de oposición", en especial a Ismael García, presidente del Partido  Podemos.  Al llegar a Venezuela, Bolívar fue detenido durante 15 días, pero el Tribunal Octavo de Control le otorgó la libertad bajo una medida cautelar. En mayo de 2012  la Sala Electoral del Tribunal Supremo lo nombró presidente de Podemos. A finales de 2012 Bolívar prometía que con Podemos le daría  a Chávez 400000 votos. Alejandro Ramírez Saavedra, antiguo socio de Bolívar, es el único que ha sido detenido en este caso[33] .

 

1.17

 

Caso Isea[34]

El diputado opositor Ismael García había denunciado en repetidas ocasiones al gobernador de Aragua Rafael Isea y a su hermano, Gerardo Isea, por corrupción. Isea no fue candidato del PSUV para la gobernación en diciembre del 2012 sino que fue reemplazado por  Tarek El Aissami, quien resultó electo como gobernador el 27 de diciembre. En enero de 2013 se presentó una acusación formal en  el Consejo Legislativo de Aragua contra Isea.  En septiembre de 2013 el nuevo gobernador de Aragua, El Aissami, introdujo en la Fiscalía General una denuncia contra  de  Rafael Isea y Gerardo Isea. El Aissami denunció la desaparición de 59 millones de dólares y  de 9 millones de euros en la administración de la empresa Minarsa (Minerales de Aragua), así como la paralización de cinco obras. Estos hechos habían sido denunciados previamente por partidos opositores. Isea se mantiene desde ese momento en los Estados Unidos realizando una maestría.   Según el actual gobernador del Estado Aragua, Tarek El Aissami,  el ex gobernador de dicho Estado, Rafael Isea, se habría sumado al programa de testigos protegidos de los Estados Unidos para ofrecer información que podría ser desfavorable al Gobierno nacional. El Aissami acusó a Isea de “traidor a la revolución bolivariana” y lo vinculó con presuntos actos de corrupción y que silenció por pedido del fallecido presidente Hugo Chávez. Así se expresó textualmente: “Quería hacer una grave denuncia. En dos años siempre me callé porque el comandante Chávez me dijo cuándo me envió para acá: estoy sacando a un hijo mío por traidor, no me vayas a fallar tú que eres otro hijo”. Estas declaraciones fueron ofrecidas por El Aissami  el 17 de abril de 2015, durante una asamblea regional del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV)[35].  Por lo que el diputado opositor Ismael García, solicitó al Tribunal Supremo de Justicia investigar al Gobernador del estado Aragua, Tarek El Aissami, por complicidad al callar los presuntos hechos de corrupción cometidos por el ex gobernador de esa entidad, Rafael Isea[36].

 

 

1.18

Caso Ferrominera

  Los trabajadores de Ferrominera,  que es una empresa  del Estado de procesamiento de hierro,  denunciaron corrupción en su Gerencia y Dirección. . En junio de 2013 el presidente de la empresa, Radwan Sabbagh, fue arrestado y acusado por Nicolás Maduro de haber quebrado a la empresa. Según documentos que la prensa pudo ver, hubo fraudes por el equivalente a mil doscientos millones de dólares a intermediarios por debajo del precio a cambio de pagos ilícitos. El coronel que había sido enviado inicialmente a investigar el caso en 2011  supuestamente habría ganado decenas de millones de dólares en extorsión de los gerentes de Ferrominera[37].

 

1.19

 Caso Desfalco del Ministerio de Deporte

 

  La  Ministra de Deporte Alejandra Benítez  denunció  que una serie de deportistas habían falsificado su firma en repetidas oportunidades para obtener  millones de dólares a través del Sistema de Control de Administración de Divisas (CADIVI).  En septiembre de 2013, José Ovidio Almeida, jefe de los planificadores del Ministerio de Deporte, fue interceptado en el aeropuerto de Sofía, Bulgaria, con una maleta en la que llevaba 407.000 euros en efectivo sin declarar ante las autoridades. El funcionario dijo que esto era práctica común. La oposición en Venezuela, sin embargo, exigió explicar porqué el gobierno permitía el traslado de semejantes sumas de dinero en efectivo. El gobierno no ha querido revelar los nombres de los otros deportistas implicados.  La Ministra Benítez, que había sido ministra desde abril de 2013, fue substituida en enero de 2014[38].

 

 

 

 

1. 20

 Casos familia Chávez[39]

  El diputado disidente Wilmer Azuaje  denuncio   que  el padre de Chávez tenía una finca en Camirí, Barinas, que medía unas 30 hectáreas antes de que llegase a ser gobernador y que para 2008 medía unas 600 hectáreas.  Igualmente denuncio que  Argenis Chávez tendría una finca a nombre de Néstor Izarra, un antiguo empleado de la familia Chávez que, en realidad, sería testaferro. Dicha finca tiene 2000 hectáreas. Azuaje también  denuncio que la finca "Los Cocos", ubicada igualmente en el  Obispos, del Estado Barinas, que está bajo la propiedad de Vilma Báez, una antigua contratista del gobierno regional, es en realidad de los Chávez y que Báez es sencillamente una testaferra. En marzo de 2008 un tribunal de Barinas rechazó las denuncias por falta de evidencias. El diputado Azuaje consignó una de sus denuncias ante la Asamblea Nacional en marzo de 2008. Miembros del PSUV, a su vez, decidieron investigar a Azuaje por una "vida ostentosa".

 

1.21

                                    Caso de corrupción por ventajismo electoral.                                   

     El  Rector del Consejo Nacional Electoral,  Vicente Díaz, en declaraciones del 27 de marzo del mismo año,   describió el proceso y la campaña eleccionaria presidencial  de abril  2014,  de “grosera   y descarada”, por el ventajismo electoral estructural y coyuntural que ejerció el  gobierno, y señaló concretamente el uso y abuso de los recursos públicos,  petrodólares, bienes públicos y la participación de funcionarios del Estado, en  los gastos de  campaña  de transporte,  y en  afiches, movilización, actos, anuncios de radio y TV, así como para promesas y  prebendas demagógicas,  y en   las donaciones de electrodomésticos, la inauguración de obras,  los subsidios y servicios sociales.  Así como por el control de todos los poderes del Estado por el  gobierno,  que le permitió modificar las reglas electorales a su favor  y  que no obstante  la no juramentación de Hugo  Chávez para su nuevo término presidencial, el régimen logró imponer una figura inconstitucional de la  "continuidad administrativa"  para asegurar  la permanencia indebida de  Nicolás Maduro, primero como Vicepresidente, y luego como presidente a cargo y candidato para las elecciones.  Denunció igualmente,  la manipulación y abuso de los medios de comunicación social del Estado. El Rector Vicente Díaz afirmó que este ventajismo electoral viola preceptos constitucionales y constituye actos graves de corrupción, y que sin embargo no son sancionados por el Consejo Nacional Electoral,  ni por  la Contraloría General.  A lo anterior se puede agregar las limitaciones impuestas en veintitrés municipios y nueve circuitos electorales que afecta los derechos de reuniones y manifestaciones de sectores opositores por encontrarse bajo estados de excepción y en ejecución la llamada Operación Liberación y Protección del Pueblo (OLP), todo ello en pleno proceso de las elecciones parlamentarias del día 6 de diciembre de 2015, además de planes repentinos de reparto de comida, viviendas y automóviles; lo cual impacta, según estudio realizado por el periodista investigativo, Franz von Bergen, el 74,3% de las circunscripciones con tendencia histórica contraria o levemente oficialista[40].

Es decir,  que el ventajismo electoral en Venezuela se inscribe dentro de los casos de falta de transparencia democrática,  que el profesor  y politólogo, Luis Salamanca,  calificó de “ventajismo electoral institucionalizado”, en el  Seminario Internacional “Campañas Electorales: una mirada comparativa en el hemisferio”, realizado en Caracas el 15 de noviembre de 2012,  cuyos trabajos fueron  la base para la publicación del Libro “  Campañas Electorales, ventajismo y reelección presidencial en América Latina” , publicado por The Carter Center y Editorial Alfa,  del que sus editores fueron Francisco Alfaro Pareja y Héctor Vanolli.  En este Seminario se concluyó que  la  democracia no es votar, sino votar con garantías”.

 

1.22

Peculado de uso por utilización de aviones de PDVSA y tráfico internacional de armas

A los casos anteriores emblemáticos  se agrega como otro caso más de corrupción, el de peculado de uso  de bienes  de PDVSA para fines particulares,  descubierto al   ser detenida en Brasil,  según el diario Folha de Sao Paulo, una empleada doméstica de Elías Jaua, Ministro del Poder Popular para las Comunas y Movimientos Sociales,  en la madrugada del viernes  24 de octubre, de 2014, en el Aeropuerto Internacional de Guarulhos,  en Sao Paulo,   y quien acusada de tráfico internacional de armas. La empleada  fue  detenida con una maleta que cargaba un revólver calibre .38 y municiones  y al   ser interrogada   declaró que el arma pertenecía al Ministro Jaua.  Agrega  el diario brasileño que la niñera viajaba desde Caracas con la suegra de Jaua y otros familiares en un avión de Pdvsa y  que aterrizó en la Base Aérea de Guarulhos,  y que  Elías Jaua estaba  en Brasil para participar en reuniones con autoridades del Misterio del Trabajo y Desarrollo Agrario del vecino país.  Tanto la Policía Federal como la cancillería brasileña confirmaron el incidente. “La Policía Federal brasileña confirmó este domingo que la niñera de la familia del Ministro de Comunas y Movimientos Sociales, Elías Jaua, fue detenida el viernes en el aeropuerto internacional de Sao Paulo por tráfico internacional de armas. Según información del diario Folha de Sao Paulo, la niñera, de 39 años y cuya identidad no fue divulgada, portaba un revólver calibre 38 con munición en el interior de una maleta, la cual dijo que pertenecía al Ministro. De inmediato fue encausada por  el delito de "tráfico internacional de armas". La Policía Federal dijo además que la niñera del ministro socialista llegó en un avión de la petrolera venezolana Pdvsa con una maleta en la que tenía un revólver cargado. La mujer declaró que el maletín que contenía el arma pertenecía al ahora Ministro de Comunas y Movimientos Sociales, que había llegado a Brasil un día antes junto a su mujer e hijo. No obstante, la Embajada de Venezuela en Brasil afirmó a Efe que no recibió ninguna notificación al respecto y ni confirmó ni desmintió la información publicada por el diario. De acuerdo con Folha de Sao Paulo, la niñera llegó la noche del viernes al aeropuerto Internacional de Guarulhos, en Sao Paulo, procedente de Caracas y acompañada por la suegra de Jaua. Ambas viajaban en un avión de la petrolera estatal Petróleos de Venezuela. Cuando los equipajes pasaron por el control, los funcionarios del aeropuerto identificaron el arma y lo denunciaron  a las autoridades, que procedieron a la detención de la mujer. La niñera no tiene inmunidad diplomática y corría el riesgo de  ser condenada a una pena de 4 a 8 años de prisión. Según las mismas fuentes, el ex canciller venezolano se encontraba en Brasil para participar de varias reuniones en Porto Alegre y Brasilia, donde tenía previstos encuentros con autoridades del Ministerio de Trabajo y de Desarrollo Agrario[41].

En carta de fecha  24.10.2014, el propio Ministro Elías Jajua admitió que su empleada llevaba su maletín con un revólver, marca S&W, modelo 342, calibre .38, serial CEV6185,  del cual  posee  permiso de porte de armas otorgado por el Ministerio del Poder Popular para la Defensa de la República,  que por su solicitud la ciudadana Janeth Anza, quien  identificó como trabajadora de su confianza,  que cuida diariamente a sus hijas, viajo a Sao Paulo para apoyar a su familia, porque su esposa debía guardar reposo en el Hospital Sirio Libanes de dicha Ciudad,  y que antes de su viaje, le solicitó que trajera consigo un maletín de trabajo, de uso personal, que contiene documentos,  y que también le solicitó  que sacara del mismo el arma mencionada  y que, por descuido de la trabajadora, sin intencionalidad alguna, el arma no fue retirada del maletín y presento sus  excusas por todos los inconvenientes causados[42]

 

 

 

1.23

Las denuncias de corrupción en La Gobernación del Estado Miranda (“El  expediente negro de Miranda”)

 Desde 2009     en la Fiscalía General de la República reposan  17 denuncias de irregularidades en la Gobernación de Miranda  atribuidas a la administración del gobernador  Diosdado Cabello,  quien actualmente se desempeña como Presidente de la Asamblea Nacional, cuyo daño en contra del patrimonio público se estima en  480 millones de bolívares. Las denuncias se basan en  pagos dobles, compras sin soportes o con sobreprecio y contratación de obras sin licitación.   Estas denuncias  fueron presentadas  en 2009 a la Fiscalía General de la República por Rafael Guzmán, ex procurador del mencionado Estado[43].  E incluyó   además información  sobre la entrega sin justificación de recursos a consejos comunales por 150 millones de bolívares, la adquisición de mobiliario y de vehículos con pagos irregulares por 115,9 millones y la adjudicación de proyectos sin contrato por 21,6 millones. El ex procurador del estado, Rafael Guzmán, llevó a la Fiscalía los 17 expedientes.  Y  el diputado Richard Guevara, presidente de la Comisión de Contraloría del Consejo Legislativo de Miranda, informó  que presentaría  un informe a la  Asamblea Nacional  de todas las anteriores denuncias  que denominó  “el expediente negro de Miranda”,  donde se especifican los montos de las referidas irregularidades  y que las entregaría, junto con las pruebas,  al diputado Richard Arteaga, miembro de la Comisión de Contraloría de la Asamblea Nacional  solicitándole  se abra una investigación  para establecer las responsabilidades a que haya lugar.

 

 

1.24

El blanqueo de capitales públicos  de PDVSA y de organismos del Estado como delitos contra la humanidad en el  Banco  Privado de Andorra (BPA), el HSBC de Suiza y el Banco Peravia de República Dominicana.

Delitos contra el pueblo de Venezuela

  La opinión pública nacional e internacional se ha impuesto del hecho notorio comunicacional de la apertura de un procedimiento penal en contra de directivos del Banco Privado de Andorra,  en base a la información que  el Departamento del Tesoro  ha suministrado al gobierno andorrano,  por un supuesto blanqueo ilegítimo de capitales, entre los que se encuentran  importantes y cuantiosos fondos de Petróleo de Venezuela S. A.; empresa  que pertenece en un 100%  a  la República Bolivariana de Venezuela,   según el artículo 303,  de  la  Constitución, publicada en la Gaceta  Oficial N°   36.860 del 30 de diciembre de 1999, reimpresa en Gaceta Oficial N° 5.453 Extraordinario, de fecha 24 de marzo de 2000; y  cuya actividad es la industria petrolera, que ha sido reservada en interés de la  Nación, conforme el artículo 302, de la Constitución citada;  fondos estos que provienen del ingreso generado por la riqueza del subsuelo, que son bienes del dominio público nacional, de acuerdo con el artículo 12, de la misma Constitución,  y que  está destinado al financiamiento de la inversión real productiva de Venezuela y la educación y la salud de su población, según el artículo 11, de la mencionada Constitución.  El ilegítimo tráfico de capitales públicos, en este caso, afectan ingresos petroleros  que además de violar principios de ética pública, reconocidos en declaraciones internacionales y particularmente en Venezuela, según el artículo 141, de la Constitución,   afecta   directamente el régimen fiscal de Venezuela, que es parte de su soberanía,  como se desprende del artículo 311,  en concordancia con los artículos 302 y 303, ambos de la mencionada Constitución.

   El manejo ilegítimo de capitales, de PDVSA, a nivel internacional, denunciado por autoridades norteamericanas y españolas,  contrariando no solo la legislación anticorrupción venezolana[44] y  las disposiciones  de tratados internacionales contra este delito[45], suscritos por Venezuela, afectan directamente su población, puesto que se trata del patrimonio público nacional, que según los principios que se pueden derivar  de estos tratados son delitos que afectan la humanidad, entendida como sujeto internacional de derecho, conforme el reconocimiento que se le ha hecho en los tratados relativos a los derechos económicos y sociales y los derechos del desarrollo económico y social, que son de naturaleza colectiva y universal, que se ven afectados en los casos de lavado de dinero de capitales o fondos públicos.   Hasta el punto, por ejemplo, que internacionalmente este delito está excluido de los beneficios  de  indulto   y de amnistía y  de los beneficios procesales de libertad condicional,  e igualmente, se les considera imprescriptibles, cuya comisión justifica la confiscación u ocupación de los bienes de las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras,  que en el caso de Venezuela se ha reconocido en los artículos  29 y 116, de su Constitución.   Lo que permite que puedan ser calificados de delitos contra los pueblos o naciones, porque cuando se trata de fondos públicos se les afecta en su bienestar y desarrollo, principalmente educación, salud y en los derechos colectivos sociales y económicos,  de vivienda propia, de seguridad  social y salud pública.  En  efecto,  dado que el blanqueo o ilegítima manipulación de los capitales de PDVSA, a que se ha hecho referencia privan al pueblo venezolano de sus derechos fundamentales, económicos y sociales,   e impiden su bienestar social porque tales fondos, provenientes de la riqueza del subsuelo,  se les  ha desviado de su finalidad primordial de  invertirlos  en el financiamiento de producción nacional y de  su educación y salud y de sus derechos irrenunciables, puesto que  son apropiados ilícitamente por personas privadas,  se trata de delitos de carácter universal , por ir en  contra del pueblo venezolano.  Debe tenerse presente que  el propósito de los Estados al suscribir  tratados contra la corrupción, y particularmente contra  la legitimación de capitales públicos apropiados ilícitamente,   es el de prevenir y castigar tales delitos para proteger a la población y a los pueblos, por lo que de ese propósito se deriva el  interés  colectivo de los ciudadanos de ese pueblo o población de acudir  a tribunales extranjeros para defender sus derechos, cuando se afecta el patrimonio público que le pertenece o en cuyo beneficio está destinado, por tratarse de manipulación ilegitima de rentas provenientes de bienes del dominio público o nacional, como ocurre con los capitales de PDVSA, que son ingresos de la explotación de la riqueza petrolera de Venezuela. En este contexto de blanqueo  internacional de capitales públicos se menciona el Caso del Banco Madrid, puesto que  con  motivo de las averiguaciones sobre  el manejo ilegitimo de dinero en este  Banco, autoridades españolas han descubierto contratos que parecen indicar el pago de hasta 90 millones de dólares a un alto funcionario venezolano, Carlos Luis Aguilera Borjas, para el otorgamiento de contratos en la expansión del  Metro de Caracas, quien había sido ex jefe de los servicios de Inteligencia de Venezuela y ex guarda espalda personal de Hugo Chávez[46].. 

En los casos de blanqueo de capitales del Estado venezolano se sigue el esquema de la utilización de una tercera parte (“Third-Party Money Launderers-TPML”),  el Banco Privado de Andorra, el HSBC suizo y el Banco Peravia de República Dominicana, para encubrir la apropiación de fondos públicos[47] .

 

 

1.24.1

Caso de lavado de dinero del Banco Privado de Andorra (BPA)

 En esta corrupción internacional   un familiar  del  ex presidente de Pdvsa, Rafael Ramírez,    aparece vinculado con las empresas fantasmas utilizadas para blanquear más de 4.200 millones de dólares en BPA Andorra.  Asimismo fue intervenido en República Dominicana el Banco Peravia, propiedad de venezolanos que tienen negocios con oficialistas; y se conoció que Venezuela era el tercer país con más dinero depositado en el HSBC de Suiza, entidad etiquetada por recibir fondos de narcotraficantes, dictadores y terroristas.  En estas tres entidades financieras internacionales, el HSBC Bank de Suiza, Banco Peravia de República Dominicana y la Banca Privada de Andorra   se detectó la existencia de fondos de funcionarios del Gobierno de Nicolás Maduro y empresarios relacionados con altos jerarcas del chavismo  e instituciones del Estado venezolano. El último caso se conoció el 10 de marzo, un día después de que el gobierno de Estados Unidos anunciara sanciones y congelara las cuentas de importantes funcionarios del gobierno venezolano por presunta violación de derechos humanos y corrupción. El Gobierno de Andorra intervino BPA luego de recibir un alerta del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, con base a un Informe realizado por la Red de Investigaciones de Delitos financieros  (HYPERLINK "http://www.fincen.gov/news_room/nr/files/BPA_NOF.pdf"FitCenHYPERLINK "http://www.fincen.gov/news_room/nr/files/BPA_NOF.pdf"), que concluyó que BPA,  -entidad que opera fuera de Estados Unidos, - constituye “una preocupación primaria en el lavado dinero” proveniente del crimen organizado, corrupción, trata de personas y lavado de dinero basado en el comercio y el fraude". FintCen  detectó una red venezolana de lavado de dinero (Third-Party Money Launderers-TPML),  que basó sus operaciones en BPA Andorra “para depositar el producto de la corrupción pública. Esta red de lavado de dinero trabajó en estrecha colaboración con los funcionarios de alto rango del gobierno de Venezuela, agentes residentes en Panamá, y un abogado de Andorra para establecer empresas fantasmas panameñas”, dice el informe del Departamento del Tesoro. El documento explica que esta red de lavado de dinero es propietaria de más de un centenar de empresas ficticias “y participó en una amplia variedad de negocios con fines de lucro ilícito. Estaba bien conectada con funcionarios del gobierno venezolano y se basó en varios métodos para mover fondos, incluidos los contratos falsos, préstamos caracterizado erróneamente, sobre y subfacturación y otros esquemas de lavado de dinero”. Estas empresas fantasmas, en su mayoría, estaban asociadas a Petróleos de Venezuela y fueron utilizadas como fachada para desviar más de 2.000 millones de dólares de los fondos públicos de la petrolera y blanquearlos a través de BPA, con la asistencia de un ejecutivo de alto nivel de esa entidad. “La red de lavado venezolana suministró contratos falsos a un alto ejecutivo de BPA para apoyar transacciones en nombre de instituciones públicas venezolanas, entre ellas Pdvsa”, detalla la investigación del FitCen. Entre los involucrados con la organización de lavado de dinero estarían algunos venezolanos que tienen vínculos familiares con un ex alto ejecutivo de estatal petrolera, quien ha desempeñado importantes cargos en los gobiernos de Nicolás Maduro y Hugo Chávez. Carlos Tablante, ex diputado y experto en crimen organizado, publicó en su portal Cuentas Claras contra la Delincuencia Organizada[48], algunos detalles y antecedentes sobre la investigación que viene desarrollando el gobierno de Estados Unidos y dijo textualmente que,  “Desde hace tiempo circulaban informaciones sobre las manipulaciones financieras en la principal industria venezolana. Se trata de un esquema de corrupción con bonos públicos, en el cual estarían relacionados Diego Salazar Carreño, primo del ex presidente de Pdvsa, quien manejaba el área de seguros y reaseguros,  Rafael Ramírez, ex presidente de Pdvsa  y su cuñado Baldó Sansó”, según el mismo Tablante. La investigación del FintCen revela que entre enero de 2011 y marzo de 2013, BPA facilitó el movimiento de unos 50 millones de dólares en emisión y recepción de las transacciones que circularon por el sistema financiero de Estados Unidos, con apoyo de esta red de lavado de dinero. “En 2014, el BPA siguió facilitando el movimiento de fondos relacionados con este esquema a través del sistema financiero estadounidense. En general, el BPA facilitó el movimiento de 4.200 millones de dólares en transferencias relacionadas con el blanqueo de dinero venezolano”, dice el informe. Ese dinero finalmente ingresaba al sistema financiero de Estados Unidos a través de cuatro bancos norteamericanos que fungían como bancos corresponsales (respaldo, aliados financieros) de la Banca Privada de Andorra. Se presume que para realizar operaciones se utilizó la filial del BPA en Panamá, que fue intervenida  por  La Superintendencia de Bancos de Panamá  que informó  que tomó el Control Administrativo y Operativo de la oficina local de la Banca Privada de Andorra (BPA)”, publicó el portal panameño HYPERLINK "http://www.prensa.com/economia/Superintendencia-Bancos-Panama-Privada-Andorra_0_4160584084.html"Prensa[49]. Esta institución  bancaria también tiene sucursales en Luxemburgo, Suiza, Uruguay y España, donde la máxima autoridad financiera ordenó esta semana la intervención del Banco de Madrid, perteneciente a la BPA. BPA era utilizado por redes de blanqueo de dinero ilícito que conocían sus débiles controles. Además sabían que sus transacciones podían ocultar el origen y propiedad de los fondos. Según los informes del FintCen, las redes de lavado (TPMLs) que administraron ofertas de millones de dólares,  “relacionados con la corrupción de Venezuela”,  y facilitaron las operaciones por sus conexiones con BPA, también servían de apoyo a organizaciones criminales dedicadas al narcotráfico. Además del caso de lavado de dinero proveniente de corrupción que involucra a instituciones venezolanas, el informe del FintCen también hace referencia a transacciones realizadas por jefes de mafias de China y Rusia. Casualmente, dos de los aliados comerciales más importantes del gobierno de Venezuela. El documento menciona que un ejecutivo de BPA recibió sobornos a cambio de gestionar transferencias de dinero por Gao Ping, el supuesto cabecilla de una organización criminal cuyas transacciones estaban relacionadas con el blanqueo de dinero y el tráfico de personas. Este ciudadano chino está detenido en España por un caso conocido como Emperador. También mencionó a un ruso de nombre Andrey Petrov, perteneciente a una red de lavado de dinero “que trabaja para las organizaciones criminales rusas dedicadas a la corrupción” y que era cliente de la BPA. En 2010 fue detenido en Andorra, el ex jefe de la División contra Drogas del Cicpc, comisario Norman Puerta, quien  poseía una cuenta con más de un millón de dólares presuntamente provenientes del narcotráfico. El ex funcionario fue dejado en libertad y volvió a Venezuela. Se le vinculaba con el ex director de la policía científica, comisario Marcos Chávez, y con la organización delictiva conocida como Los Magnates.

 La información internacional menciona na trama que blanquea más de 1.400 millones de euros con la BPA. Las autoridades judiciales del Principado investigan una gigantesca trama de blanqueo de dinero vinculada al núcleo duro del régimen venezolano que habría lavado más de 1.400 millones de euros a través de la Banca Privada de Andorra (BPA) entre 2006 y 2012, según se pone de manifiesto en sendas comisiones rogatorias enviadas el pasado mes de mayo a Estados Unidos y a la propia Venezuela. En el epicentro de la red se citan altos responsables de la petrolera estatal Pdvsa y de sus empresas filiales, así­ como importantes responsables políticos. BPA fue intervenida en marzo pasado después de que el Gobierno andorrano recibiera los datos de una investigación  abierta a la entidad por el Departamento del Tesoro norteamericano. El ex presidente de la petrolera estatal venezolana y también ex ministro de Petróleo y Minería Rafael Ramírez Carreño, uno de los personajes más influyentes del chavismo -ahora  embajador en la ONU-,está entre las 24 personas físicas sobre las que se pide información, ni tampoco aparece detrás de ninguna de las decenas de cuentas ni de las 42 sociedades investigadas La primera de las comisiones rogatorias citadas, a cuyo contenido se tuvo acceso por el diario ABC,  firmada el 15 de mayo por la Sección  de Instrucción  Especializada 1 de Andorra, en el marco de las diligencias previas (4103434/2012) en las que se investigan las actividades supuestamente irregulares de la entidad bancaria andorrana. Durante la tramitación de un expediente disciplinario a la entidad -dice el documento- el instructor del procedimiento administrativo constata que desde BPA Serveis se han creado diversas sociedades instrumentales, y que desde las mismas las personas investigadas efectúan ingresos en cuentas que se abren en el mismo banco a funcionarios públicos o políticos, con cargos de responsabilidad, dependientes de Pdvsa o sus filiales. Solo por este procedimiento hay ingresos en cuentas corrientes de BPA de más de 79 millones 700 mil euros. La comisión rogatoria hace especial hincapié© en un acuerdo suscrito en noviembre de 2007 entre la República Bolivariana de Venezuela y la República Popular de China para la constitución de un Fondo de Cooperación  Binacional por el que este segundo país conceda un crédito al primero para inversiones. En 2010 se suscribió un nuevo convenio marco, que es conocido como El Gran Volumen. Acuerdo China-Venezuela. En virtud de los acuerdos China prestó 20 millones de dólares, que gestionó el Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela.. La condición era que debía contratarse a empresas de ese país para la construcción de grandes infraestructuras, mientras que otra parte será para el suministro de material energético para la industria pública petrolera y eléctrica. La mitad del dinero -diez millones, más intereses-, debía devolverse en divisas chinas y el resto en petróleo, que entregará el Estado venezolano.  En este contexto cinco empresas chinas pagaron más de 154 millones de euros a una sociedad instrumental creada por BPA Serveis y controlada por un primo hermano del entonces ministro y presidente de Pdvsa Rafael Ramírez. La razón formal de esos ingresos era el pago de los servicios de asesoramiento, pero no hay una factura con el detalle del trabajo hecho y además el dinero abonado por cada empresa se corresponde con un porcentaje de entre el 10 y el 15 por ciento del contrato de obra adjudicada en el marco del citado plan Gran Volumen, siempre relacionada con la extracción de petróleo, un sector manejado de manera exclusiva por Pdvsa. El servicio contratado se presta en Venezuela, pero se paga en Andorra. En materia de seguros relacionados con estas infraestructuras se vulnera  la ley venezolana, ya que los mismos fueron pagados a una empresa panameña  cuando la ley prohíbe expresamente que quien se beneficie de esos contratos sea una sociedad extranjera. Cabe preguntarse –señala  la comisión rogatoria- cómo pueden unos funcionarios de una empresa pública que contrata, supervisa, autoriza y paga más de 154 millones de dólares a una sola  sociedad mercantil y obviar esta circunstancia. Más aún, cuando el pago se hace fuera del circuito financiero nacional. En la segunda comisión  rogatoria, la enviada a Venezuela el 22 de mayo, también en relación  con las diligencias previas ya citadas, se puede leer que desde 2006 y hasta finales de 2012 se han detectado operaciones financieras entre personas físicas y jurídicas que están relacionadas por las investigaciones. Como denominador común, se añade en  el documento-, las personas físicas que participan son de nacionalidad venezolana y las sociedades utilizadas para transferir los fondos desde el extranjero al Principado de Andorra o viceversa son mayoritariamente de Panamá,  Belice o Islas Vírgenes Británicas. Para ello se utilizaron numerosas cuentas con el objetivo de hacer opaco el origen del dinero, que se calcula en unos mil 350 millones de euros.  El dinero que circula internacionalmente -precisa la comisión  rogatoria- tendrá presuntamente un origen delictivo de corrupción  política y/o de funcionarios del Estado venezolano, y añade  que buena parte de los fondos proceden también presuntamente de contratos sobrevalorados en materia de seguros cuyos tenedores serían empresas públicas venezolanas. Las personas físicas y jurídicas investigadas tenían cuentas abiertas en la BPA entre las que se detectan movimientos económicos muy importantes que se justifican de una forma muy genérica, sin el soporte documental suficiente atendiendo a la importancia del volumen económico.

 El abogado venezolano Franklin Hoet, en escrito dirigido, en fecha 26 de marzo de 2015,  a través del abogado catalán Jacint  Soler Padró, presidente del Capítulo español de la World Jurist Association,  al tribunal de Andorra que por instancia de la Fiscalía andorrana inicio una investigación penal contra los administradores y personas responsables de la Banca Privada de Andorra,  para que,  en nombre del pueblo venezolano,  se le tuviera como parte, por el interés legítimo,  como venezolano,  de que se recuperen para la población de Venezuela fondos públicos que le pertenecen, por haber sido afectado en sus derechos colectivos[50].  

  En este caso de lavado de dinero se menciona también al General de División, Alcides Rondón,  cuyo nombre aparece en la lista filtrada de clientes de la Banca Privada de Andorra, quien habría usado su cuenta en esa entidad para lavar dólares.  Rondón egresó de la Academia Militar en la promoción de 1975,  la misma  del ex presidente de la República, Hugo Chávez.  Se dice que es  muy cercano al Presidente de la Asamblea Nacional Diosdado Cabello y al Ministro de Energía Eléctrica, Jesse Chacón. En 2002 ocupó la Dirección General de Relaciones Presidenciales del Ministerio de la Secretaria de la Presidencia. Fue viceministro de Gestión Comunicacional en 2003,  y  viceministro de Seguridad Ciudadana, adscrito al Ministerio de Interior y Justicia en 2004, año en que también ocupó la Presidencia de la Subcomisión de Seguridad de la Comisión Agrícola Nacional y brevemente la Coordinación de la Sala Situacional del Palacio de Miraflores. En 2005 fue viceministro de Relaciones Exteriores para Asia, el Medio Oriente y Oceanía. En 2006 estuvo como canciller encargado. Entre sus otros cargos figura como presidente de Carbozulia International Inc en Panamá[51].

 

1.24.2

Caso de lavado de dinero del HSBC suizo

 Una investigación realizada el pasado 8 de febrero de 2014  por periodistas de 45 países reveló que dos funcionarios del gobierno de Hugo Chávez (Alejandro Andrade y Rodolfo Marco Torres) habían colocado más de 11,7 millardos de dólares en HBSC, con sede Ginebra, Suiza. Este banco ha sido señalado en el sistema financiero internacional por no verificar el origen de los fondos de sus clientes  y promover operaciones ilícitas.  Venezuela figura como el tercer país con más dinero depositado en el HSBC de Suiza, con 14,8 millardos de dólares. Entre 2005 y 2007, el Banco del Tesoro y la Tesorería Nacional colocaron miles de millones de dólares en la cuestionada entidad, reveló la investigación publicada en el portal Armando HYPERLINK "http://www.armando.info/sitio/index.php?id=17&tx_ttnews%5Btt_news%5D=125&cHash=b54c1b3927fad8629b921b79a545ae31"Info[52]. Las transacciones habrían sido realizadas por Rodolfo Marco Torres, actual Vicepresidente del área económica y ministro de Economía, Finanzas y Banca Pública; y por  el ex tesorero nacional Alejandro Andrade, ahora residenciado en Estados Unidos, y señalado por Carlos Tablante como uno de los venezolanos con cuentas en la BPA Andorra. Marco Torres no dio detalles sobre el manejo y el destino de estos fondos de instituciones venezolanas en el HBSC y se limitó a aclarar que: “No hay cuenta a mi nombre. Eso es totalmente falso. Pueden investigar todo lo que quieran. Existió una cuenta del Banco del Tesoro en HSBC, pero no es secreta. Una institución no puede abrir una cuenta secreta”, publicó El Mundo, Economía y Negocios[53]. En 2012, HSBC en Estados Unidos pagó una multa de 1.900 millones de dólares a las autoridades de ese país, luego de que sus directivos admitieran su responsabilidad en el lavado de dinero proveniente de narcotraficantes mexicanos. La estrambótica sanción constituye un récord y no fue objetada por el banco, pues sirvió para eximir a sus empleados de cualquier responsabilidad penal. El banco continuó sus operaciones y actualmente es una de las entidades financieras más poderosas del mundo.

 

1.24.3

Caso de lavado de dinero del Banco Peravia de República Dominicana

 El otro caso de lavado de dinero es el del Banco Peravia, de República Dominicana, por el que  se ordenó la captura de tres venezolanos propietarios de dicho Banco,  que fue intervenido por autoridades dominicanas,  en noviembre de 2014, por fraude y lavado de 28,8 millones de dólares aproximadamente. Los directivos  solicitados por las autoridades presuntamente tendrían vínculos comercialmente con funcionarios del gobierno y nuevos empresarios de medios de comunicación. Las autoridades judiciales dominicanas emitieron una orden de arresto contra tres banqueros venezolanos acusados de un millonario fraude a través del recién quebrado Banco Peravia, quienes son:  José Luis Santoro, Gabriel Jiménez Aray,  quienes son los principales ejecutivos de la entidad financiera,  y Daniel Morales Santoro, vicepresidente del banco”, dice una información publicada en el diarioHYPERLINK "http://elaragueno.com.ve/buscan-a-banqueros-venezolanos-por-fraude-del-banco-peravia/" HYPERLINK "http://elaragueno.com.ve/buscan-a-banqueros-venezolanos-por-fraude-del-banco-peravia/"El HYPERLINK "http://elaragueno.com.ve/buscan-a-banqueros-venezolanos-por-fraude-del-banco-peravia/"Aragueño[54], del Estado Aragua, entidad de origen de dos de estos empresarios y donde tendrían algunos de sus negocios. Además del desaparecido Banco Peravia, Santoro preside varias compañías en Venezuela y es accionista de medios de comunicación. La fiscal de Santo Domingo, Yeni Berenice Reynoso, explicó en un comunicado que se trata de un proceso complejo en el que hay cientos de víctimas, decenas de imputados y varios delitos objetos de investigación”. Por esta razón se ofició a Interpol para que colabore en la captura de los directivos del Banco Peravia. El superintendente de Bancos de República Dominicana, Luis Armando Asunción Álvarez, informó que encontró: “violaciones a la Ley Monetaria y Financiera 183-02, delito de estafa y abuso de confianza, lavado de activo, falsedad material e intelectual, así como violación a otras leyes y asociación de malhechores, en el levantamiento que se hizo sobre el caso que envuelve la quiebra del Banco Peravia”, publicó HYPERLINK "http://www.listindiario.com/la-republica/2015/2/3/354853/Determinan-alcance-de-estafa-en-Banco-Peravia"Listín Diario[55]HYPERLINK "http://www.listindiario.com/la-republica/2015/2/3/354853/Determinan-alcance-de-estafa-en-Banco-Peravia" de República Dominicana. Fuentes vinculadas a las investigaciones por blanqueo de dinero aseguran que estos empresarios tienen negocios en sociedad con Rafael Isea, ex ministro de Finanzas de Hugo Chávez, ex gobernador de Aragua y ex militantes del Psuv. Isea está solicitado por las autoridades venezolanas por el delito de corrupción y actualmente se encuentra en Estado Unidos. Desde hace dos años hay versiones de que Isea estaría suministrando información a las autoridades estadounidenses a cambio de protección. Fuentes ligadas al sistema financiero internacional afirman que fue el ex gobernador quien delató a sus socios en República Dominicana, debido a una disputa económica.

 

1.25.

La “Mafia de la Primera Gestión Socialista de Valencia”[56]

  El dirigente regional del  PSUV en el Estado Carabobo, Edgardo Parra Oquendo,  y ex presidente de CORPOCENTRO, que con el eslogan “Primera gestión  socialista de Valencia”,  se desempeño como alcalde de Valencia,  durante 2010-2013,  fue acusado por delitos de corrupción por presuntas contrataciones irregulares con cooperativas que servían de centrífugas para la apropiación ilegítima de recursos municipales, entre otras  “La Lucha Continúa”,  que recibió  una dotación de camiones.  “La Lucha Continúa” recibió hasta abril de 2013 un total de 13.346.512 bolívares  y Urbaser, que es la empresa que recoge la basura en el norte de Valencia y la zona industrial, 15.400.000 bolívares en los 4 primeros meses del 2013 y   la  empresa Cinco Ejes recibió 2.135.573 bolívares.  Según el Ministro del  Interior, Justicia y Paz,  Miguel Rodriguez Torres,  el hijo del referido alcalde, Edgar Parra Guardia, es el cabecilla de  una mafia que operaba desde una Oficina Paralela bajo su control”.  Al  alcalde se le detuvo en la Sede del SEBIN, en Naguanagua, por la comisión de los delitos de concierto de contratista con funcionarios públicos, peculado doloso impropio, corrupción propia y asociación para delinquir.  También las autoridades policiales solicitaron la detención, entre otros funcionarios,  del Director de Hacienda de la Alcaldía, Alberto Terán,  y los directivos del Instituto de Vialidad y del  Ambiente. Uno de los detenidos por este caso de corrupción, James Bell Smythe Romero,  quien admitió su participación en estos delitos, es  uno de los socios principales de Edgardo  Parra Guardia en la empresa Green Zone, C. A., que funciona en la urbanización El Viñedo.  En la referida Oficina paralela, de acuerdo con las mismas autoridades,  se hallaron  grandes cantidades de dinero en efectivo y  chequeras con montos en blanco de las 14 cooperativas de maletín y 2 compañías que pertenecían a  Edgardo Parra Guardia y firmadas por las personas autorizadas para el retiro de recursos y talonarios, en blanco y  por los cooperativistas que se prestaron para la irregularidad  y facturas de cooperativas de servicios, sellos húmedos con los logos y símbolos de identificación  oficial de la Alcaldía de Valencia  y bienes adjudicados cooperativas y los implicados en la denuncia como carros, camionetas de diferentes modelos, lanchas y un yate y catorce (14) inmuebles, entre fincas, apartamentos y quintas.  En esta Oficina Paralela,  que estaba en el piso 1 de la Torre B del Centro Reda Building, en El Parral,  en Valencia, la ciudadana Victoria Eugenia López Pando,  se encargaba de administrar todos los procedimientos realizados en esa Oficina,  que estaba bajo la dirección de Edgardo Parra Guardia.  Entre los bienes se halló  una avioneta modelo Baron, siglas YV2320, que fue registrada por la Asociación Cooperativa Construsave, constituida por personas en su mayoría ya fallecidas[57].  El Ministro Rodríguez Torres indicó que luego de su  captura, James Bell Smythe y  de Victoria López Pando confirmaron en sus declaraciones que los casos de corrupción se cometían desde la Oficina Paralela, que funcionaba como de gestores de contrataciones y otorgamiento de permisos,  que ocurrían bajo las órdenes de Parra Oquendo y su hijo.  Todo comenzó por denuncias del cobro de un millón de bolívares para otorgar permisos a una nueva discoteca en el norte de Valencia y  de la compra de camiones de aseo urbano  cedidos a una cooperativa,  que llevaron al  Sebin a descubrir  la red de extorsión  y corrupción, o mafia,  manejada por Edgardo Parra Guardia (“Edgardito”), el hijo mayor del alcalde de Valencia, Edgardo Parra Oquendo.  Comerciantes afectados denunciaron que pagaron para permisos  municipales en esa Oficina desde 150.000 bolívares hasta 1 millón de bolívares.  El dinero era buscado en algunos casos en el mismo local comercial, pero por lo general debía ser entregado en la Oficina Paralela, incluso si la cantidad era muy alta tenían resguardo de policías municipales, según contaron.[58].  La Policía Nacional de Panamá,  a través de la Oficina Central Nacional de Interpol Panamá, detuvo  a  Leiver Vegas,   quien desde el año 2013, Vegas era buscado por las autoridades venezolanas por estar vinculado al ex alcalde de la ciudad de Valencia, Edgardo Parra Oquendo quien fue encarcelado por corrupción[59].

El alcalde Edgardo Parra fue imputado por el Ministerio Público, a través de los   Fiscales 28º Nacional y 13 Regional,  y se le pasó a juicio por los delitos de corrupción, ocurridos bajo su  gestión de 2010-2013, de concierto de contratista, peculado doloso impropio y asociación para delinquir, previstos en la Ley contra la Corrupción y en la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. Y el Tribunal 6º de Control del Estado Carabobo ordenó su enjuiciamiento como imputado por tales delitos.  Después de siete (7)  meses de detención preventiva Edgardo Parra Oquendo  fue liberado por medida humanitaria, a instancia del Ministerio Público,  dictada por  el Tribunal de Control del Estado Carabobo,  Fuentes judiciales aclararon que se trata de una medida precautelar mientras se inicia en juicio en su contra y que la misma obedece a los achaques de salud que padece[60].

1.26.

Caso de corrupción del General del Dakaso por la compra de chatarra naviera

 Luisa Ortega Díaz, Fiscal General de la República, confirmó ayer que el Ministerio Público solicitó una orden de aprehensión contra  el General Hebert García Plaza, ex ministro de Transporte Acuático y Aéreo, por la compra irregular  como nuevos de tres ferris que cubrían la ruta Margarita-La Guaira y que  empresas españolas  ofrecían como “material tóxico”[61].  García Plaza estuvo al frente de los Ministerios de Alimentación y de Transporte Acuático, respectivamente,  y además  fue Jefe del Organismo Superior para la Defensa Popular de la Economía   a quien el gobierno responsabilizó de lo que llamó “la guerra económica”.  Cuando fue nombrado Jefe de este Organismo  Hebert García Plaza declaró en VTV que depuraría Cadivi y acabaría con las empresas de maletín. El presidente Nicolás Maduro aseveró que el Organismo Superior para la Defensa Popular de la Economía estabilizaría la economía, además de “combatir la guerra económica”, cuyo mejor ejemplo fue la medida que obligó  a los negocios distribuidores a vender por debajo de su costo entre otros productos,  equipos de electrodomésticos y audiovisuales,  que ocasionó saqueos en los almacenes Daka, de Valencia, en noviembre 9 de 2013, después del anuncio del 8 del mismos mes, de  Nicolás  Maduro de que había obligado a estos distribuidores a vender a precios bajos esos productos[62], de donde viene el nombre de “Dakaso·.   Durante la transmisión del programa “Diálogo con”, trasmitido por Televen, la Fiscal explicó que cuatro directivos de Bolivariana de Puertos (Bolipuertos) están detenidos por este caso y que faltan tres órdenes de aprehensión por materializar, entre ellas, la del General  García Plaza. Sebastiana Barráez, periodista especializada en la fuente militar, fue la primera en divulgar el procedimiento que se abrió contra García Plaza, quien también se desempeñó, durante el mandato de Nicolás Maduro, como ministro de Alimentación y director del Órgano Superior para la Defensa Popular de la Economía (OSDPE), como ya se dijo y quien encabezó lo que se denomino por el propio gobierno “la guerra económica”.   En una entrevista con Barráez, publicada el 24 de abril de 2015en el semanario Quinto Día, el Mayor General aseguró que, tras sentir que había perdido la confianza del Presidente, renunció a su cargo como ministro. “Si realmente se quisiera luchar contra la corrupción hay mucha tela que cortar", puntualizó, dejando claro que no confiaba en la justicia venezolana, muchos menos cuando había de por medio una “orden superior”.  García Plaza dejó claro en dicha conversación que los tres barcos fueron inspeccionados en España y se vinieron navegando desde Europa hasta Venezuela sin ningún tipo de "novedad", funcionando "muy bien" por más de un año. "Eso nos da fe de que no son chatarra. Ahora, si a esos barcos no se les hace mantenimiento pues se van a parar en algún momento".[63]   El Tribunal 10 de Control del Área Metropolitana de Caracas ordenó la aprehensión del mayor general Hebert García Plaza   por el delito de peculado doloso, cometido en la compra de tres ferrys   y  ordenó emitir alerta roja ante Interpol contra García Plaza, así como  ordenó la detención de cinco funcionarios del Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos (INEA) y otros cinco de Bolipuertos, entre ellos el vicealmirante Araújo, ex presidente del INEA.  El Vicealmirante Antonio Martínez, por su parte,  explicó que la compra de los ferrys fueron aprobados según punto de cuenta autorizada por el Jefe de Estado Nicolás Maduro.

 La   Superintendencia del Cuerpo Nacional contra la Corrupción realizó un informe sobre la compra de los tres ferrys, que  evidenció que uno de los puntos clave de la estafa al Fisco fue el informe presentado por la Comisión que fue a España especialmente para evaluar la calidad y el costo de los ferrys. Esa comisión  estuvo conformada por 13 inspectores (tres de los cuales se encuentran detenidos en el Sebin) y que  levantó un informe donde recomendó la compra de los buques y ocultó la información real al no señalar que las embarcaciones estaban deterioradas y requerían la compra adicional de repuestos para poder funcionar correctamente. A pesar de que había otras ofertas con 4 empresas griegas para adquirir 4 buques por menos del monto gastado, la Comisión de “expertos”  maquilló el informe final presentado al presidente Nicolás Maduro para la firma de los puntos de cuenta. Así lo reseña el  informe  de la Superintendencia contra la Corrupción en los siguientes términos: “Es decir, mal pudo el equipo de inspección recomendar la compra de embarcaciones y señalar en los puntos de cuenta 046, 012, 103 y 0320 de fechas 26 de junio, 22 de julio, 26 de septiembre y 11 de noviembre de 2013, presentados al Presidente de la República, que cada una de éstas se encontraban en condiciones óptimas de realizar hasta seis viajes diarios entre Puerto La Cruz y Punta de Piedras”. El monto total invertido en la “chatarra” naviera ascendió a 50.184.320,30 euros[64].

 

 

 

 

1.27

La Corrupción Judicial

  Según el Barómetro Global de Corrupción de la Organización Trasparencia Internacional, para el 2013,  el 74% de los venezolanos encuestados creen que el poder judicial está entre los sectores extremadamente corruptos, entre otros, con los de la administración pública y de los militares[65].   Las denuncias de funcionarios del Poder Judicial, como ex magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y ex fiscales del Ministerio público, de manipulación de la justicia en contra de dirigentes de la oposición y sobre vínculos con el narcotráfico son casos emblemáticos de la gravedad del nivel de corrupción en Venezuela como podrá verse de seguidas.    En el  trabajo Venezuela tiene el peor sistema judicial del mundo, de Francisco Alonso, publicado en El Universal del 19 de enero de 2014, nuestro país es  peor evaluado que Zimbabue, Irán o China,  en lo que se denomina el Índice de Estado de Derecho 2012-2013 que elaboró la organización no gubernamental estadounidense The World Justice Project. Por su parte,  d Carlos Tablante y Marcos Tarre  en el libro Estado Delincuente[66], señalan que  los jueces provisorios o contratados ha alcanzado 80%, mientras que  titulares  son a apenas 15%, más 5% en condición de suspendidos o en espera de juicio,  Igualmente afirman que en Venezuela algunos jueces se autocalifican como “milicianos judiciales” y muestran fidelidad política al Gobierno. De ello,  un hecho público y notorio fue la instalación protocolar del año judicial en 2006, en donde  se escuchó una consigna partidista y electoral, “Uh, ah, Chávez no se va”,  pronunciada por los jueces presentes[67] .  Tablante y  Tarre señalan que  el Poder Judicial, a partir de la intromisión sistemática del Ejecutivo, se ha convertido en un “gran negocio” en el que parece que todo está tarifado y las irregularidades, arbitrariedades y abusos ocurren en todas las instancias, hasta el punto de que se utiliza el vocablo “sicariato judicial” para calificar su situación. En ese orden de ideas, afirman que han sido designados jueces que no son abogados y que los jueces y fiscales comparten “territorios” en los que se manipulan expedientes, tarifan los servicios, se pierden o se siembran pruebas, se altera la distribución de causas.  Opinan igualmente que el deterioro del sistema es tal que no interesa someter a la justicia a un delincuente, sino que el delincuente pague para librarse del proceso judicial. Los bienes incautados no son puestos a la orden de la Fiscalía, sino que son “negociados”, cambian sorpresivamente de propietarios con el consentimiento de los afectados o sin que estos se atrevan a reclamar. Las mayores extorsiones ocurren en el área penal, en la que está en juego ir o no a una prisión; es decir, un asunto de vida o muerte.  Y sobre la descomposición judicial  se refieren a las confesiones de los ex magistrados del Tribunal Supremo de Justicia Luis Velásquez Alvaray y Eladio Aponte Aponte,  quienes admiten presiones e intimidaciones y forjamiento de la verdad para encausar opositores.  Tablante y Tarre señalan como tipos de corrupción judicial los siguientes:

1)       La confabulación entre policías, fiscales y jueces,  según la cual los fiscales usualmente actúan en acuerdo con la policía para manipular las pruebas, según les convenga.  Y que cuando el caso se eleva a juicio, los jueces, dependiendo del asunto, reciben presiones para que guarden silencio, so pena de ser denunciados disciplinariamente, o entran en el negocio para así evitar que se apliquen las normas de admisibilidad y valoración de las pruebas. Asimismo que hay ocasiones cuando los mismos jueces confabulan con los fiscales a efectos de obtener algún beneficio económico o político personal.

2)      La manipulación de las pruebas porque La policía introduce pruebas circunstanciales contradictorias dentro del material justificativo para un auto de procesamiento penal, por ejemplo: si incautan una sustancia prohibida, le cambian la denominación y características en las actas procesales, si se trata de 1 kg de cocaína, la identifican como 1 kg de heroína, etc.

3)      El negocio de las medidas alternativas del proceso y de las cautelares: Los fiscales dictan autos de procesamiento penal, sin contar con un cuerpo suficiente de elementos probatorios que comprueben la comisión del delito, o la participación de una persona en el mismo, según se contempla en el Código Orgánico Procesal Penal. Sin embargo, la persona apresada, y sin pruebas suficientes, es trasladada a los tribunales a una audiencia preliminar previamente concertada con el juez, en la cual se le ofrece como medida alternativa que admita los hechos, o una medida cautelar sustitutiva de libertad, cuyo valor oscila, dependiendo de la naturaleza del caso y del poder adquisitivo de los involucrados, entre 5 mil y 50 mil dólares.

4)      La venta de las sentencias en los tribunales, es otro de los modos utilizados por jueces corruptos es la venta, a un alto costo, de las sentencias de sus tribunales. En esta modalidad suelen estar involucrados bufetes o abogados influyentes, conectados al poder político, pero también jerarcas militares. Tasan el valor de las sentencias y, dependiendo de las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, compran o atemorizan a los testigos, desnaturalizan las pruebas científicas, para absolver o condenar, si aceptan o no la oferta. En algunos casos, sobre todo en delitos de difamación, la maniobra es utilizar la figura de la extemporaneidad de las pruebas en la apertura a juicio para dejar a una de las partes sin pruebas y lograr su condenatoria. En otros casos, algunos jueces suelen utilizar a familiares o amigos como intermediario que actúan como abogados en los tribunales y venden las decisiones o consejos en los casos ventilados en dichos juzgados.

5)      El cambiazo de decisiones al no llevar en forma regular el libro diario del juzgado. Dentro de los deberes y atribuciones del secretario de cada tribunal está llevar con toda claridad y exactitud los asientos realizados en el mismo, los cuales le corresponde firmar, conjuntamente con el juez, al terminar cada audiencia. Además, es deber del juez firmar el libro, al finalizar la audiencia, autorizando los asientos ocurridos en el tiempo que dura. Es decir, llevar con regularidad el libro diario constituye una función de los secretarios y es obligación de los jueces supervisar y avalar con su firma esta actividad. Sin embargo, se ha convertido en una modalidad corrupta cambiar decisiones y actos en los asientos vacíos de los libros diarios que los tribunales no llevan al día. Por ejemplo, si una de las partes quiere servirse de un acto procesal a destiempo, por una suma de dinero que oscila entre Bs. 15.000 y 100 mil, dependiendo del acto, pueden cambiar el contenido de decisiones que han sido dictadas en altas horas de la noche; también pueden incluir documentos, recursos, solicitudes o trámites que eran extemporáneos.

 

1.27.1.

Caso Lebrún  y denuncias del ex diputado y ex magistrado Luis Velázquez Alvaray

 El  ex parlamentario y ex magistrado del Tribunal Supremo de Justicia Luis Velázquez Alvaray  quien vive como refugiado en Costa Rica, donde se ha convertido en un hombre de negocios,  fue acusado como corrupto por algunos de sus compañeros del partido de gobierno y la Fiscalía General de la República por el caso de la Ciudad Judicial Lebrún  y sobre el cual pesa  una orden de captura.. , Como  magistrado del Tribunal Supremo de Justicia  llegó a ser director de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM).  En  el año 2006. Jesse Chacón, para el momento Ministro del Interior y Justicia, denunció irregularidades en la compra de un edificio para el proyecto de la Ciudad Judicial Lebrún, promovida por Velázquez Alvaray desde la DEM. Las acusaciones llegaron al Consejo Moral Republicano y a los dos meses, en mayo de 2006, sus integrantes, Clodosbaldo Russián –contralor general de la República-, Isaías Rodríguez –fiscal general de la República- y Germán Mundaraín –defensor del pueblo- se pronunciaron en contra del  entonces  Magistrado Luis Velázquez Alvaray  por lo que fue removido de su cargo como magistrado por a cuerdo  de la Asamblea Nacional el 8 de junio de 2006. Entre las acusaciones se dice que los documentos de la empresa con la que la Dirección Ejecutiva de la Magistratura realizó  la compra-venta para la Ciudad Judicial, muestran que la compañía oferente del inmueble no cumplía con las condiciones jurídicas y financieras para firmar un contrato de esa escala, que implicaría en su propuesta inicial el pago de 50 millardos de bolívares (23 millones 329.000 dólares, al cambio oficial de la fecha) por parte del Estado venezolano.  Al  mes del pronunciamiento del Consejo Moral Republicano y después de que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declarase inadmisible el amparo constitucional que  en su defensa  intentó Luis Velázquez Alvaray tomó otro rumbo  el 26 de junio de 2006  viaja a Costa Rica. En este país después de todos los procedimientos establecidos en las leyes costarricenses y en los tratados internacionales alegando persecución política y riesgo físico,  por haber combatido  a narcotraficantes. Y en cuatro años ha desarrollado ya varios negocios. Ha invertido principalmente en el campo educativo y en cél y dos costarricenses creó en septiembre de 2008 la empresa Italcon CR S.A., sociedad patrimonial cuyo fin es el registro de bienes, que define sus actividades de manera general como “el ejercicio del comercio en su forma más amplia”. Apenas un mes después de la constitución de Italcon, Velázquez Alvaray, dueño de 51 por cierto de sus acciones, y Nino Pacifi, dueño del 49 por ciento restante, adquirieron una propiedad valorada por 54.000 dólares para la compañía. Se trata de un terreno de 2.431 metros cuadrados ubicado al sur de Cortés de Osa, en la costa pacífica de Costa Rica. Al poco tiempo continuó las inversiones con su aliado italiano,  Luis Velázquez Alvaray se refiere a su aparición en noviembre de 2008 como presidente de la sociedad Hacienda Sierra Pacífico, que en 2004 había sido fundada por Sabatino Nino y otro costarricense. Dos haciendas, una, de 342 mil 814 metros cuadrados en Abangares y otra, de 94 mil 93 metros en Guanacaste, forman parte de esta sociedad. Para la compañía registra ese mismo mes la marca Hacienda Sierra Pacífico en el mercado ganadero. La sociedad además es dueña de un automóvil Toyota Hi Lux modelo 2008, adquirido ese mismo año con una hipoteca.

 Pero las inversiones de Velázquez Alvaray no se detuvieron puesto que  además de adquirir la sociedad Corporación André Internacional –cuyo único bien es un vehículo Hyundai Elantra modelo 1993-, de la que es presidente, incursionó en el campo educativo. En efecto, el  7 de septiembre de 2009 creó la fundación Europa-Iberoamérica con el objetivo de trabajar en proyectos educativos con la Universidad de Ciencias Empresariales (Ucem) en la ciudad de Alajuela, Costa Rica, institución que después entrará en su lista de inversiones, y el Real Instituto de Estudios Europeos. Esta sociedad la constituye con el venezolano Juan Salvador Velázquez Castillo. Tres días después, crea otra compañía asociada al mundo educativo: la sociedad anónima Centro de Desarrollo Empresarial. La firma tuvo su sede en las instalaciones de la Ucem y estuvo integrada también por el entonces dueño de esa universidad, Chester Zelaya. Al aportar 25.000 dólares, Velázquez Alvaray se hizo propietario de 50 por ciento de la empresa. Luego junto a otros venezolanos dueño de esta universidad creada en 1997 y que tiene como visión “constituirse en un centro de excelencia en las carreras de su especialidad con un fuerte arraigo comunitario y plenamente identificada con las grandes metas del desarrollo educativo, económico, social y cultural de la Provincia de Alajuela”. En  Venezuela, además de su vida política, también estuvo involucrado con el mundo de los negocios. En este caso, Luis Velázquez Alvaray, se constituyó en un hombre de medios: los diarios Pico Bolívar y Frontera, de la ciudad de Mérida,  y De Frente, de Barinas, su ciudad de origen, estuvieron en su portafolio de inversiones. Sus acciones en el diario De Frente las vendió a uno de los banqueros cuestionados por la Superintendencia de Bancos: Ricardo Fernández Barrueco, zar por un tiempo del aprovisionamiento de las redes alimentarias del gobierno,  y hoy preso.  Velázquez aseguró que su relación con Fernández Barrueco tuvo que ver con la venta de su parte en el periódico y nada más. Pero no es el único de los banqueros-empresarios ahora en desgracia con el que se vinculó. En este caso, quizás, de manera involuntaria y perjudicial:  mantuvo con Arné Chacón, miembro de las juntas directivas de los intervenidos Banco Real y Baninvest, y hermano del entonces ministro Jesse Chacón, una sorda disputa que, según sostiene el propio Velázquez, fue la que motivó las denuncias formuladas en su contra desde el más alto gobierno.

En diversos documentos el ex magistrado narra su negativa a entregar las cuentas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM) al banco del hermano del entonces ministro de relaciones interiores y justicia, y la señala como uno de los detonantes de la denuncia de una situación irregular en el proyecto de la Ciudad Judicial Lebrún que lo involucraba directamente a él. Lo cierto es que distintas modificaciones en el contrato realizado entre la DEM y la empresa Inversiones AZ 2000, C.A., relacionadas con este plan, así como las características de esta compañía levantaron algo más que dudas sobre el cumplimiento cabal de las normas. Luis Velázquez Alvaray tiene expedientes abiertos a cargo del fiscal 57 nacional, Luis Abelardo Velásquez. Uno corresponde a investigaciones por su trabajo como magistrado del Tribunal Supremo de Justicia y, el otro, al seguimiento del proyecto de la Ciudad Judicial Lebrún. Por este último, el tribunal 23 en funciones de control del Área Metropolitana emitió en enero de 2008 la orden de aprehensión en su contra para imputarle los delitos de evasión de procesos licitatorios, concierto con contratista y peculado. Para esa fecha el indiciado, sin embargo, ya se aprestaba a hacer las veces de emprendedor sobre suelo costarricense[68].

Luis Velázquez Alvaray, en una entrevista con el canal SoiTV de Miami (EE.UU.), también afirmó que el ex vicepresidente José Vicente Rangel, magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y fiscales integran una tenebrosa banda que ha convertido al sistema judicial en un mecanismo para extorsionar a los venezolanos. En esa misma
entrevista, el ex magistrado precisó que en Venezuela existen carteles de la droga y que el "más poderoso es el cartel de los Soles", integrado presuntamente por generales.
 Y que existe el cartel sirio o árabe que "también maneja una porción de drogas en el país".
Al ser preguntado por la periodista María Angélica Correa si funcionarios venezolanos de alto rango integran esos carteles, respondió afirmativamente y aseguró que "hay comprobantes de que han recibido dinero, de que sus familiares tienen depósitos en el exterior, de que se han hecho llegar los depósitos y nadie hace nada".
 Y, en  cuanto a la muerte del ex gobernador del estado Apure, Jesús Aguilarte y del general Wilmer Moreno, ex subdirector de Inteligencia Militar, el ex Magistrado  dijo que otro general, Cliver Alcalá, "debería responder" qué relación presuntamente tiene con estos casos”. También se refirió a la llamada "banda de los enanos", dentro del Poder Judicial,  que tildó como la "peor perversión desde el punto de vista judicial que puede existir. En  esta banda, según Velázquez Alvaray, también hay fiscales que junto con magistrados "sobornan".




1.27.2

 

La manipulación judicial: Caso Aponte Aponte.

 

El ex magistrado del TSJ, Eladio Aponte Aponte confesó el 16 de abril de 2012, ante Dirección Nacional de Notariado de Costa Rica, mediante un documento escrito,  eñ montaje de un proceso judicial con la intención de responsabilizar a Manuel Rosales, ex candidato presidencial, ex Gobernador del Estado Zulia y líder del Partido Nuevo Tiempo (UNT). de delitos que según el propio Aponte nunca ocurrieron. Dicho documento está debidamente certificado y apostillado por las autoridades de ese país y se encuentra en el expediente de la causa. Así lo afirmó el abogado Jesús Ollarves, representante legal del ex gobernador Manuel Rosales, quien afirmó: “Rechazamos que se ponga en entredicho un acto de Estado emanado de la administración costarricense al negar la legalidad, veracidad y legitimidad de la confesión realizada por Eladio Aponte Aponte ante la Dirección Nacional de Notariado de Costa Rica, y debidamente certificada y apostillada por la Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de ese País”. Para Ollarves, el Magistrado Eladio Aponte Aponte confesó en el mencionado documento, que el proceso judicial seguido contra Manuel Rosales respondía a motivaciones políticas y a instrucciones emanadas desde la más alta magistratura del Estado Venezolano. También  Aponte Aponte dio unas  declaraciones públicas en fecha 01 de mayo de 2012, en la televisora SoiTV de la ciudad de Miami, en la cual ratificó el uso artificioso de la justicia en Venezuela para perseguir a los adversarios políticos[69].  En esa entrevista,  con el canal SoiTV  Aponte Aponte denunció que como juez recibió llamadas "desde el presidente para abajo" que le "daban las directrices de acuerdo con el panorama político".
Además, aseguró que el vicepresidente,  Elías Jaua, es quien "maneja la Justicia en el país". Y señaló que
que Chávez le llamaba "directamente" y recordó que fue, "principalmente", para que "condujera de una manera conveniente hacia el Gobierno las investigaciones" de un caso que implicaba a unos paramilitares. Por las anteriores denuncias, la organización Human Rights  (HRF), que es HRF es una organización sin fines de lucro, independiente y apolítica, que promueve la defensa de los derechos humanos a escala mundial y  centra su trabajo en los conceptos entrelazados de autodeterminación y libertad,  solicitó investigar la confesión contenida en las denuncias hechas por el Magistrado Elio Aponte Aponte, quien  está en EE.UU.,  tras mantener contactos con el Departamento Antidrogas de este país (DEA) en Costa Rica, a donde viajó luego de ser destituido por la Asamblea Nacional por su relación con el presunto narcotraficante Walid Makled[70]. El Consejo Internacional de HRF está presidido por el activista por la democracia ruso Garry Kasparov y se encuentra conformado por individuos que fueron prisioneros de conciencia, tales como George Ayittey, Vladimir Bukovsky, Palden Gyatso, Václav Havel [fallecido], Mutabar Tadjibaeva, Ramón J. Velásquez, Elie Wiesel y Harry[71]. La solicitud de HRF está acompañada de un informe jurídico que analiza los sucesos más relevantes y más recientes en relación al “grave estado de sumisión del poder judicial al poder ejecutivo de ese país”. El Presidente de HRF,   Thor Halvorssem,  declaró respecto a esas denuncias, que  “Sin embargo, dado que Aponte es un militar retirado que fue puesto en el 2004 en el máximo tribunal a pedido del propio presidente Hugo Chávez, y dado el carácter puntual y detallado con el que ha confesado e involucrado a varios miembros del gobierno, la fiscalía y el poder judicial, sus declaraciones deben ser investigadas y tomadas con mucha seriedad por organizaciones internacionales que velan por la democracia
El informe jurídico de HRF documenta el proceso de cooptación que sufrió el Poder Judicial en Venezuela, que consistió en (1) la implementación desde 1999 de un mecanismo de designación y destitución arbitraria de jueces, que violaba las garantías de estabilidad e inamovilidad de los jueces, y (2) la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de 2004 y el subsiguiente copamiento del Tribunal Supremo de Justicia con magistrados afines al partido oficialista.  En cuanto a la intervención del gobierno en el poder judicial el  25 de marzo de 2007, el presidente Chávez afirmó en un acto público que “ni el Tribunal Supremo de Justicia, ni ningún juez puede estar y actuar a espaldas de la revolución y del líder de la misma”. Y  en  el año 2009, la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, Luisa Estella Morales, expresó: “no podemos seguir pensando en una división de poderes, porque eso es un principio que debilita al Estado. En el mismo orden de ideas,  Een el 2011, el magistrado del Tribunal Supremo de Justicia, Fernando Ramón Vegas Torrealba, afirmó que el poder judicial venezolano estaba en el deber de “dar su aporte para la eficaz ejecución […] de la política de Estado” consistente en desarrollar “una acción deliberada y planificada para conducir un socialismo bolivariano y democrático”. En el mismo acto, el magistrado afirmó que “este Tribunal Supremo de Justicia y el resto de los tribunales de la República, deben aplicar severamente las leyes para sancionar conductas o reconducir causas que vayan en desmedro de la construcción del socialismo bolivariano”.

 Posteriormente, sobre este mismo caso de corrupción del poder judicial,  José Luis Pirela, dirigente nacional del Movimiento Progresista de Venezuela (MVP), reconoció que en 2004 solicitó una investigación a Manuel Rosales, ex gobernador del estado Zulia, para que “aclarara” la procedencia de unos bienes y que  presuntamente lo hizo coaccionado por el entonces juez, Aponte Aponte[72].  .   Respecto a esta  denuncia de la manipulación de judicial en contra del ex gobernador Manuel Rosales,  su defensor, Morris Sierralta dijo que “Si la denuncia de Pirela es cierta, podría dejar nulo el caso que se le sigue a Rosales,”, e introdujo un documento para investigar si la denuncia del dirigente del MVP es cierta, y a su vez, solicitar la nulidad del caso[73].  Y en entrevista concedida a la Periodista Verioska Velasco, Aponte afirmó, en una entrevista concedida a Verioska Velasco, que “la justicia venezolana es una plastilinaque se puede moldear a favor de los intereses del Gobierno. Sus palabras fueron: “Una vez que vi que me midieron con la misma vara que a los demás dije: esto no es la justicia que debe ser, la constitucional'” y  declaró que recibió “más de una llamada” de Luisa Ortega Díaz, Fiscal General de la República, e “infinidades” de Luisa Estela Morales, en ese momento presidenta del TSJ, para manipular múltiples casos.  En concreto denuncio que “Luisa Estela me llamaba para que buscara el juez idóneo (…). Manipulé más de un caso.” Unos de esos casos, según el  ex magistrado el presidente Chávez lo llamó para que manejara el caso de José Sánchez “Mazuco” y que en ese caso buscaron a un preso y lo pusieron de testigo para que dijera que este señor dio la orden de matar a otro (…) a ese testigo se le pagó dándole la libertad”.  Como el mismo Aponte lo dijo en la entrevista, él buscaba al juez “idóneo” para algunos casos que presuntamente venían desde “arriba”, y que debían dar el resultado que el Gobierno venezolano esperaba. Se dice que   algunos nombres clave de jueces  vinculados a Aponte Aponte han sido:

  • Esaú Olivar Linares:, quien procesó a la abogada Elinor Montes, sometida por una funcionario de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) durante una marcha de oposición en 2004. También procesó a Patricia Poleo por incitación a la rebelión e injuria contra la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Fanb). Dictó orden de aprehensión contra el ex gobernador de Miranda, Enrique Mendoza, por el cierre de VTV.
  • María Elena García Pru:, que  Fue designada por Aponte como vicepresidenta del Circuito Judicial Penal en Caracas y reportaba exclusivamente al ex magistrado.
  • Rubén Darío Garcilazo Cabello, quien  procesó el caso de los “Paracachitos”, en el que se enjuició a militares por un supuesto complot para asesinar al ex presidente Hugo Chávez.
  • Lisandro Bautista Landaeta,  quien   fue el Fiscal del caso los “Paracachitos” y que  pidió 26 años de cárcel para el general Ovidio Poggioli y que  después pasó al TSJ como el asesor de Eladio Aponte Aponte.
  • Veneci Blanco García, quien  sustituyó a Aponte Aponte en la presidencia del Palacio Judicial en Caracas y que fue denunciada ante el Ministerio Público por la ex jueza del Tribunal 13 de Control de Caracas, Alicia Torres Rivero, por recibir presiones para que dictara la prohibición de salida del país a Guillermo Zuloaga.
  • Fabiola Vezga Medina, quien dictó sentencia de 19 años de cárcel para el diputado José Sánchez “Mazuco”, en un proceso ampliamente cuestionado.

 

1.27.3

Caso Fiscal Nieves: manipulación del proceso contra Leopoldo López.

   Este caso como podrá verse a continuación, es uno de los más emblemáticos de la corrupción judicial  y de la manipulación del poder judicial,  que junto con el de la jueza Maria Affiuni,  Antonio Ledesma y  los alcaldes Daniel Ceballos y Vicente Scarano Spisso5 y del abogado Tadeo Arrieche y de Fray Roa,  son ejemplos de lo que la Comisión Internacional de Juristas,  en su Informe “Venezuela: El Ocaso del Estado de Derecho. Misión Informe 2015”,  considera como  persecución penal en contra de la oposición política y en el control de la protesta social, especialmente a partir de 2014[74]

 

  El fiscal Franklin Nieves,  Fiscal Nacional 41, quien fue el acusador de Leopoldo López, dirigente de Voluntad Popular,  Popular,   quien fue condenado a 13 años y 9 meses de prisión,  bajo cargos de incitar a la violencia durante una ola de protestas contra el Gobierno de Nicolás Maduro en el 2014, que dejó más de 40 muertos,
 denunció  que  el  Gobierno lo presionó  para encarcelar a este  líder de Voluntad Popular, con pruebas falsas. Y  fue uno de los funcionarios que presentó la acusación contra López y sin  aclarar su paradero, dijo que abandonó el país huyendo de las presiones del Gobierno para que justificara la decisión de una jueza en el proceso de apelación del condenado, reseñó Reuters[75]. Precisamente la investigación que practicó el  ex fiscal Nieves  lo que le permitió a la justicia venezolana condenar a López –después de un año y medio de juicio–
.Según la sentencia,  en base a la acusación del ex Fiscal Nieves,   López fue el cerebro detrás de las tres muertes y los daños que se generaron en Caracas el 12 de febrero de 2014, en la primera de una ola de protestas contra Maduro que dejaron 43 muertos y más de 3.500 detenidos. Sin embrago, Nieves declaró que las pruebas que se usaron para acusar a López,  los discursos y twiter que emitió ese día no son suficiente para condenarlo, pues en ellos manifiesta permanentemente su llamado a la protesta pacífica. Según  las declaraciones del ex Fiscal Nieves, había llamadas de la Presidencia de la República y de la Presidencia de la Asamblea Nacional, y que  las instrucciones que llegaban a la Fiscal General , Luisa Ortega Díaz,    eran enviadas  al Director de Delitos Comunes , Nelson Mejías, que era quien lo presionaba directamente fiscales. Asimismo declaró que  el general Manuel Bernal, que entonces era el jefe de la Policía Política, el  Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin),  le  dijo que había instrucciones de Nicolás Maduro para que se procediera a una orden de aprehensión de Leopoldo López[76].  Sobre este caso, según el  trabajo periodístico del comunicador social, Edgar López,  denominado “El aparataje que sustentó el fraude” [77], la magistrada  de la Sala de Casación Penal del TSJ, Deyanira Nieves, a través de su asistente Daniel Ramírez, habría procurado que todos los jueces fallarán contra López.  E igualmente, en dicho trabajo, se cita la declaración del ex Fiscal Nieves, según  la cual, la jueza Susana Barreiros, quien dictó la condena contra Leopoldo López,  tenía instrucciones de condenarlo con cualquier cosa que le presentáramos desde la Fiscalía. Así como que el Director de Delitos Comunes de la Fiscalía, Nelson Mejías, era el encargado de coordinar el forjamiento de pruebas y que la Fiscala General, Luisa Ortega Díaz, estaba al tanto de lo que sucedía en el juicio de López.

 Según el trabajo mencionado, el ex Fiscal Nieves declaró que  a los  funcionarios del Ministerio Público, testigos del juicio se les tomó declaración en la Dirección de Delitos Comunes, en presencia del Capitán Diego Verde, director de Seguridad y de Transporte, y que se les instruyó que declararan lo que se les decía que tenían que declarar. Y que se les tenía preparada con anterioridad la declaración sobre los supuestos hechos sucedidos y en concreto que: “Leopoldo incitó a la violencia” y “Cuando se retira Leopoldo es que ocurren los hechos”.  Declaró también el ex Fiscal Nieves que los testigos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC),  fueron llamados a la Fiscalía 2ª, a cargo de la Fiscala Narda Sanabria, que de acuerdo con el trabajo de Edgar López, se mostró más radical en la persecución de López,  y a la Fiscalía 47, a cargo del Fiscal Juan Canelón,  donde si bien los funcionarios declararon que no estaban de guardia ese día, pero se les dijo que como aparecían en el acta policial de aprehensión que se hizo en la División Contra Hurtos de dicho Cuerpo, tenían que declarar.  Señaló igualmente el ex Fiscal Nieves que aparecen 46 funcionarios como testigos,  muchos de los cuales no estuvieron en el lugar de los hechos y otros que no aprehendieron a nadie, pero que fueron obligados a declarar que si habían participado en los hechos y en la aprehensión, bajo la amenaza que les hizo la Fiscala Narda Sanabria  de que si no lo hacían les iba abrir averiguaciones y que se les iba a destituir.   Respecto de los informes periciales o experticias semióticas, sobre  los discursos y twiter de López, el ex Fiscal Nieves dijo que el Director de Delitos Comunes Nelson Mejías,  lo regaño porque le indicó como experto al Profesor  en locución de la Universidad Central de Venezuela, Andrés Cañizalez, porque “ese tipo era un escuálido y que iba a favorecer a López”, y, que le presentó dos curriculum de otros expertos que serían los que iban a juramentar.  Para las experticias semióticas se designaron por la Fiscalía los peritos Rosa Amelia Asuaje y Mariano Alí, y que el mencionado Director de Delitos Comunes no estuvo conforme con las experticias porque no es vinculaba Leopoldo López con los hechos y que se debía incluir en los informes cosas que argumentaran mejor que López incitó a la violencia. Dijo el ex Fiscal que el experto Mariano Alí no quiso modificar su informe sobre los twiter de López de que por ningún lado aparecían llamados a la violencia,   pero que el referido Director de Delitos Comunes lo obligó a modificarlo.  Por su parte, la experta lingüística, de la Universidad de Los Andes, Rosa Amelia Asuaje, afirmó respecto de las declaraciones del ex Fiscal Nieves que: “en ningún momento emití palabras tajantes sobre del llamado expreso a la violencia del ciudadano de Leopoldo López para salir a las calles, puesto que en el material que me dio el Ministerio Público, contentivo de 32 videos, de los cuales yo tomo una muestra, en esos videos no aparece el llamado expreso a la violencia del ciudadano Leopoldo López" [78].   Igualmente  la experta Rosa Amelia Asuaje expresó,  que  en su declaración del 27 de febrero de 2015, “en ningún momento y durante mi declaración por más de 20 horas durante dos (2) días consecutivos en el Tribunal 28 de control  afirmé que el ciudadano López hace un llamado expreso a la violencia”. Y afirmó,  “tal como lo dije en el juicio oral, sería sumamente irresponsable de mi parte que yo dijese allí que López señaló expresamente que había que incendiar la Fiscalía o que había que usar métodos de violencia física,  pues ello no constaba ni en la muestra ni en el corpus del material que se me fue dado por la Fiscalía para analizar” . Pero lo más significativo de la declaración de la menciona experta es que la sentencia de la jueza Susana Barreiro tergiversó su informe En efecto, en su declaración escrita que entregó a la prensa, afirma: “Toda sentencia penal debe darse en función de los testimonios y pruebas, siendo estas mucho más importantes que las primeras porque son las que sustentan lo que se dice sobre algo. El hecho de que la jueza Barreiros haya puesto en su sentencia, (página 263) que yo inculpaba al ciudadano López por la quema de la sede fiscal y de los cuerpos de seguridad, es una interrogante que aún me hago, pues quien haya tenido acceso a la lectura de la sentencia y de mis declaraciones (plagada, por cierto, de numerosos errores de transcripción), jamás leerá que en mi registro de habla  (Sic) yo me refiriera al Ministerio Público como “sede fiscal” ni al CICPC como “cuerpo de seguridad”; además porque, y esto es lo más importante, no tenía yo pruebas para afirmar ello.  Quiero pensar en la buena pro de la ciudadana jueza quien, quiso parafrasearme junto al añadido de sus propios juicios[79]

 

1.27.3.1

La sentencia condenatoria en el Caso  Leopoldo López: (La condena de la Jueza Barreiro y  la absolución de Leopoldo López)[80]

  En la práctica forense “Caso” es un asunto judicial que es referencia como antecedente o precedente jurisprudencial.  Para su identificación se le cita con los nombres de las partes  de modo que no pueda ser confundido con otro caso, o para que su denominación se incluya en la antología de los asuntos judiciales célebres por su contenido o por su significación para el derecho.   Nunca a esos precedentes se les distingue con el nombre de los jueces.   Pero hay casos, como el de Leopoldo López  que por la sentencia de la Jueza Susana Barreiros  ha pasado a ser un signo más de la notoria esclavitud a que está sometida la justicia penal de Venezuela.  Por ello  al igual que la marca con hierro candente que se imponía como pena infamante a quien cometía una afrenta,  la sentencia de la jueza Barreiros habrá de distinguirse, en los anales de la historia, como estigma o huella irritante de una justicia sometida al poder político durante la tristemente llamada Quinta República.   Y que por todos los tiempos marcará  también a la jueza  Barreiros que,  teniendo la oportunidad histórica y la obligación moral y constitucional de sentar un precedente jurisprudencial  en el enjuiciamiento de Leopoldo López,   ha debido decidir su absolución  puesto que   sus declaraciones en contra el Gobierno de corrupto, opresor  y  antidemocrático y  de que para lograr el cambio o la salida solo puede ser posible con el pueblo en la calle y de que hay que  salir a conquistar la democracia,   tratándose  de manifestaciones propias del derecho de libertad de pensamiento y de expresión,  no   podían ser  elementos  de convicción  para imputarle los delitos de instigación pública, daños a la propiedad, incendio intencional y asociación para delinquir, con relación a los hechos s sucedidos en Caracas el 12 de febrero 2014.  La sentencia de la jueza Barreiros condenó  a Leopoldo López  a 13 años, 9 meses, 7 días  y 12 horas de presidio,  por su credo o conciencia y sin que existiera plena prueba   sobre su responsabilidad personal por el daño a la Fiscalía.   Leopoldo López   fue condenado por la jueza Barreiros, como preso de conciencia del gobierno,  por causa de sus creencias  y por ejercer su derecho de reunión y manifestación, por lo que en justicia y jurídicamente,  la sentencia de la referida jueza, como su marca o estigma,  será conocida como “el Caso Barreiros”, porque en verdad  históricamente será su condena a  la  pena infamante de ser  uno de los más claros, notorios y patentes  ejemplos del deshonor judicial en la historia del derecho en Venezuela.     En efecto,  el  enjuiciamiento a que se sometió  a Leopoldo López, por  las ordenes dada por los jefes del gobierno en Venezuela,  Maduro y Cabello,  su prisión en cárcel militar y  la sentencia de la jueza Barreiros,  constituyen un flagrante irrespeto por parte del Estado venezolano del compromiso constitucional e internacional de cumplir con la Declaración Universal de los Derechos Humanos que impide que las personas puedan ser enjuiciadas por su opinión política, o  por ejercer o promover el ejercicio de derechos fundamentales, o por motivos de raza, religión, color de la piel u origen étnico.   No se demostró en su proceso que Leopoldo López   utilizó, o   actúo o promovió la violencia para ejercer esos derechos. Todo lo contrario  aparece  del hecho notorio comunicacional  o video donde se recogieron las  declaraciones de su discurso sobre la no violencia y la lucha pacífica, constitucional y democrática y de tomar la calle sin violencia para exigir los derechos que consagra la Constitución.  Asimismo, su condena por la jueza Barreiros   como determinador,  por un incendio sucedido   en una manifestación pública,  viola el principio de la personalidad de la pena,  puesto que se le atribuye a su propia acción un supuesto delito colectivo, atentando gravemente contra la inviolabilidad de la libertad personal, en razón que en aún en estos casos han de responder penalmente como autores o determinadores  solamente quienes realizaron o ejecutaron directamente la actuación delictiva, o quienes participaron en el acto concreto.   Por ello la sola participación de una persona en una manifestación  pública,  o por su convocatoria, constitucional y legalmente no permite atribuirle la comisión de los delitos  que puedan cometerse durante esas protestas.   Y lo más patético de la sentencia infamante de la jueza Barreiros,  es que según sus defensores, la prueba fundamental del delito de instigación a causar daños que se imputó a Leopoldo López fueron las fotografías de grafitis pintados en las paredes de la Fiscalía, porque en criterio de la jueza Barreiros quienes lanzaron objetos contra la sede del Ministerio Público eran seguidores de Leopoldo López, no obstante que la Fiscalía no dio valor alguno a tales grafitis como prueba del supuesto delito.  Y a pesar  que los funcionarios que practicaron inspecciones negaron que hubiera  habido incendio en su sede.  En otras palabras, que Leopoldo López fue condenado sin prueba plena alguna.  Por lo que   la  valoración de  una prueba irregular, como lo son las fotografías de los grafitis,  que además fue  contradicha con las declaraciones de funcionarios que practicaron inspecciones, viola el debido proceso y por cuanto no puede ser considerada como prueba plena de la culpabilidad  su apreciación  por la jueza Barreiros  violó la garantía de  la presunción de inocencia de Leopoldo López.  En verdad,   la jueza Barreiros   criminalizó a Leopoldo López por el ejercicio de sus  derechos constitucionales de libre expresión y de reunión y manifestación,  y lo condenó   por causa de sus creencias  tal como lo habían solicitado Maduro y Cabello,  los jefes del gobierno de Venezuela.   Además que  la omisión de pronunciamiento por  parte de  dicha jueza  sobre alegatos defensivos formulados por Leopoldo López,   y por no haberle garantizado su derecho a ejercer  plenamente las pruebas de sus defensas, así como la apreciación indebida de pruebas irregulares para condenarlo,  constituye una clara violación de  su garantía  de presunción de inocencia y  de su  derecho de defensa   y del debido proceso, por el incompleto y parcial examen de dichas pruebas que impedían condenarlo por la falta de plena prueba

 La acusación contra  Leopoldo López y su enjuiciamiento, solicitada por el gobierno,  y  su condena por la jueza Barreiros,  por sus opiniones y por ejercer y promover los derechos de manifestar y protestar públicamente,  así como por  atribuirle responsabilidad directa personal por un hecho colectivo,  forman parte del fundamentalismo político del presente régimen que lleva a considerar como contrario al orden público y al ordenamiento jurídico las manifestaciones públicas de protesta en contra del gobierno  por parte de quienes las promuevan sin que hubieran sido autorizadas previamente.  En efecto, como todo fundamentalismo el orden público para el gobierno de Maduro es el que es propio de su pensamiento y contrario el que disienta,   que es característico de los partidos que suponen que la sociedad es homogénea, y cuya conducta es   determinada por una unilateral visión ideológica-política y en nuestro caso militarista.  La verdad, que la prisión de Leopoldo López,  por sus opiniones y por la promoción y ejercicio de los derechos fundamentales de pensamiento, de expresión, de asociación, de reunión, de comunicación  y de manifestación y la ausencia de su responsabilidad personal directa en un supuesto delito colectivo;  y que  permiten definirlo y considerarlo , a la luz del derecho constitucional e internacional de los derechos humanos, como un prisionero de conciencia, y que obligaban  a su absolución; no es sino una representación más del fundamentalismo político e ideológico del Gobierno de Maduro contra la disidencia.  La jueza Barreiros, obligada como estaba por el artículo 334, de la Constitución,  tenía la oportunidad histórica de convertirse en guardián de la libertad y no en carcelera y verdugo  de presos de conciencia,  pero  por su sentencia infamante de derechos humanos fundamentales por la que condenó a Leopoldo López a 13 años, 9 meses, 7 días  y 12 horas de presidio,  pasará  a engrosar la lista de  los jueces estigmatizados por la vergüenza y la afrenta al Estado de Derecho y de Justicia,  por el precedente del que para la triste historia del poder judicial del régimen chavista se conocerá como “El Caso Barreiros”, que pesará como una lápida en su conciencia.  Y con el cual su nombre se inscribe en la página negra de los fiscales y   jueces venezolanos complacientes y colaboracionistas o cooperantes, que actúan como funcionarios a sueldo y a la disposición del gobierno,  que en la literatura jurídica se le conoce como “jueces y fiscales a la intemperie” y que practican sus funciones bajo el concepto de “la obediencia debida y servida” (Elisa Beni, “La Justicia Sometida”,   Libros de la Catarata, Madrid  2015, pp. 73-83). La sentencia del “Caso Barreiros” es la condena o estigma  o pena infamante  de la Jueza Barreiros como juez esclavizada y servil del fundamentalismo político del presente régimen militarista y la absolución de Leopoldo López por su lucha por la libertad y la democracia de Venezuela frente  un gobierno opresor y tiránico.  Caso Barreiros”,  que recuerda los versos de la picaresca jurídica, “La Escena Judicial” y en donde el papel secundario lo representa la jueza Barreiros,

“A cara o cruz jugada la justicia;

Tornadiza la ley, vario el derecho,

La ignorancia en lugar de la pericia;

La puerta franca al dolo y al cohecho.

Todos abominando la justicia

Y el mismo pueblo, no satisfecho”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 
 


1.27.4

Caso Jueza  Maria Lourdes Afiuni

El 10 de diciembre de 2009, la Jueza MARIA LOURDES AFIUNI MORA Juez del 31° Juzgado de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas- así como el personal del juzgado Rafael Rondón y Carlos Lotuffo fueron detenidos por  funcionarios l de la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP) y trasladados a dicha sede del Palacio de Justicia, tras una orden de aprehensión dictada.   Su detención se produjo a consecuencia que en la misma fecha -10 de diciembre- la jueza decidiera sustituir la medida de prisión preventiva al procesado (Banquero) Eligio Cedeño por medidas de presentación periódica ante el Tribunal cada 15 días y la prohibición de salida del país. Esa decisión fue asumida por la Jueza Afiuni, luego de oír a los abogados del procesado Eligio Cedeño  en una reunión generada a consecuencia de la suspensión de la audiencia preliminar del caso, por incomparecencia del representante del Ministerio Público, encontrándose detenido el procesado  para esa fecha desde hace aproximadamente dos años diez meses en los calabozos de la Disip.  Los hechos suceden, cuando el 08 de diciembre de 2009, se convocó a una Audiencia Preliminar del proceso en contra de Eligio Cedeño por el Tribunal Trigésimo Primero (31°) de Control del Área Metropolitana de Caracas, audiencia que fue diferida (postergada) a solicitud del Ministerio Público, por imposibilidad de asistir, acordando la Jueza convocar nuevamente la Audiencia para el jueves 10 de diciembre de 2009, siendo que en dicho acto, los representantes del Ministerio Público no se encontraron presentes, por lo que la jueza convocó a los presentes en el tribunal: Defensores, Eligio Cedeño y abogados representantes de la  Fiscalía General de la República, a trasladarse a la Sala de Juicio en el Palacio de Justicia.  Encontrándose en la Sala de Juicio respectivo e iniciado el proceso, la jueza se pronunció ante la reiterada inasistencia del Ministerio Público, concediendo el uso de la palabra a los abogados del procesado, quienes le solicitaron la revisión y sustitución de la medida privativa de libertad, por encontrarse detenido casi tres años, sin juicio sin sentencia, por una medida sustitutiva frente a la inasistencia del Ministerio Público, al no comparecer por segunda vez a la convocatoria del Tribunal.  Escuchado a los abogados mencionados, la Jueza Afiuni, emitió decisión, reconociendo la “falta de interés” en agilizar y aplicar la debida celeridad al proceso por parte del Ministerio Público, por lo cual la detención del procesado se había prolongado en forma excesiva, sin condena y que el Peligro de Obstaculización de la Investigación había variado, dado que la misma fue concluida.  Ese mismo día, en horas de la tarde, se emitió una orden de captura contra la jueza Afiuni, por parte del Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana, por presuntamente participar en irregularidades que permitieron la libertad del procesado, disponiéndose también la detención del Alguacil y del Secretario del Tribunal.  Al día siguiente, el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela Hugo Chávez, en forma pública, expresó haber tomado conocimiento e informes sobre un “arreglo” que se habría dado en el juzgado, calificando a la jueza como “bandida” y exigió “dureza” y la “pena máxima” de 30 años de prisión.  Frente a estos acontecimientos, el Tribunal 50° de Control de Caracas, ratificó (confirmó) la medida privativa de libertad contra la jueza y ordenó su reclusión en el Instituto Nacional de Orientación Femenina (INOF), en Los Teques, siendo que el 7 de enero de 2010, el mismo tribunal, negó a la Jueza Afiuni la medida sustitutiva de detención, que sí fue otorgada a los trabajadores del juzgado detenidos y acusados por la misma causa, Carlos Lotuffo y Rafael Rondón, a quienes se les concedió libertad condicional. Por otro lado, la decisión de la Juez Afiuni fue revocada por la instancia superior. Asimismo, el Tribunal Supremo de Justicia, estando a la solicitud del Ministerio Público, ratificó la medida privativa de libertad contra el procesado, considerando que las circunstancias que la motivaron se mantenían vigentes.

La  Red Latinoamericana de Jueces REDLAJ, con fecha 14 de diciembre de 2009[81], emitió una nota oficial, manifestando su preocupación con la situación de la independencia judicial en Venezuela, en razón de la detención sumaria de la Jueza María Lourdes Afiuni por el tenor de su decisión, afirmando su confianza en el Poder Judicial venezolano, convencida que serán respetadas a la magistrada todas las garantías y el debido procesal legal.  Por su parte, el Colegio de Abogados de Caracas – Venezuela,  emitió comunicado, solidarizándose con la Jueza Afiuni y con José Rafael Parra Saluzzo abogado defensor del procesado (también detenido) deplorando sus detenciones.   El 21 de diciembre de 2009, la Comisión Internacional de Juristas CIJ, emitió un Comunicado de Prensa expresando su profunda preocupación por la detención de la Jueza Afiuni, y resaltó la gravedad que implica que dicha detención se haya producido por las declaraciones efectuadas por el Presidente de la República de Venezuela, Hugo Chávez, quien opinó abiertamente sobre el caso y exigió que se castigue a la jueza con la pena máxima de 30 años, prevista en la ley sólo para los delitos más graves, cometidos con agravantes. Expresando la CIJ que: “En el marco de los ataques a la independencia judicial en Venezuela, éste reviste particular gravedad, puesto que se observa la reacción inmediata entre las declaraciones del Presidente de la República y la posterior confirmación de la detención de la jueza, mediante una orden judicial de privación preventiva de su libertad“. Asimismo refiere que: “Recordamos al Estado venezolano que los estándares internacionales los jueces sólo podrán ser suspendidos o separados de sus cargos por incapacidad o comportamiento que los inhabilite para seguir desempeñando sus funciones, y siempre respetando el debido proceso“. El 24 de diciembre de 2009, La Jueza Afiuni divulgó por Internet una Carta Pública desde prisión, manifestando que: Ante los incesantes atropellos e infamias cometidas por el Ministerio Público, a través de diversos medios de comunicación, tratando de crear una matriz de opinión, totalmente distorsionada de los hechos ocurridos el día 10 de diciembre de 2009, haciendo ver ante la opinión pública que mi persona se encuentra incursa en la Comisión de Ilícitos Penales, manipulando actas, oficios en un expediente donde simplemente se dictó una medida sustitutiva de la privativa de libertad en el acto de diferimiento de la audiencia preliminar por incomparecencia del Ministerio Público, medida otorgada que fundamentada simplemente en normas constitucionales de obligatoria cumplimiento; a favor de un procesado; quien independientemente de su inocencia y/o culpabilidad de los hechos imputados, ya que no es la fase procesal para determinarlas, sino de acuerdo a los postulados del artículo 264 COPP y evidente retardo procesal del cual ha sido víctima, lo hizo merecedor de pleno derecho de plena medida como cualquier justiciable, sin distingo de ningún tipo… que este tipo de decisiones, que se producen a diario en diversos juzgados del país, no requieren de la presencia de las partes, ya que las mismas son dictadas, luego de que el juzgador al analizar las actas que integran el expediente, que en el presente caso 278 piezas, que fueron revisadas en su totalidad luego de verificar que el retardo procesal no es provocado por quien solicita la medida menos gravosa, puede ser acordada en cualquier grado y el estado del proceso, tenemos la contraparte de ejercer los recursos procesales que estime pertinente   A su vez, los abogados defensores del procesado Eligio Cedeño  solicitaron medidas cautelares ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.  El 11 de enero de 2010, La Comisión Interamericana de Derechos Humanos dictó  medidas cautelares a favor de la Jueza María Lourdes Afiuni, solicitando al gobierno de Venezuela: 1) Adopte las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad física de la juez; 2) Adopte las medidas necesarias para que la jueza se le traslade a un lugar seguro, y 3) Informe sobre las acciones adoptadas a fin de esclarecer judicialmente los hechos que justifican la adopción de medidas cautelares. Asimismo, ha solicitado la presentación de información sobre el cumplimiento con las medidas cautelares adoptadas, dentro del plazo de 20 días y actualizar dicha información en forma periódica. Estas medidas cautelares fueron solicitadas por los abogados venezolanos, doctores: Carlos Alberto Nieto Palma Coordinador general de la ONG Una Ventana a la Libertad, Ligia Bolívar Osuna, Directora del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello; Sandy Guevara Ojeda abogada de la Juez Afiuni; Jesús Ollarves ex juez y profesor universitario y Héctor Faúndez Ledesma, profesor universitario. El 13 de enero de 2010, se divulgó  por Internet un video de la Jueza Afiuni, donde se muestra su traslado a los tribunales fuertemente custodiada y con chaleco antibalas[82]. La Sala de Casación Penal, con fecha 24 de diciembre de 2009, remite oficio correspondiente relacionado con la solicitud de extradición del ciudadano Eligio Cedeño, Expediente N° 2009-470[83].

 La  Red Latinoamericana de Jueces (REDLAJ), en Informe del 10 de enero de 2010[84],  después del análisis del caso concluyo que, El trámite realizado por la Jueza Afiuni al dictar la medida sustitutiva de la privativa de la libertad a favor de Eligio Cedeño,  10 de diciembre de 2009, al amparo de lo dispuesto en el artículo 264° del Código Orgánico Procesal Penal (Copp), no adolece de vicio que la invalide y en todo caso si el Ministerio Público no compartía la decisión adoptada, tenía a salvo los recursos impugnatorios que la ley le  reconocía.  En efecto, se encontraba detenido y privado de su libertad personal, aproximadamente dos años y diez meses sin que se emita sentencia y se determine o no su responsabilidad penal, tiempo que excedía el plazo dispuesto en el artículo 244° del Copp, respecto a la proporcionalidad de las Medidas de Coerción Personal que indica “…En ningún caso podrá sobrepasar la pena mínima prevista para cada delito, ni exceder del plazo de dos años…”. REDLAJ señaló en su Informe mencionado que el procesado Eligio Cedeño se encontraba detenido y privado de su libertad personal, aproximadamente dos años y diez meses sin que se emita sentencia y se determine o no su responsabilidad penal, tiempo que excedía el plazo dispuesto en el artículo 244° del Copp, respecto a la proporcionalidad de las Medidas de Coerción Personal que indica “…En ningún caso podrá sobrepasar la pena mínima prevista para cada delito, ni exceder del plazo de dos años…”. Y que  El Código Orgánico Procesal Penal (Copp), no establece la obligatoriedad de la presencia de todas las partes para el dictado de esta medida, pues incluso el examen y revisión de las medidas cautelares lo puede solicitar el propio imputado o en todo caso el juez debe examinar la necesidad de su mantenimiento cada tres meses, por lo que la actuación de la Jueza Afiuni se enmarca dentro del ejercicio de la jurisdicción establecido en el Artículo 2 del Código Orgánico Procesal Penal  “La potestad de administrar justicia penal emana de los ciudadanos y se imparte en nombre de la República por autoridad de la Ley. Corresponde a los tribunales juzgar y ejecutar, o hacer ejecutar lo juzgado”.   Señaló la REDLAJ que  detención de la Juez Afiuni resulta arbitraria y desproporcionada, habiéndose procedido a su detención el mismo 10 de diciembre de 2009 y minutos después de dictada la medida sustitutiva de la privación de la libertad antes mencionada; vulnerándose su derecho a la libertad personal, cuya base normativa se encuentra en: Art. 3,9 y 11.2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; Art. 9, 11, 14.6 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; Art. 1 y 25 de la Declaración Americana sobre Derechos Humanos; Art. 7, 9 y 10 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. ) Asimismo, se ha violado su derecho a la defensa, derecho fundamental de las personas que es consustancial a todo estado de derecho y a la democracia en su conjunto. ) Asimismo, el Presidente de la República, al calificar a la Jueza Afiuni como una bandiday que debe ser merecedora de la pena máxima de 30 años contravenido el principio de presunción de inocencia consagrado en Numeral 2 del artículo 49 de la Constitución venezolana que expresa “Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario”  y en el Artículo 8º del Copp, que reza así:: “Cualquiera a quien se le impute la comisión de un hecho punible tiene derecho a que se le presuma inocente y a que se le trate como tal, mientras no se establezca su culpabilidad mediante sentencia firme”. Por otro lado,  concluyó la REDLAJ  en su Informe que la detención de la Jueza María Lourdes Afiuni Mora, constituye una transgresión a la independencia judicial, pues de los hechos acontecidos se advierte que frente a las declaraciones públicas del Presidente de la República de Venezuela, generó que inmediatamente se confirme la detención de su persona, habiéndose transgredido lo dispuesto en los artículos 4º del Copp  y 254 de la Constitución Política, que dispone; así como la Ley Orgánica del Poder Judicial  en su artículo 1º.

 El Caso de la Jueza Afiuni  resulta emblemático sobre el proceso de desinstitucionalización del poder judicial y  entre tantos supuestos de manifestación de este fenómeno que afecta a la justicia venezolana, el caso de la jueza María Lourdes Afiuni es uno de los que ha alcanzado incluso connotación internacional.  El 10 de diciembre de 2010, en el Día Internacional de los Derechos Humanos, Amnistía Internacional, al cumplirse un año de la detención arbitraria de la jueza María Lourdes Afiuni Mora, reiteró el pedido de su liberación por considerarlo “un caso de indebida interferencia política por parte del ejecutivo y su detención vulnera los principios básicos de la ONU. Dicho llamado de Amnistía internacional (AMR 53/009/2010) deja constancia de que el grupo de trabajo sobre la detención arbitraria, la relatora especial sobre la independencia de magistrados y abogados, y la relatora especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos han insistido en que “se ponga a la jueza Afiuni en libertad inmediata e incondicional” y que “las represalias por ejercer funciones constitucionalmente garantizadas y la creación de un clima de temor en el poder judicial y en los abogados no sirve a otro propósito que el de socavar el Estado de derecho y obstruir la justicia”, en palabras de estas instancias de Naciones Unidas del 16 de diciembre de 2009. Cuando la Comisión Interamericana de Derechos Humanos solicitó medidas provisionales a favor de la jueza Afiuni, se reseñó que el mismo día en que ella había ordenado la libertad provisional de una persona que habría estado en prisión preventiva por más de dos años y medio, “el Presidente de Venezuela se habría referido públicamente a la jueza Afiuni como ‘bandida’ y habría solicitado su encarcelamiento y condena”, como se lee en la Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de 10 de diciembre de 2010.  Ese grado de deterioro de la institucionalidad judicial aparece también de la manipulación que se hizo de las pruebas en el proceso de la Juez Afiuni. Ahora bien,  Arcadio  José Cedeño, testigo de la Fiscalía en el Caso de la Jueza Afiuni, declaró haber sido presionado por el Ministerio Público para declarar en su contra y  el banquero Eligio Cedeño, al reanudarse hoy el juicio contra la magistrada[85]. Durante el desarrollo del juicio oral y público de la jueza Affiuni,  este Arcadio José Cedeño, declaró ante el juez de Juicio, Manuel Bognanno, que cuando rindió declaración durante la etapa de investigación ante la Fiscalía 37 del Ministerio Público, a cargo para aquel entonces de la abogado Emilce Ramos, esta última le dijo:Tu eres Cedeño, pero Arcadio Cedeño, tú no eres Eligio Cedeño y no tienes los recursos para tener los privilegios que él tenía, tu si vas a una cárcel común”. El testigo resaltó que nunca se le olvidarán estas palabras. El testigo se trata del primo hermano del banquero Eligio Cedeño, y por lo tanto no estaba obligado a declarar en contra de sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, porque así lo dispone el artículo 49.5 Constitucional; inclusive no responde penalmente en caso de un encubrimiento de sus parientes dentro de los grados señalados,  de modo que no tenía obligación de declarar contra el referido banquero.   Pero además, cualquier declaración que se rinda bajo coacción resulta nula en términos legales, independientemente de quien se trate el acusado. No obstante lo anterior, el representante del Ministerio Público, Felipe Hernández, nuevamente durante la audiencia de juicio intento coaccionar al ciudadano Arcadio Cedeño, tratándolo como imputado y no como testigo. Pese a la denuncia realizada por el testigo y a la disposición constitucional antes referida, nuevamente el  Fiscal mencionado intentó forzar al testigo para  que declarara en contra de Eligio Cedeño, situación que fue avalada por el Tribunal pese a la oposición de la defensa de Afiuni. Esto trajo como consecuencia que la juez Afiuni decidiera abandonar la sala  de audiencias no sin antes dirigirse al Juez Bognano  para decirle: Lo que aquí está sucediendo es delito y yo no lo voy a avalar con mi presencia”. La declaración del testigo duró aproximadamente 4 horas sin que la Fiscalía obtuviera algún señalamiento que pudiera incriminar en la comisión de algún delito, ni a la Juez Afiuni, ni al ciudadano Eligio Cedeño. Por el contrario, afirmó que Cedeño salió del Palacio de Justicia por la puerta principal en compañía solo de sus abogados y posteriormente se marchó un vehículo tipo moto que tomó de una línea que se encuentra frente al Palacio de Justicia. El juicio fue suspendido luego de este testimonio y se acordó su continuación para el día 18 de noviembre de 2015.  

 

1.27.5

Los casos de  Antonio Ledezma,   Daniel Ceballos, Vicente Scarano Spisso, y Fray Roa.

 

 

 

 

1.27.5. 1.

Caso Antonio Ledezma

  La relación del caso de la detención y procesamiento del Alcalde Metropolitano de Caracas, Antonio Ledezma, uno de los más calificados líderes opositores, es de por sí suficiente para calificarlo de corrupción[86].  En efecto, aún para el 22 de noviembre de 2015, el Tribunal 6° de Control de Caracas no ha decidido si ordena o no el enjuiciamiento del Alcalde Metropolitano de Caracas, Antonio Ledezma, quien en fecha 19 de febrero de 2015, sin orden judicial y sin conocer los delitos por los cuales se le acusaba, Ledezma,  fue detenido en un plan operativo con al menos 120 efectivos del Servicio Bolivariano de Inteligencia (Sebin) que  llegaron por sorpresa a la oficina del alcalde ubicada en la Torre Exa, de Chacao,  en Caracas.  La audiencia preliminar donde debe adoptar tal medida ha sido aplazada en seis oportunidades, incluso dos veces en un mismo mes. Y ello no obstante que el Código Orgánico Procesal Penal, establece que la audiencia preliminar debe realizarse a más tardar, aun con prórroga, a los 40 días de la fecha en que el Ministerio Público acusó al Alcalde. Luego de 242 días detenido,  seis veces el plazo máximo permitido en la legislación venezolana para la celebración de la audiencia preliminar, sigue sin realizarse.  Por los delitos de conspiración (art. 132 del Código Penal)  y asociación para delinquir (art. 37 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento Terrorismo), el alcalde metropolitano, Antonio Ledezma, fue recluido en el Centro Nacional de Procesados Militares de Ramo Verde. Los cargos que se le imputaron se basaron en la declaración de un militar preso que, según voceros del Psuv, implicó a Ledezma con los jóvenes detenidos Lorent Gómez Saleh, Gabriel Valles, Ronny Navarro, Gerardo Carrero y Renzo Prieto, quienes a su vez están imputados por su presunta vinculación con planes conspirativos. Respeto de su detención y de los delitos que se le imputan el abogado defensor de Ledezma, el 8 de marzo de este año, denunció que :“Un grupo de vídeos y documentos han sido difundidos por Venezolana de Televisión en los últimos días, lo cual revela que no se resguardó la evidencia”, y señaló que,  “La evidencia es recabada para esclarecer un hecho, no para difundirla por televisión ni en los diarios” y lamentó que todos los funcionarios que llevan el caso de Ledezma, desde jueces hasta fiscales, ninguno sean titulares, que por no ser de carrera  pueden  autocensurarse por temor a una instrucción de alguna autoridad superior”.  Por su parte, la Sala 4 de la Corte de Apelaciones de Caracas,  el 18 de marzo de 2015,  no obstante la violación de sus derechos al debido proceso por la detención arbitraria de que fue objeto Ledezma, ratificó la decisión del Tribunal 6 de Control de Caracas que ordenó la detención preventiva del alcalde, por lo que siguió detenido en la cárcel militar de Ramo Verde (Los Teques) a la espera de su enjuiciamiento. Ese mismo día Omar Estacio y José Fernando Núñez, defensores del  Alcalde Metropolitano de Caracas, Antonio Ledezma, solicitaron a la Fiscal General, Luisa Ortega Díaz,  separar del proceso a la Fiscal 20 del Ministerio Público, Katherine Harrington Padrón y su asistente, Yeison Moreno, pues habrían intentado inculpar falsamente a la máxima autoridad capitalina  a través de uno de los detenidos por el Sebin. Fue el 7 de abril del 2015 cuando el Ministerio Público acusó formalmente a Antonio Ledezma por los delitos de conspiración y asociación, previstos y sancionados en el Código Penal y en la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y solicitó la admisión de la acusación y el enjuiciamiento de Ledezma, así como que se mantuviera   la medida privativa de libertad contra Ledezma.  Respecto de la acusación su defensor denunció que la  Fiscalía se basó en hechos falsos, en pruebas manipuladas y en argumentaciones jurídicas que contradicen  jurisprudencias del Tribunal Supremo de Justicia. Y que lo más grave aún es que la Fiscalía, en esa nueva actuación, haya mutilado actas del expediente o no las haya incorporado al expediente judicial.  Más tarde, el 24 del mes y año señalados, el  Ministerio Público solicitó ante el Tribunal 6° de Control del Área Metropolitana de Caracas una medida cautelar sustitutiva de libertad para el Alcalde Metropolitano de Caracas, Antonio Ledezma Díaz, para ser operado de una “hernia reproducida” y  debido a la necesidad de tratamiento quirúrgico a la brevedad posible y en cumplimiento del Código Orgánico Procesal Penal, el tribunal de la causa ordenó el traslado de Antonio Ledezma a un centro asistencial para recibir tratamiento médico urgente.   El 26 del mismo mes y año  ingresó en horas de la mañana en el Urológico San Román para ser intervenido por una “hernia inguinal reproducida”, la cual le generó fuertes dolores durante su encarcelamiento en el Centro Nacional de Procesados Militares de Ramo Verde. Una vez practicada la intervención quirúrgica, Ledezma fue llevado por funcionarios de Sebin a su casa, donde de le dejó  bajo arresto domiciliario “para garantizar su recuperación”. Debido a la recuperación de la intervención quirúrgica, el juez 6° de Control de Caracas,  el 12 de mayo de 2015, Miguel Graterol, fijó para el 9 de junio la audiencia preliminar donde debe decidirse si autoriza o no el enjuiciamiento del alcalde. Sin embrago, el día fijado la audiencia preliminar se suspendió, según el Tribunal, “por razones operativas, pero ello fue un  pretexto porque  algunos de los imputados no pudieron ser trasladados de su lugar de reclusión, según señaló el abogado defensor de Ledezma.  El 8 de julio del mismo año se difirió de nuevo la audiencia preliminar bajo el e alegato fue la imposibilidad de trasladar a testigos del caso hasta el Palacio de Justicia y se le fijó para el 28 de julio, a la cual acudió el  mismo abogado defensor, pero el Tribunal Sexto de Control en esta ocasión, por dificultades en el traslado el Ministerio Público no acudió a la citación que se hizo en la última audiencia para esa fecha,  difiriéndosela para el 25 de agosto de 2015.  Llegad este fecha,  por cuarta vez difieren la audiencia de Ledezma y citan  nuevamente  para el 22 septiembre y Estacio, el  abogado  defensor manifestó que, “no nos puede pasar por inadvertida la situación de colapso que padece el sistema judicial venezolano. El caso de Ledezma no es el único en donde se produce este tipo de anomalías, aquí hay una gran cantidad de personas esperando audiencia”. El 22 de septiembre, Fue diferida nuevamente sin conocer una razón oficial hasta ahora y se señaló que la audiencia se realizará el 21 de octubre de 2015. Sin embargo, la audiencia preliminar fue de nuevo diferida,  y la  esposa de Ledezma,  aseguró mediante la cuenta del alcalde en Twiter @alcaldeledezma, que pretenden “mantenerlo un limbo jurídico” con siete diferimientos.

 

1.27.5. 2.

 Casos: Daniel Ceballos, Vicente Scarano Spisso y Fray Roa

 

 La Sala Constitucional del TSJ ordenó a los alcaldes Daniel Ceballos y Vicente Scarano Spisso, realizar toda acción legítima para prevenir y repeler las obstaculizaciones a las calles públicas en el marco de las protestas del año 2014 en los municipios de San Cristóbal (Edo. de Táchira) y San Diego (Edo. de Carabobo), con el riesgo de incurrir en desacato a la autoridad si incumplían la orden. Posteriormente, la Sala Constitucional, actuando como un tribunal penal, condenó a los dos alcaldes a pena de prisión, sin que hayan gozado de un debido proceso penal o derecho a la defensa. Con estas decisiones fueron removidos de sus cargos como alcaldes. Daniel Ceballos se encuentra con arresto en su domicilio desde el 11 de agosto de 2015.  Respecto de estos Casos la Comisión Internacional de Juristas concluyó señalando que: Los líderes políticos de la oposición, las autoridades municipales que han discrepado con las decisiones del poder político central y los defensores de derechos humanos, se encuentran en un permanente estado de amenaza de ver sus derechos humanos y garantías constitucionales violados o severamente afectados. La situación que viven Leopoldo López, Daniel Ceballos, Antonio José Ledesma y Vicente Scarano Spisso, es un ejemplo de cómo el poder político, de la mano con las autoridades judiciales, afecta gravemente los derechos humanos de las personas que públicamente han manifestado su discrepancia con el Gobierno[87]. Y que Los procesos judiciales seguidos en contra de los dirigentes políticos Leopoldo López, Daniel Ceballos, Antonio Ledesma y Vicente Scarano Spisso deben cesar y decretarse de inmediato la libertad de los acusados. Estos procesos no tienen suficientes bases para sustentar su prosecución y es evidente su motivación política[88].  

  Fray Roa es el director general de la Federación Venezolana de Licoreros y Afines. Roa fue detenido por el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) el 24 de julio de 2015, por haber declarado a la cadena CNN que el sector licorero se encuentra en crisis. El Gobierno lo acusó de inmediato por “generar alarma”.

 

1.27.5. 3

 Caso Tadeo Arriechi

 

 Tadeo Arrieche Franco, abogado, fue detenido por el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) el 8 de febrero de 2015 en el aeropuerto de Barcelona (Edo. de Anzoátegui) sin orden de aprehensión, por la investigación que lleva a cabo el Gobierno sobre supuestas irregularidades en la distribución de alimentos por parte de la cadena de supermercados Día Día Supermercados, que es cliente de la firma de abogados ASPEN Legal, de la cual es parte el abogado Arrieche Franco. El abogado Tadeo Arrieche Franco fue detenido por ser el apoderado judicial de la cadena Día Día Supermercados. La ocupación de la empresa Día Día Supermercados fue anunciada por el Presidente Nicolás Maduro durante un evento con militantes del partido PSUV, en donde acusó a los directivos de la cadena de estar involucrados en una “guerra alimentaria”. El presidente de la Asamblea Nacional, diputado Diosdado Cabello, declaró desde los depósitos de la empresa ubicados en La Yaguara (Caracas), sobre la ocupación temporal de la empresa, a través de una transmisión en vivo la cadena de televisión VTV durante la madrugada del 2 de febrero de 2015. El abogado Tadeo Arrieche Franco está acusado por el Ministerio Público por los delitos de boicot y desestabilización de la economía. Actualmente se encuentra privado de libertad. La situación de Tadeo Arrieche Franco vulnera explícitamente el Art. 18 de los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados, disposición que señala que los abogados no pueden ser identificados con sus clientes como consecuencia del desempeño de sus funciones. Tadeo Arrieche Franco no tiene ninguna otra relación con la empresa, salvo la de ser su representante judicial. En cuanto a este caso, la citada Comisión Internacional de Juristas señalo que: El proceso judicial en contra del abogado Tadeo Arrieche Franco debe concluir a la brevedad y sobreseer la causa en su contra, pues en caso contrario se sentaría un precedente muy negativo en contra del libre ejercicio de la profesión de abogado, afectando disposiciones expresas de los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados de las Naciones Unidas. Tadeo Arriechi  fue liberado, junto con el director de la Cadena de Super Mercados Día a Día, Manuel Morales, el día  12 de noviembre de 2015, después de estar recluidos nueves meses en el Sebin El Helicoide, quienes fueron acusados por presuntamente incurrir en irregularidades en la distribución de productos de primera necesidad y acusado de la presunta comisión de los delitos de boicot y desestabilización de la economía[89]

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TERCERA PARTE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Reflexión Final

La destrucción del Estado y  de la sociedad por la inmoralidad pública

1

Las cifras del deterioro

 

   Dije al comienzo de este trabajo, que  la gobernabilidad democrática, tiene en la transparencia y en el control de la corrupción de la gestión pública uno de sus  componentes  esenciales, no solo por el respeto a los principios  y a los estándares de conducta  de ética  pública,  sino también por   la confiabilidad que deben generar las  decisiones gubernamentales y porque un gobierno que permita la corrupción o que no evite la impunidad por delitos relacionados con la dilapidación de los recursos del Estado lleva al país a su  destrucción como sociedad e impide el progreso social de la población.  De ello son las cifras de deterioro que presenta el país, como se demuestra la Encuesta de Condiciones de Vida 2015 (Encovi) elaborada por la Universidad Católica Andrés Bello, la Universidad Central de Venezuela y la Universidad Simón Bolívar,  que “desnudan a una sociedad golpeada por el centelleante incremento de la pobreza, el temor a la criminalidad y la falta de servicios públicos”[90].   Según  Luis Pedro España, sociólogo y exdirector del  Centro de Investigaciones Económicas de la Universidad Católica Andrés Bello, en 2014 y 2015 la capacidad de compra de las familias ha experimentado “la mayor contracción en toda la historia socioeconómica del país y esto explica por qué hemos batido todos los récords de pobreza de ingreso. Hoy 73% de los hogares y 76% de los venezolanos están en pobreza de ingresos”.  Igualmente, los datos demuestran que la miseria aumenta a una velocidad meteórica: la Encovi 2014 determinó que ese año la proporción de hogares en penuria era de 48,4% y 52,6% en el caso de las personas. Es decir, en sólo doce meses ha habido un salto de 24,6 y 23,4 puntos porcentuales respectivamente.  Y al contrastar los datos de la Encovi 2015 con las cifras del Instituto Nacional de Estadística queda al descubierto que los venezolanos sufren una contracción de ingresos sin precedentes.  Al respecto, Luis Pedro España señala que la cifra de 76% de la población bajo el manto de la pobreza es la más elevada desde 1975, año en el que comenzaron las mediciones de este tipo.  En efecto, la pobreza de 2015 supera por mucho al 58,9% de 1989, año del recordado Caracazo; al 55,4% de 1998, año en que Hugo Chávez ganó las elecciones presidenciales y al 61% registrado en 2003 cuando la conflictividad política y el paro petrolero-empresarial hundieron la economía en una severa recesión. A su vez,  el retroceso en materia de pobreza va de la mano del acelerado incremento de los precios y la merma en la capacidad de compra del ingreso.   Por otra parte, el Banco Central de Venezuela oculta las cifras de inflación desde 2014 lo que ha llevado a firmas como Ecoanalítica a construir un modelo de medición que toma en cuenta las variaciones de precios en 500 productos. Con base a este estudio Ecoanalítica señala que entre octubre de 2014 y octubre de 2015 la inflación registra un salto de 185% y la proyección es que cierre este año en 205%, una magnitud que se traduciría en el mayor incremento de precios desde 1950. La aceleración de la inflación obedece a un severo desequilibrio entre la oferta y la demanda. El número de productos en los anaqueles cae estrepitosamente tras el descenso en el valor del petróleo, que obliga a recortar las importaciones; la merma en la producción de empresas expropiadas, el control de cambio, que se traduce en la asignación ineficiente de divisas y la regulación de precios, que en algunos sectores no permite obtener rentabilidad y desalienta la inversión. Es decir, , mientras la oferta cae, el Gobierno impulsa la demanda fabricando billetes en cantidades industriales para cubrir el enorme déficit que sufren las cuentas públicas.

 En cuanto a la pobreza extrema,  la  Encovi tiene como base una encuesta social que se realiza bajo la misma metodología que aplicó la antigua Oficina Central de Estadística e Informática (OCEI), hoy Instituto Nacional de Estadística (INE), cuando en 1998 elaboró la última investigación de este tipo llevada a cabo por el sector público. Para medir la cantidad de hogares y personas sumergidas en la miseria de acuerdo al ingreso, el Instituto Nacional de Estadística y el estudio llevado a cabo por las universidades contempla que las familias que no obtienen suficiente dinero a través del salario, bonos, becas, pensiones, para comprar cada mes una canasta de alimentos básicos que permitan a cada integrante ingerir al menos 2 mil 200 calorías diarias son catalogadas como pobres extremos. Luego, las familias en las que su ingreso no les permite costear una canasta que añade a los alimentos básicos servicios esenciales como luz eléctrica y transporte son pobres. La Encovi encuestó a 1.500 hogares entre agosto y septiembre de este año. Estableció una canasta alimentaria con un valor de 14 mil 556 bolívares bajo un estimado de inflación de 170% para el caso de los alimentos entre agosto 2014 y agosto 2015. La Encovi determina que 49% de los hogares se ubican en la categoría de Pobreza extrema. Luis Pedro España precisa que en 2015 la contracción en la capacidad adquisitiva: “ha sido tan severa que por primera vez el porcentaje de hogares en pobreza extrema de ingresos supera a los hogares en pobreza no extrema. Esto se explica porque las políticas de salario mínimo, que son el único mecanismo para mejorar las remuneraciones, sólo alcanza a los trabajadores del sector formal, quedando fuera del alcance de estas políticas los más pobres”, señaló  Luis Pedro España. Respecto de las misiones,   al evaluar la efectividad de los planes sociales del Gobierno, englobados bajo el nombre de misiones, Luis Pedro España indica que: “la mitad de los hogares en pobreza de ingreso dicen comprar en las distintas modalidades de la Misión Alimentación. Esto es un síntoma de la crisis de ingresos. Sin abastecimiento subsidiado no se come en Venezuela. Las misiones estructurales, aquellas que pudieran actuar sobre las causas de la pobreza, básicamente las educativas, lucen abandonadas”. La Encovi determina que la cantidad de venezolanos que acude a Mercal, la red pública que vende alimentos a precios subsidiados, aumentó desde dos millones hasta seis millones entre agosto de 2014 y agosto de este año. “Las misiones sociales no fueron una política de superación de la pobreza y, ahora, tampoco son una política de contención de la crisis de ingresos. La política social se concentra en la entrega de bienes de alto contenido aspiracional como viviendas, electrodomésticos, vehículos, y tiene un claro perfil político. Urge redefinir una política social con verdadero contenido ético basado en la equidad y la justicia”, agregó Luis Pedro España. Las perspectivas para 2016 son bastante sombrías: “Al no esperarse un comportamiento económico distinto al actual es de entender que los actuales niveles de pobreza de ingreso se mantengan. Es posible que hayamos llegado al límite superior de la pobreza en Venezuela. El 20% que no es pobre seguirá siendo un sector empobrecido, pero no pobre”, dice Luis Pedro España. Desde su punto de vista sólo con el relanzamiento de la economía y el diseño de planes sociales efectivos podría detenerse el deterioro en la calidad de vida.

  En cuanto a la inseguridad, los profesores Roberto Briceño León y Alberto Camardiel, de la Universidad Central de Venezuela y el Laboratorio de Ciencias Sociales, estuvieron  a cargo del estudio de criminalidad que forma parte de la Encovi 2015. Y los resultados señalan que la mayoría de las familias viven atemorizadas por la delincuencia: nueve de cada diez venezolanos piensa que la inseguridad se incrementó en los últimos doce meses y seis de cada diez que aumentó en la comunidad donde vive. En un 35% de los hogares encuestados, el entrevistado o algún otro miembro de la familia había sido víctima de un delito en el último año. La percepción de que la sociedad sufre un agudo proceso de descomposición crece. El año pasado 40% de las personas consideraba que es fácil o muy fácil conseguir droga en su comunidad y en 2015 esta opinión corresponde a 49% de los venezolanos. En 2014 un tercio de la población estimaba como fácil o muy fácil comprar un arma de fuego y este año lo cree 41%. Asimismo el año pasado 23% consideraba que es fácil o muy fácil mandar a matar a alguien y en 2015 lo afirma 26% de los venezolanos. La vida diaria transcurre en tensión. El 53% de los venezolanos tiene miedo de ser víctima de un delito en su casa, el 57% en las calles de la comunidad y el 73% en el transporte público. La consecuencia, es que uno de cada tres entrevistados ha sentido la necesidad de mudarse de la zona donde vive y 13% ha evaluado la posibilidad de adquirir un arma de fuego para defenderse. La población venezolana tiene muy bajos niveles de confianza en las instituciones del sistema de justicia penal (entre el 9% y 14%) y sólo un 4% (el año pasado fue el 7%) tiene confianza en que el gobierno nacional podrá enfrentar adecuadamente el problema de la violencia e inseguridad.

 Y en cuanto al tema de las viviendas y los servicios públicos,  Alfredo Cilento, profesor de la Universidad Central de Venezuela, estuvo  a cargo del área de viviendas y servicios públicos de la Encovi 2015. Entre los datos relevantes destaca que a pesar de la Misión Vivienda la construcción pública y privada se encuentra muy lejos de satisfacer las necesidades de la población.   En efecto,  este experto asienta que “El 64,3% de los hogares han sido auto producidos por la propia gente. Entre 2006 y 2015 los sectores público y privado han producido sólo 620 mil viviendas, unas 62 mil viviendas por año, equivalentes a lo producido a finales de los 60, cuando la población de Venezuela era de unos 11 millones de habitantes. Las viviendas auto producidas duplican las construidas por sector privado y gobierno”, considera Alfredo Cilento. No obstante el problema principal en esta materia no se centra en la proliferación de ranchos: “el número de hogares alojados en ranchos es de 9,7%. Esto confirma todos los estudios que coinciden en que la mayor carencia en los barrios no es la casa o la vivienda en sí misma, sino el déficit de servicios públicos y comunales, y la vulnerabilidad física-ambiental, social y económica”, señala Cilento. La Encovi 2015 registra que 38,4% de los hogares no tiene servicio continuo de agua, que 86,4% de las viviendas posee servicio eléctrico pero los apagones son frecuentes y que 78,5% de los hogares dispone de servicio de aseo urbano, pero la recolección de la basura dista mucho de ser eficiente. Incluso, Alfredo Cilento precisa que: “al menos la mitad de los hogares son vulnerables ante el sismo y otras amenazas, incluyendo agrietamientos, deslizamientos y derrumbes frecuentes. Más alarmante aun: 13,5 % de los hogares (más de un millón de familias) están en zonas declaradas de alto riesgo”. Al evaluar el tema de la propiedad Alfredo Cilento indica: “el 80,7% de los hogares es propietario, adjudicatario o está pagando su vivienda. Pero, la oferta de viviendas en alquiler prácticamente desapareció, como efecto de la regulación inquilinaria dictada por el gobierno. La consecuencia ha sido el incremento desmesurado de los alquileres y de los precios de las viviendas del mercado secundario”.

 

2

Democracia y corrupción

 

 Históricamente sería una irresponsabilidad decir  que antes  de 1999 en Venezuela no había corrupción.  Lo cierto es que existieron también casos como los de enjuiciamientos de ex presidentes y ex ministros y de banqueros, por hechos de corrupción que fueron considerados graves y por los que fueron condenados.  Tampoco faltaron críticas a la impunidad y lenidad para otros casos.  Pero también es cierto que no llegaron a alcanzar grados tan extremos de gravedad y de tanta reiteración, como de impunidad,  en estos 15 años, como lo han señalado incluso organismos internacionales, de los cuales son algunos ejemplos los casos reseñados en este trabajo.  La reflexión con la que termino es la de que una verdadera democracia no existe si “la corrupción de los pueblos nace de la indulgencia de los Tribunales y de la impunidad de los delitos”, y porque “la destrucción de la moral pública causa bien pronto la disolución del Estado”,  según el certero pensamiento del Libertador Simón Bolívar.  Por ello,  las declaraciones atribuidas a  la  diputada Aurora Morales del PSUV, partido de gobierno de Venezuela, de que “el pueblo no está interesado en saber de los dólares robados”[91],  es síntoma de esa disolución del Estado por el deterioro de la ética pública en el régimen del presente  gobierno venezolano[92].

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO I

Petición del abogado Franklin Hoet ante el Tribunal de Andorra que investiga los casos de lavado de dinero del Banco Privado de Andorra

FRANKLIN HOET LINARES , quien es ciudadano venezolano, identificado con el Pasaporte N O 080805144 y con el documento de identificación nacional N O 2143032, con domicilio en la Ciudad de Caracas, se ha impuesto del hecho notorio comunicacional internacional de la apertura de un procedimiento penal en contra de directivos del Banco Privado de Andorra, en base a la información que el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América ha suministrado al gobierno andorrano, por un supuesto blanqueo ilegítimo de capitales, que cursa ante ese Juzgado, entre los que se encuentran importantes y cuantiosos fondos de Petróleo de Venezuela S. A., distinguida por sus siglas PDVSA, empresa perteneciente en un 100% a la República Bolivariana de Venezuela, según el artículo 303, de su Constitución, publicada en la Gaceta Oficial N O 36.860 del 30 de diciembre de 1999, reimpresa en Gaceta Oficial N O 5.453 Extraordinario, de fecha 24 de marzo de 2000, cuya actividad es la industria petrolera, reservada en interés de la Nación, conforme el artículo 302, de la Constitución citada; y que provienen del ingreso generado por la riqueza del subsuelo, que son bienes del dominio público nacional, de acuerdo con el artículo 12, de la misma Constitución, y que está destinado al financiamiento de la inversión real productiva de Venezuela y la educación y la salud de su población, según el artículo 311 de la mencionada Constitución. Por Io que el manejo ilegítimo de capitales de PDVSA, a nivel internacional contrariando las disposiciones de tratados internacionales contra este delito, suscritos por Venezuela, afectan directamente su población, puesto que se trata del patrimonio pública nacional, que según los principios que se pueden derivar de estos tratados son delitos que afectan la humanidad, entendida como sujeto internacional de derecho, conforme el reconocimiento que se le ha hecho en los tratados relativos a los derechos económicos y sociales y los derechos del desarrollo económico y social, que son de naturaleza colectiva y universal. Hasta el punto, por ejemplo, que internacionalmente este delito está excluido de los beneficios de indulto y de amnistía o de los beneficios procesales de libertad condicional, e igualmente, se les considera imprescriptibles, al igual que los delitos de lesa humanidad, cuya comisión justifica la confiscación u ocupación de los bienes de las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que resulten responsables, y que en el caso de Venezuela se ha reconocido en los artículos 29 y 116, de su Constitución. Este reconocimiento permite que puedan ser calificados de delitos contra los pueblos o naciones, porque cuando se trata de del blanqueo de fondos públicos se les afecta en su bienestar y desarrollo, principalmente su educación, salud y en sus derechos colectivos sociales y económicos , de vivienda propia, de seguridad social y salud pública, y de igual manera en los derechos de los funcionarios, o trabajadores del Estado, cuyos derechos laborales, en razón de los principios de la Organización del Trabajo, y particularmente en Venezuela, por disposición del artículo 89, Numeral 2, de la Referida Constitución, son de naturaleza irrenunciables, Y que por causa de la sustracción y manipulación ilegítima de los fondos de PDVSA ésta ha incumplido con el pago de las indemnizaciones y beneficios económicos  de dichos trabajadores, e inclusa ha incumplido con su deber de ejecutar sentencias definitivamente firmes de los tribunales laborales, como se ha denunciado por ante la Organización Internacional del Trabajo. En razón de que el blanqueo o ilegítima manipulación de los capitales de PDVSA por tratarse de ingresos derivados del dominio público, impiden que el Estado satisfaga los derechos fundamentales, económicos y sociales del pueblo venezolano e impiden su bienestar social, porque tales fondos, provenientes de la riqueza del subsuelo se les desvía de su finalidad primordial, cual es la de invertirlos en el financiamiento de la producción nacional y de la educación y salud y de los derechos irrenunciables de dicho pueblo, por Io que al ser apropiados ilícitamente por personas privadas, se trata de delitos de carácter universal por ir en contra del pueblo venezolano.

Es por ello, que FRANKLIN HOET LINARES, antes identificado, comparece enel procedimiento de averiguación penal que ha abierto ese Juzgado por blanqueo de capitales en contra de directivos del Banco Privado de Andorra, en adelante BPA. Para ello señala a ese Juzgado, además de lo expuesto respecto a la naturaleza de delito contra el pueblo venezolano de tales hechos, que su cualidad o legitimación, como ciudadano venezolano le viene dada por su derecho de ciudadanía a que se contrae el artículo 39 de la Constitución venezolana, y particularmente, de los derechos políticos que se reconocen a los venezolanos, en el artículo 62 constitucional, de participar en los asuntos públicos y específicamente, del control de la gestión pública, tanto de interés individual como de interés colectivo, como Io es el blanqueo de capitales o fondos destinados al bienestar del pueblo venezolano, que son ingresos obtenidos por PDVSA de la riqueza del subsuelo de la Nación. Lo que le permite a FRANKLIN HOET LINARES solicitar información relativa a los hechos que afecten los intereses de las comunidades o grupo de personas, de acuerdo con el artículo 28 de la Constitución venezolana. Derecho este, que, como ciudadano venezolano, FRANKLIN HOET LINARES aduce le corresponde incluso para comparecer legítimamente por ante tribunales extranjeros en procura de esa información, unido a que los principios de los tratados internacionales contra ese delito de protección de las poblaciones son aplicables a Venezuela, como normas obligatorias de derecho interno e internacional, conforme el artículo 22 de su Constitución , y según los artículos 19 y 23, de esta misma Carta Magna, En efecto, el propósito de los Estados al suscribir esos tratados es el de prevenir y castigar tales delitos para proteger a la población y a los pueblos, por Io que de ese propósito se deriva el interés colectivo procesal de los ciudadanos de ese pueblo o población de acudir a tribunales extranjeros para defender sus derechos, cuando se afecta el patrimonio público que le pertenece o en cuyo beneficio está destinado, por tratarse de manipulación ilegitima de rentas provenientes de bienes del dominio público o nacional, como ocurre con los capitales de PDVSA, que son ingresos de la explotación de la riqueza petrolera de Venezuela, de donde es originario FRANKLIN HOET LINARES. De manera que al suscribir los tratados contra el blanqueo de capitales los Estados se obligan directamente con sus pueblos más que con los otros Estados,

Además ese interés procesal, en el caso de FRANKI.IN HOET LINARES, como ciudadano venezolano, se refuerza con su condición de abogado, que es un componente del sistema judicial venezolano, según el artículo 253, de la Constitución, dado que de acuerdo con el artículo 40, de la Ley de Abogados venezolana, los profesionales del derecho son auxiliares de la administración de justicia. El Abogado FRANKLIN HOET LINARES se encuentra inscrito en los Colegios de Abogados , tanto del Distrito Federal, hoy Colegio de Abogados del Distrito Capital, de Caracas, como del Estado Miranda, de Los Teques, y en el Instituto de Previsión Social del Abogado venezolano, (Inpreabogado), bajo el No 6913, de 15-4-70. Y en razón de su deber patriótico de honrar y defender los intereses de su Nación, que le corresponde como venezolano, conforme al artículo 130 de la referida Constitución, entre los cuales resultan fundamentales el de la responsabilidad patrimonial del Estado y la de sus funcionarios, por aplicación de los artículos 140 y 139, constitucionales, respectivamente. Además de que, de su deber de responsabilidad social y de participación y de proteger el bienestar general, implícitamente del texto de los artículos 132, 133 y 135, también constitucionales, se deriva su interés procesal de acceder a la justicia extranjera para defender y proteger esos intereses nacionales cuando se ven afectados por delitos como el de blanqueo de fondos públicos por la corrupción de funcionarios o de personas privadas. Máxime que por afectarse ingresos petroleros además de violarse principios de ética pública, reconocidos en declaraciones internacionales y particularmente en Venezuela, según el artículo 141, de la Constitución, se afecta directamente el régimen fiscal de Venezuela, que es parte de su soberanía, como se desprende del artículo 311, en concordancia con los artículos 302 y 303, ambos de la mencionada Constitución.

En razón de todo  lo expuesto, FRANKLIN HOET LINARES, solicita se le admita como interesado en el procedimiento que ese Juzgado ha abierto en contra de directivos del BPA, por blanqueo de capitales, para sostener en dicho procedimiento la defensa de los derechos del pueblo venezolano, afectados por la manipulación y apropiación ilegítima de fondos de PDVSA, así como  para que, en razón del interés procesal colectivo que justifica  su comparecencia ante ese mismo Juzgado, se le permita el acceso a la información pertinente, y que para evitar mayor perjuicio irreparable al pueblo venezolano se atienda su petición de que se dicten las medidas cautelares que ese Juzgado considere procedentes para que no puedan ser retirados tales capitales y los frutos que le correspondan para garantizar así que dichos fondos se destinen para el bienestar de dicho pueblo, y para que se les deposite en un fondo especial que solo pueda ser administrado por ese Juzgado, o por quien designe, para evitar que sean apropiados por quienes se han servido de ellos para abrir cuentas personales o a nombre de terceras personas interpuestas. Finalmente, también por las razones expuestas, FRANKLIN HOET LINARES solicita se permita la adhesión a su petición de otros ciudadanos venezolanos o de sus asociaciones u organizaciones profesionales, de abogados o de trabajadores, que se puedan ver afectados por las manipulaciones ilegítimas de los fondos que pertenecen al pueblo venezolano al cual pertenecen.

 

En Wellington, Estado de Florida, Estados Unidos de América a los 23 días del mes de Marzo del 2015.

 


 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO II

 

CASO “LEOPOLDO LÓPEZ”: LA DESJUDILIZACIÓN DEL SISTEMA DE JUSTICIA O LA JUSTICIA COMO  VERDUGO  DEL ESTADO POLICIAL. LA VIOLENCIA POLÍTICA  COMO TERRORISMO DE ESTADO Y LA COMPLICIDAD DEL SISTEMA DE JUSTICIA.

 

I

LA VIOLENCIA POLÍTICA

 Las declaraciones de Leopoldo López contra el Gobierno de Maduro de corrupto, opresor  y  antidemocrático.  Sus declaraciones de que para lograr el cambio solo puede ser posible con el pueblo en la calle.  Y  de que tenemos que salir a conquistar la democracia, que denominó “la salida”, son fundamentalmente los elementos en que se basó el Ministerio Público  para imputarle los delitos de   instigación pública  para delinquir, de daños  a la propiedad en grado de determinador, incendio  de la Fiscalía en grado de determinador y de asociación para delinquir.  Ello con motivo de la marcha y protesta  del 12 de febrero de 2014  convocada por los estudiantes, su Partido y otras organizaciones.   Según el propio Ministerio Público las anteriores declaraciones, y de  sus  testigos oficiales  y la de de los funcionarios aprehensores, así como sus propia experticias,  son los elementos que le sirven de base para acusarlo  como autor o participe de tales delitos y por lo cual el Poder Judicial acordó llevarlo  la audiencia preliminar del procedimiento penal al que decidió someterlo.  Imputación fiscal que ostensiblemente se debe a la criminalización de la promoción del  ejercicio de la libertad reconocida constitucionalmente de reunión pacifica y de asociarse para protestar como parte de la libre expresión ciudadana, que lleva a cabo el Gobierno de manera  planificada, deliberada de  violencia política, que involucra al Sistema de Justicia. Un ejemplo patente  de esa política de violencia política, lo es el    Decreto Nº 1014 del 26 de junio de 2014,  por el que se  creó  la Brigada Especial contra las Actuaciones de los Grupos Generadores de Violencia (BEGV),  como un organismo especial de coordinación, análisis, evaluación, dirección,  ejecución e información para neutralizar y controlar las actividades de los grupos generadores de violencia.  Medida esta que, por su discrecionalidad, permite calificar de violenta cualquier conducta de quienes, en ejercicio de su derecho de reunión y de manifestación  expresen su descontento o malestar en forma pública en contra del Gobierno.  Lo más grave de este tipo de violencia política es que en su ejecución participan el Poder Judicial, el Ministerio Público y los órganos de investigación penal, que son componentes del Sistema de Justicia, a que se contrae el artículo 253, de la Constitución.

III

LA LEGITIMACIÓN DE LA VIOLENCIA POLÍTICA POR EL SISTEMA DE JUSTICIA

 En efecto, cuando los gobiernos fundamentalistas consideran que otros pensamientos o  ideologías, de grupos o de personas, no responden  a sus sistemas o creencias  políticas, que califican como dañinas o peligrosas para sus proyectos ideológicos, instauran como política la del enemigo público o   del Estado, para lo cual  utilizan  la acción política violenta  para intimidar a sus poblaciones e inclinarlas a la aquiescencia, para  eliminar o acabar con la disidencia  y  lograr sus objetivos políticos.   Tal política constituye una forma de “violencia política”,  que  en cierta manera es un terrorismo político y social, que esos gobiernos  justifican por razón de Estado, que sobrepasa todos los límites de la legitimidad del Estado.  Por lo que para justificarla o darle visos de legitimidad incorporan  en su planificación y ejecución a componentes del Sistema de Justicia, como ocurre, en la actualidad en Venezuela, cuando los máximos exponentes del Poder Judicial y del Ministerio Público, que integran dicho sistema,   se declaran al servicio del proyecto ideológico-político del Gobierno y defensores de los ideales del chavismo que lo inspiran.  Ciertamente, cuando  la  coacción  o persecución ilegítima por  motivos políticos o por el ejercicio de derechos fundamentales  procede del Ministerio Público o de los jueces,  a instancia de los gobiernos,   no hay duda que se trata de actos propios de violencia política o de terrorismo de Estado, con el agravante de que su origen es judicial.  Y cuando se comprueba que el  Sistema de Justicia, principalmente por  su omisión, inactividad o complicidad,  forma parte de esa violencia política,  se aparta flagrantemente de sus fines superiores de garantizar la integridad y supremacía de la Constitución y de asegurar la efectividad de sus normas y principios, de amparar a los ciudadanos en sus derechos y garantías constitucionales, de garantizar el debido proceso y  de que en los procesos judiciales se respeten estos derechos.  En los casos en  que el   Ministerio Público  y los tribunales se utilizan como medios de coacción o de persecución ilegítima, por inconstitucionales, desnaturalizan su carácter jurisdiccional y se convierten en órganos de intimidación, o lo que es más grave,  vienen a ser los verdugos de decisiones políticas  de condenas anticipadas.  El  Sistema de Justicia, en estos casos,  es un instrumento de los gobiernos que  emplean el uso sistemático de la violencia y las amenazas de violencia contra la ciudadanía, como parte de la violencia política o de terrorismo de Estado.

 

 

 

 

III

LEOPOLDO LÓPEZ PRESO DE CONCIENCIA

 Tratándose de manifestaciones propias del derecho de libertad de pensamiento y de expresión y de que  constitucionalmente  ninguna persona puede ser enjuiciada por su credo o conciencia  y además  porque no es posible responsabilizar a nadie por  supuestos daños colectivos, un  Ministerio Público y   Poder Judicial  independientes, que proceden con libertad de criterio   e idoneidad,  de un verdadero Estado  democrático,  en lugar de acordar el  enjuiciamiento de Leopoldo López por estos motivos desestimaría la acusación o  acordaría el  sobreseimiento del procedimiento.   Lo cierto es que  Leopoldo López ha sido acusado por causa de sus creencias  y por ejercer el derecho de reunión y de manifestación,  por lo que es un preso de conciencia del Gobierno,  y el Poder Judicial debió  acordar su libertad  de manera inmediata e incondicional.  El  Ministerio Público y el Poder Judicial, por el contrario,  aparecen  como parte de  un entramado policial de seguimiento contra Leopoldo López,  como parte  de una sistemática y planificada  persecución  por el Gobierno,  o de violencia política, de lo cual es muestra ostensible, por ser un hecho notorio comunicacional, que a partir de enero del 2013, Nicolás Maduro,  como Presidente de la República, públicamente, en diferentes  oportunidades, inclusive en cadena nacional , ha  venido señalando que  Leopoldo López debía ir preso   por  sus  opiniones emitidas en contra de su Gobierno.  En efecto, es notorio, por conocido y no discutido,  que  durante más de un año, a partir de enero del 2013, Nicolás Maduro  públicamente  y  abiertamente expresaba  su deseo de que Leopoldo López fuera apresado  y en diversas oportunidades, por lo menos,  en  diez oportunidades, en cadena nacional,  anunció que iba a ir   preso,  simplemente por las opiniones emitidas en contra de su Gobierno.

 Dentro de ese contexto de persecución sistemática  se emite una orden de captura en su  contra  y es sometido a juicio por el Poder Judicial imputándosele  los delitos de daño, incendio, instigación y asociación para delinquir,  violándose sus garantías del debido proceso.  ¿Cuáles fueron las razones para que Maduro señalara que Leopoldo López debía ir preso y que el Sistema de Justicia ejecutara su decisión de que fuera preso?.  Sus declaraciones en  contra el Gobierno de corrupto, opresor  y  antidemocrático;  y de que para  lograr el cambio solo puede ser posible con el pueblo en la calle; y  de que tenemos que salir a conquistar la democracia.  

IV

LAS OPINIONES POLITICAS DE LEOPOLDO LÓPEZ CRIMINALIZADAS

En efecto,  como lo han dicho sus defensores y el propio Ministerio Público, con base   al  solo el testimonio de 115 testigos , de los cuales 110 son funcionarios del Ministerio Público y del Estado  y  de la presentación  de  cuatro  (4)  videos  de sus discursos  y sin permitírsele  la presentación de treinta (30) testigos presenciales,  cuyo testimoniales había solicitado  su defensa en la fase preparatoria de investigación,  las acusaciones que  se  hacen a Leopoldo López, son:

1)       Llamados a la violencia,  el desconocimiento de las autoridades legítimas y la desobediencia de las leyes, que desencadenó un   ataque desmedido contra la sede del Ministerio Público por un grupo de personas que, si bien   actuaron de forma individual,  fueron influenciados por sus  discursos. 

 

2)       Haber denunciado al Estado como corrupto ineficiente y antidemocrático,  en una campaña pública y agresiva contra el Presidente de la República y las instituciones del Estado, y porque dijo que el actual gobierno tiene vínculos con el narcotráfico, y que era necesario salir para conquistar la democracia y que para ello el cambio o la salida sólo iba a ser posible con el pueblo en la calle.

3)       Haber  llamado al pueblo venezolano a conquistar la democracia  con el fin de desconocer la legitimidad del Ejecutivo Nacional, así como de los Poderes Públicos, porque éstos están secuestrados.

4)       Que   los daños causados a la sede del Ministerio Publico fueron ejecutados como consecuencia de la persuasión e inducción realizada por el ciudadano Leopoldo López, por la fuerte influencia, no sólo  en la  manera de pensar, sino en las potenciales acciones de sus destinatarios, quienes actuaron y cumplieron cabalmente su mensaje.   Y;

5)      La  existencia de una “estructura delictiva”  por su parte,  con un plan criminal para propiciar la renuncia o salida de Nicolás Maduro,  y  desarrollar un  plan criminal, que no es otro que persuadir o inducir a un grupo de personas para desconocer las autoridades legítimas y las leyes para propiciar la salida del Presidente de la República.

V

LA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LEOPOLDO LÓPEZ POR PARTE DEL SISTEMA DE JUSTICIA

     El enjuiciamiento a que se somete a Leopoldo López, por los motivos anteriores, que son manifestaciones de sus derechos políticos, consustanciales con su condición de persona y de ciudadano, que conforman sus libertades políticas,   es un irrespeto por parte del Estado venezolano y de su Sistema de Justicia,  del compromiso constitucional e internacional de cumplir con la Declaración Universal de los Derechos Humanos que prohíbe  que las personas puedan ser enjuiciadas por su opinión política, o  por ejercer o promover el ejercicio de derechos fundamentales, o por motivos de raza, religión, opinión, color de la piel u origen étnico. Puesto que es evidente que  Leopoldo López  no utilizó, ni  actúo o promovió la violencia para ejercer esos derechos,  como se desprende del hecho notorio comunicacional donde se recogieron las  declaraciones de su discurso sobre la no violencia y la lucha pacífica, constitucional y democrática y de tomar la calle sin violencia para exigir los derechos que consagra la Constitución.  Por tanto,  es una trasgresión a sus derechos fundamentales  su enjuiciamiento por una falacia judicial.  Y  asimismo, su enjuiciamiento  como determinador,  por un incendio sucedido   en una manifestación pública,  viola el principio de la personalidad de la pena,  puesto que se le atribuye a su propia acción un supuesto delito colectivo, atentando gravemente contra la inviolabilidad de la libertad personal, en razón que en aún en estos casos  solo han de responder penalmente como autores o determinadores quienes realizaron o ejecutaron directamente la actuación delictiva, o quienes participaron en el acto concreto.   Por ello la sola participación de una persona en una manifestación  pública,  o por su convocatoria, constitucional y legalmente no permite atribuirle la comisión de los delitos  que puedan cometerse durante esas protestas.

VI

LAS VIOLACIONES A LAS GARANTIAS DEL DEBIDO PROCESO DE LEOPOLDO LÓPEZ POR EL MINISTERIO PÚBLICO

 De lo que puede desprenderse de las informaciones de su proceso,  el Ministerio Público, con la conformidad del respectivo Tribunal de Control, que dispuso su enjuiciamiento y lo mantiene privado de su libertad  en el Centro de Reclusión de Procesados Militares (CENAPROMIL),  ha incurrido en las siguientes violaciones al respeto de los derechos y garantías constitucionales en el proceso judicial que se le sigue:   

a)       La  vulneración de los principios de transparencia, objetividad e imparcialidad y de afirmación de la libertad,  por parte de la Fiscalía General de la República,  al no permitírsele su plena defensa en la fase preparatoria de investigación,  y porque  no obstante calificarse ella misma, desde el inicio de la investigación  y  al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas,  como las  víctimas de los delitos imputados a Leopoldo López, no se abstuvo de practicar diligencias por sus propios funcionarios, a  pesar de su claro y evidente interés en el  proceso penal.

b)      El haber promovido como testigos, ochenta (80) de ellos  del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, quien es una  supuesta víctima del proceso y a peritos, militantes del partido político PSUV.

c)       El no haberle informado a Leopoldo López, como imputado, de todos  los hechos por los cuales se le investiga, por cuanto  en el momento de la celebración de la audiencia de presentación, fue cuando el Ministerio Público formuló imputación formal  por la presunta comisión de los delitos de determinador en incendio, instigación pública, daños y asociación; lo que, sin embargo, fue acogido por el Tribunal de Control  sin que hubiera  sido objeto de la imputación y no obstante jurisprudencia en contrario de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia.

d)     La violación  por el  Ministerio Público  de   su obligación de ser claro en la determinación de la calificación jurídica de los hechos imputados  y de su  deber realizar un nuevo acto de imputación formal cuando cambie la calificación  de los hechos e incluso  el grado de participación del presunto responsable del mismo acto.

e)      La violación del derecho de juzgamiento en libertad, que debe garantizar el Ministerio Público, como garante de ese derecho en los procesos penales, en virtud de mandatos legales, constitucionales y de tratados internacionales de derechos humanos,  que impiden la interpretación  extensiva y desproporcionada de las medidas cautelares de privación de libertad,  y  que sin embargo, tanto el Ministerio Público como  el Tribunal de Control han desconocido.  Que, además, constituye tanto por el Ministerio Público y por el Juez de Control un desacato a  la doctrina vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, que en su sentencia Nº 1212 del 14.06.2005, estableció que en los procesos penales la medida cautelar debe ser la menos gravosa, en lugar de la detención.

f)       La violación de la garantía constitucional del respeto a la dignidad  humana de las personas detenidas, ya que a Leopoldo López,  se le mantiene en una prisión militar, en el centro de reclusión CENAPROMIL, en condiciones de aislamiento y confinamiento,  al prohibírsele visitas de personas que no sean esposa, padre, madre y abogado y  de mantener contacto con otras personas  privadas de libertad.

g)      La violación del derecho a la  privacidad de  las comunicaciones que  Leopoldo López pretende enviar y  las que recibe, la cual es revisada por  los efectivos militares custodios del centro de reclusión. Restricciones y tratos estos y los anteriores, que representan sanciones ilegales  y  que  por tratarse de imposición de un dolor o sufrimiento físico y moral,  graves, por funcionarios públicos directamente involucrados con el propósito de coartar sus derechos, constituyen el delito de tortura, según el artículo 1º de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Y que además violan las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los Reclusos.  A todo lo cual han contribuido la Fiscalía General de la República y el Poder Judicial.

h)      La violación de la garantía del derecho de la defensa y de la privacidad de de las comunicaciones abogado-cliente, ya que  toda la documentación que los defensores  pretenden entregar a Leopoldo López es revisada por los custodios militares del centro de reclusión.

i)        La violación de los principios de la personalidad de la responsabilidad penal y de la no interpretación extensiva de la ley penal, que determinan la constitucionalidad de los procesos por asociación para delinquir, porque  se le imputó el delito de delincuencia organizada, por el único criterio de  la supuesta influencia que tuvieron sus discursos en el  grupo de personas a quienes se les imputó el delito de daños contra la sede del Ministerio Público.

Al contrario de su función como órgano del Sistema de Justicia y del Poder Ciudadano, de gestionar y solicitar ante la Administración de Justicia el respeto de los derechos y garantías constitucionales y la buena marcha de la Administración de Justicia y el debido proceso,  en el procedimiento seguido en contra de Leopoldo López, el Ministerio Público ha actuado como un verdadero verdugo y de cómplice de las torturas a las que se le ha sometido.  Ello es un componente más de la violencia política que como política de terror ha venido aplicando el Gobierno de Maduro, con el apoyo del Sistema de Justicia, quien actúa como su ejecutor, junto con los cuerpos de la policía política y hasta de la Fuerza Armada.  A ello se suma la inactividad del Poder Judicial ante tales violaciones, no obstante su deber constitucional de asegurar las garantías del debido proceso.

 

VII

LA CALIFICACIÓN INTERNACIONAL DEL ENJUICIAMIENTO DE LEOPOLDO LÓPEZ COMO PRESO DE CONCIENCIA

 

 La prisión de Leopoldo López recuerda los casos  de los presos de conciencia  que ocurrieron o tuvieron lugar  bajo diferentes sistemas políticos, como el del abogado español  Antonio Amat,  que en 1958 fue enjuiciado por el Gobierno de Franco  haber intentado organizar un grupo democrático.  Del dominicano Pablo Liberato Rodríguez, en 1980, quien fue  encarcelado por promover manifestaciones públicas contra el gobierno.  Del ruso Enn Tarto por oponerse en 1983 a la construcción de un puerto comercial en Estonia.  O el caso del vietnamita  Nguyen  Chi Thien,   detenido en 1979 por haber publicado en sus poemas críticas contra el régimen unificado de Vietnam.  O casos más recientes como el de los  cubanos Guillermo Fariñas y Orlando Zapata, encarcelados por protestar por la falta de libertad en Cuba.  O del cubano Rolando Jiménez Posada por dirigir un Centro de Democrático de Derechos Humanos.   Y de  Iván Fernández, disidente cubano,  encarcelado desde 2013 por exponer sus opiniones políticas y por participar en una protesta pacífica.   También en China, el  caso de Liu Xiaobo, escritor y activista de derechos humanos chino, encarcelado desde  2009 por promover la reforma política, reclamar la protección efectiva de los derechos humanos y  la democratización de la República Popular China.  Y, el caso reciente del ecologista  ruso, Yevgeny Vitishko  que fue detenido por la policía, acusado de “actos de incivilidad” y condenado a detención administrativa,  por  proferir expresiones malsonantes  contra el gobierno mientras esperaba en una parada de autobús , y a quien se le prohibió  hablar  de los daños medioambientales causados por la construcción de las infraestructuras olímpicas construidas por el gobierno ruso y  criticar al gobierno  de  Vladimir Putin.   Y,  por último, la prisión de Leopoldo López,  con las diferencias del caso, recuerda el caso del enjuiciamiento de  Nelson Mandela, en 1962, por el Gobierno Sudafricano. Tan grave es el caso de Leopoldo López que, por su semejanza con casos como los anteriores,  que Amnistía Internacional, por ejemplo, lo incluyó dentro de los casos a evaluar como preso de conciencia, a la luz el derecho internacional de los derechos humanos.

 

 

VIII

EL FUNDAMENTALISMO POLÍTICO DEL GOBIERNO DE MADURO Y LA COMPLICIDAD DEL SISTEMA DE JUSTICIA EN SU JUSTIFICACIÓN.

 Lo sucedido con Leopoldo López, de ser enjuiciado por sus opiniones y por ejercer y promover los derechos de manifestar y protestar públicamente; así como de atribuirle responsabilidad directa personal por un hecho colectivo, al igual que la interpretación que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, dio al artículo 68 de la Constitución; forman parte del fundamentalismo político del presente régimen que lleva a considerar como contrario al orden público y al ordenamiento jurídico las manifestaciones públicas de protesta en contra del gobierno  por parte de quienes las promuevan sin que hubieran sido autorizadas previamente. En efecto, como todo fundamentalismo el orden público para el Gobierno de Maduro es el que es propio de su pensamiento y contrario el que disienta,   que es característico de los partidos que suponen que la sociedad es homogénea, y cuya conducta es determinada por una unilateral visión ideológica-política.  Ese fundamentalismo es el que se contiene  también en la sentencia de dicha Sala N° 276, del 24 de abril del presente año, por el que se declaró que el artículo 68 de la Constitución no es un derecho preeminente sino relativo sujeto a la discrecionalidad de las autoridades políticas y que por adelantado califica de  incursos en desobediencia de autoridad a quienes manifiesten públicamente sin la previa autorización. 

La interpretación fundamentalista de la Sala Constitucional respecto del derecho de manifestar olvida que  este derecho, junto con el derecho de expresión, de libertad de religión, de reunión, de libre asociación y de libertad de tránsito, y el derecho de la comunicación  libre y plural  y de participación en los asuntos públicos y de asociación con fines políticos, son todos componentes inescindible del núcleo esencial del derecho del libre desenvolvimiento de la personalidad, es decir, de la libertad, que es un valor superior del ordenamiento jurídico. Por lo que las restricciones impuestas a estos derechos que signifiquen la perdida de la espontaneidad y libre voluntad que por definición los caracteriza; implica una pérdida del valor supremo de la libertad, que según la Constitución es preeminente sobre cualquier poder o potestad del Estado. Y que obliga al Poder Judicial a interpretar  restrictivamente,  en favor del ciudadano, las limitaciones de tales derechos que contemplen las leyes, como el de la participación, con veinte y cuatros horas de anticipación,  a las autoridades civiles, por parte de los organizadores de las reuniones o manifestaciones que piensen realizar, a que se contrae el artículo 43 de la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas Y Manifestaciones.  De forma que interpretar esa participación como una autorización previa es eliminar la libre espontaneidad y voluntariedad que supone el derecho de reunirse y de manifestar públicamente, como parte esencial del derecho de libre pensamiento, de expresión, de asociación  y de comunicación.  Al igual que es fundamentalismo político sectorizar o zonificar como prohibidas para las reuniones y manifestaciones  de la disidencia,  la totalidad de circunscripciones  del  territorio nacional  donde partidarios del gobierno sean sus autoridades.  Como ocurre con el Municipio Libertador del Distrito Capital,  cuyo Alcalde declaró su territorio como zona prohibida para las manifestaciones de la disidencia.

La verdad, que la prisión de Leopoldo López,  por sus opiniones y por la promoción y ejercicio de los derechos fundamentales de pensamiento, de expresión, de asociación, de reunión, de comunicación  y de manifestación y la ausencia de su responsabilidad personal directa en un supuesto delito colectivo;  y que  permiten definirlo y considerarlo , a la luz del derecho constitucional e internacional de los derechos humanos, como un prisionero de conciencia, y que obligan a su inmediata  e incondicional libertad; no es sino una representación más del fundamentalismo político e ideológico del Gobierno de Maduro contra la disidencia, que se patentiza gravemente también en la sentencia  de la Sala Constitucional N° 276, del 24 de abril del 2014 y en la prohibición de las reuniones y manifestaciones de los opositores en todo el Municipio Libertador del Distrito Capital.  Así como con la complicidad del Poder Judicial,  que en lugar de ser  guardián de la libertad ,  asume, la función de carcelero y verdugo de presos de conciencia, al  permitir el juzgamiento de Leopoldo López, por razones políticas,  y al no respetarle su derecho a ser juzgado  en libertad. Dentro de ese fundamentalismo político, el Gobierno de Maduro califica de conspirador a quien realice manifestaciones en Venezuela para criticar su gobierno y de traidor a la patria a quien exprese sus reclamos o críticas desde el exterior.

 

IX

EL ENJUCIAMIENTO Y LA PRISIÓN DE LEOPOLDO LÓPEZ COMO APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE TERRORISMO DE ESTADO O DE LA GLOBALIZACIÓN POLICIAL DE LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO. 

 La prisión de Leopoldo López, es uno de los mejores ejemplos que ponen de manifiesto la violencia política del Gobierno de Maduro,  cuyo objetivo es  domesticar la protesta social,  al evidenciarse claramente las líneas de un  terrorismo de Estado, de amedrentamiento, persecución y control,  y concretamente de considerar  la protesta como una amenaza a la paz social y a la seguridad del Estado, con la complicidad del Ministerio Público y del Poder Judicial,  que se manifiesta en las siguientes medidas y acciones:

En primer lugar, la consagración de  la delación de enemigos ideológicos, o del llamado “infiltraje”, o de  la  incentivación a la delación, como política de Estado y que, tiene sus antecedentes en el Decreto  del 1º de junio del 2010, que creó el Centro de Estudio Situacional de la Nación, en el Decreto del 7 de octubre de 2013,  que creó el Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria, y recientemente en el Decreto Nº 1014 del 26 de junio de 2014,   que  creó  la Brigada Especial contra las Actuaciones de los Grupos Generadores de Violencia (BEGV), de donde se desprende la obligación de la delación.  Para lo cual  se  califican de secretas las delaciones en materias de seguridad del Estado.

En segundo lugar, el empleo de personal  civil y de grupos paramilitares en el control, vigilancia y represión de las manifestaciones y protestas.

En tercer lugar,  la criminalización de las manifestaciones de descontento, con el apoyo de la jurisprudencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, como la contenida en la sentencia   de  24 de abril de 2014, que impuso el control y la censura previa a las manifestaciones y reuniones públicas, bajo la consideración de que su falta es delictual; y en las sentencias del 19 de marzo de 2.014, dictada en el Caso del Alcalde del Municipio San Diego,  Vicencio Scarano Spisso  y del 10 de abril del mismo año, en el Caso del Alcalde del Municipio San Cristóbal,  Daniel Ceballos, por las que  la Sala Constitucional se convirtió en tribunal penal para condenar a alcaldes de oposición, por hechos relacionados con las protestas ciudadanas y estudiantiles en contra del Gobierno de Maduro. 

En cuarto lugar,  la amenaza y castigo tanto por el propio Gobierno, como por el Tribunal Supremo de Justicia, de sancionar a los jueces que no condenen a quienes se les califique de violentos.

En quinto lugar, las detenciones masivas  de personas que posteriormente  mayoritariamente los jueces ponen libertad condicional, con restricción de sus derechos a expresarse libremente y de  manifestar públicamente,  que por cuanto su  identidad y  datos de residencia quedan en manos de los cuerpos policiales,  se les somete al control permanente de sus actividades políticas y del ejercicio de sus libertades civiles.

En sexto lugar, la militarización y el armamentismo exacerbado y desproporcionado de los cuerpos policiales y la protección a grupos paramilitares anti movilizaciones.

En séptimo lugar, la creación de un cuerpo policial especializado para controlar y reprimir la protesta,  como la Brigada Especial contra las Actuaciones de los Grupos Generadores de Violencia (BEGV),  que somete la libertad de organizar y participar en acciones de protesta en objeto a un control  y  vigilancia permanente del gobierno y a sanciones latentes.

En octavo lugar,  la discrecionalidad de autoridades civiles, fiscales, policiales y  hasta  judiciales, para calificar de violenta  y de delictual cualquier conducta de quienes, en ejercicio de su derecho de reunión y de manifestación,  expresen su descontento en forma pública en contra del gobierno.

En noveno lugar, la promulgación de leyes mordaza de  la ciudadanía, que permite la impunidad policial y que permiten  detenciones arbitrarias y  masivas y  que penalizan a quienes manifiesten su disconformidad con respecto a las políticas oficiales.

En décimo lugar,  la utilización de la fuerza electoral  como fundamento de la violencia política,  para instaurar un «estado policial», que elimina la pluralidad como base del sistema democrático. 

En undécimo lugar, el espionaje masivo, la persecución de activistas y  el asedio a quienes  practican el periodismo  crítico, a través de interferencias e intercepciones ilegales de las comunicaciones, manipulación de mensajes de datos y correos electrónicos  y de allanamientos intempestivos o acordados liberalmente por los jueces.

X

LA DESJUDICIALIZACIÓN DEL SISTEMA DE JUSTICIA

 Pero sobre todo, la violencia política o terrorismo de Estado, dentro de lo  que podría llamarse “la globalización policial de la instituciones del Estado”, es institucionalizar  un  sistema judicial radicalmente político e ideológico, totalmente dominado por el Gobierno, para inculpar y condenar a  “los desestabilizadores” del Estado  y  para amordazar y acorralar a los grupos políticos más activos, como está ocurriendo con los dirigentes de Voluntad Popular. En esa violencia política participa el Sistema de Justicia como ejecutor de decisiones políticas de  acoso a los disidentes,  mediante falacias fiscales y judiciales, para eliminar la protesta social.   A ello contribuye, como factor   la “desjudialización” de su  Sistema de Justicia·, fundamentalmente porque  la  independencia del Poder Judicial venezolano  no solo está amenazada sino intervenida, desestabilizando la carrera judicial  a través de “jueces desechables”, porque su estabilidad no está garantizada,  ya que su inmensa mayoría la componen jueces temporales o provisionales. Y además por cuanto el  Poder Judicial está totalmente intervenido por los Poderes Ejecutivo y Legislativo y por las autoridades superiores del propio Poder Judicial, que impiden la libre apreciación del Derecho por los jueces. Intervención externa e interna esta en el Poder Judicial que, según el Informe “Fortaleciendo el Estado de Derecho en Venezuela”, de la Comisión Internacional de Juristas, de mayo de 2014,  en la actualidad no es un hecho aislado sino “sistemático” y un hecho “arraigado” y “un modus operandi” en el Estado venezolano.  Por ejemplo, caso como el de la Jueza María Lourdes Affiuni, perseguida por el desempeño independiente de sus funciones, según el Informe mencionado, ·”ha generado impactos negativos sobre la independencia de otros jueces, que ahora temen represalias similares en caso de emitir sentencias desfavorables para el Gobierno”.

  Lo señalado en el Caso de Leopoldo López, como preso de conciencia del Gobierno de Maduro, al  igual que el Caso de la Jueza Maria Lourdes Affiuni, son ejemplos paradigmáticos de la desjudialización del Sistema de Justicia en Venezuela,  debido a la indebida actuación del Ministerio Público y  de la dependencia del Poder Judicial  del resto de los Poderes Públicos.  Esa indebida actuación de la Fiscalía General de la República y la falta de independencia del Sistema de Justicia, son la causa de su defenestración como Poderes Públicos y como componentes del Sistema de Justicia, que como se dijo tienen como sus fines superiores garantizar la integridad y supremacía de la Constitución y de asegurar la efectividad de sus normas y principios, de amparar a los ciudadanos en sus derechos y garantías constitucionales, de garantizar el debido proceso y  de que en los procesos judiciales se respeten estos derechos.  En efecto, la referida Comisión Internacional de Juristas da cuenta de esa falta de independencia de la Justicia en Venezuela,  confirmando que el Ministerio Público, cuya función constitucional además de proteger los derechos es la de dirigir la investigación penal y ejercer la acción penal, sin embargo, ha incumplido la normativa que lo rige “al actuar sin garantías algunas de independencia e imparcialidad de los demás  poderes públicos y de los actores políticos, con el agravante que los fiscales en casi su totalidad son de libre nombramiento y remoción y por tanto, vulnerables a presiones externas y sujetos a órdenes superiores” .

   Igualmente en el Informe en cuestión se confirma que en la designación del Poder Judicial y del Tribunal Supremo de Justicia, o TSJ,  han privado criterios predominantemente  políticos. Como que también la mayoría de los jueces son provisionales y vulnerables a presiones externas y que tienen una marca tendencia partidista y que son suspendidos o destituidos, aún siendo titulares, sin acusación o procedimiento alguno.  No es extraño, pues, que se diga que a pesar que Venezuela tiene una de las más altas tasas de homicidio, sin embargo, la impunidad llega a niveles cercanos al 95%,  y que en los casos de violaciones a derechos humanos es cercana al 98%.  Asimismo, la desjudialización del Poder Judicial por su falta de independencia es patente cuando en el Informe, en comento, se dice  que el poder judicial, precisamente por estar sujeto a presiones externas, no cumple su función de proteger a las personas frente a los abusos del poder sino que por el contrario, en no pocos casos es utilizado como mecanismo de persecución contra opositores y disidentes o simples críticos del proceso político, incluidos dirigentes de partidos, defensores de derechos humanos, dirigentes campesinos y sindicales, y estudiantes”. 

XI

 LA JUSTICIA COMO BRAZO EJECUTOR DE LA PERSECUCIÓN POLÍTICA

 En cuanto al Caso “Leopoldo López”, al igual que el de los Alcaldes del Municipio San Diego y San Cristóbal, de los Estados Carabobo y Táchira, respectivamente, y el de otros detenidos por protestar o manifestar,  lo expresado en el Informe mencionado,  respecto de la violencia política como política de Estado, para reprimir las protestas por el profundo malestar social existente en Venezuela, es significativo la denuncia grave que allí se contiene sobre  la participación del Poder Judicial como brazo ejecutor de dicha violencia política gubernamental, al prestarse para criminalizar la protesta ciudadana al enjuiciar a 1.200 personas detenidas, sin que hayan cometido actos tipificados como delitos, y sin que haya avanzado significativamente en el castigo a los responsables  de las violaciones a los derechos humanos en las que han incurrido los cuerpos de seguridad y los grupos armados civiles protegidos por éstos, en la represión de las recientes protestas,  y en los 14 casos de tortura y de tratos crueles y  en el uso desproporcionado de la fuerza pública.

 

 

 

XII

REFLEXIÓN FINAL

 

 Del análisis del Caso “Leopoldo López” se puede concluir, que como parte de la violencia política, o de terrorismo de Estado, en el Gobierno de Maduro:

1)      El proceso penal se utiliza para criminalizar reclamos y protestas sociales y no como instrumento para administrar la Justicia.

2)      En el proceso penal ni el Ministerio Público, ni el Poder Judicial, cumplen con las garantías constitucionales del debido proceso y de protección de la libertad y de la integridad de las personas.

3)      El proceso penal, en base al diferimiento de audiencias, se convierte en un castigo por la duración indefinida de las medidas de coacción.

4)      El proceso penal se emplea para perseguir sectores políticos.

5)      En el proceso penal por una supuesta razón de Estado se prescinde de las garantías propias del Estado democrático de Derecho.

6)      En el proceso penal contra dirigentes políticos de oposición se les confina en centros de reclusión militares.

7)      En el proceso penal en contra de dirigentes políticos de oposición se violan las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los Reclusos, imponiéndole restricciones propias de un confinamiento que causan dolor y sufrimiento a los procesados y a sus familiares.

 

Puede afirmarse, en consecuencia, respecto del Caso de “Leopoldo López”, que, conforme el criterio de  la Comisión Interamericana de Derechos Humanos,  el Gobierno de Maduro ha abusado del poder punitivo del Estado para criminalizar las protestas y reclamos sociales y para perseguir a sectores políticos (Comunicado N36/10 del 25.03 e Informe sobre los Derechos Humanos de Venezuela de 2010).  Y que según los estándares internacionales el Gobierno de Maduro, y el Ministerio Público y el Poder Judicial como sus instrumentos, menosprecian el criterio jurisprudencial del Derecho de los derechos humanos,  que establece, que el respeto a estos derechos  es aún más importante cuando el Estado ejerce su poder sancionatorio, pues éste no sólo presupone la actuación de las autoridades con un total apego al orden jurídico, sino que implica además la concesión de las garantías mínimas del debido proceso a todas las apersonas que se encuentren sujetas a su jurisdicción” (Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso “Tribunal Constitucional Vs. Perú, Sentencia del 31.01.2001, Fondo, Reparaciones y Costas).

 

  Finalmente, el Caso de “Leopoldo López”, como preso de conciencia más que conmover, que de humano es propio,  ha de hacernos rebelar contra la injusticia de la Justicia. Y  aunque  es cierto que  para gozar la libertad es necesario a veces pagar  el precio de perderla,  como la ha hecho Leopoldo López,  porque como decía el Quijote a Sancho, por ser   la Libertad “uno de las más preciosos dones que a los hombres dieron los cielos” y que “con ella no pueden igualarse los tesoros que encierra la tierra y el mar”,  por lo que, en consecuencia,  por la libertad, así como por la honra, se puede y debe aventurar la vida”.  Sin embargo,  si ese es el sacrifico a que se ha sometido Leopoldo López, como un preso de conciencia,  recordemos que también es un precio que paga por la libertad de todos, por lo que, ante su caso y de tantos otros que se han sacrificado igual que él,  debemos repetir, las palabras del educador mexicano Abel Pérez Rojas, “Cuando veo la situación de los presos de conciencia, mi libertad me incomoda”. 

 

Caracas 10 de julio de 2015




[1] Trabajo elaborado para el Seminario “Corrupción y Democracia en América Latina”, celebrado en Washington el 09.09.2014, organizado por America’s Fórum, Interamerican Institute by Democracy, Diario Las Américas y Federación Interamericana de Abogados;  y actualizado en  octubre de 2014 y  en marzo, abril, mayo, junio, agosto y octubre de 2015 para  el  GRUPO TREN (Talleres de Reconstrucción Nacional)  de Valencia, Estado Carabobo 
[2]  Mérida, Venezuela (02.12.1941) Abogado (Universidad Católica Andrés Bello, de Caracas, 1965 y  Doctor en Derecho (1977). Consultor Jurídico del Instituto Agrario Nacional (1972-1974). Gerente Legal de Maraven, filial de Petróleos de Venezuela (1974-1979). Consultor Jurídico de la Presidencia de la República de Venezuela (1979-1982). Magistrado de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo (1982-1986). Magistrado de la Corte Suprema de Justicia (Sala Político-Administrativa) (1989-1992). Profesor de postgrado en derecho constitucional (Universidad Católica Andrés Bello, Universidad Central de Venezuela y Universidad Monte Ávila)   Doctor Honoris Causa de la Universidad de Los Andes (Mérida, Venezuela, 2004). Profesor Honorario de la Universidad Católica de La Plata (Argentina,  2010) Socio de Hoet Peláez Castillo & Duque desde 1992. Ex Presidente del  Colegio de Abogados del Distrito Federal; Miembro de la Comisión Andina de Juristas;  Vicepresidente del Instituto Latinoamericano del "Ombudsman”. Presidente de la Fundación Alberto Adriani. Miembro de la Federación Interamericana de Abogados.
[4] http://www.elnuevoherald.com/opinion-es/opin-col-blogs/andres-oppenheimer-es/article23287224.html
[5] http://es.wikipedia.org/wiki/Corrupci%C3%B3n_en_Venezuela
 
[6] http://es.wikipedia.org/wiki/Corrupci%C3%B3n_en_Venezuela
[7] El Universal, domingo 27 de julio de 2014, Joseph PoliszuK, “Corrupción Importada…Primero Antonini, luego “las coimas” y ahora el arroz... Entre Caracas y Buenos Aires hay una estela  de dudas a la sombra de un intercambio que desde 2002 suma 13. 605 millones de dólares
[8] http://es.wikipedia.org/wiki/Corrupci%C3%B3n_en_Venezuela
 
[9]http://www.el-nacional.com/economia/candidato-juzgado-crear-empresas-maletin_0_473352844.html#.VAPTtfn239Q.twitter
[10]  Han  sido  señalados como presuntos involucrados en el desfalco el Mayor Manuel Barroso, Presidente de CADIVI,  el General de Brigada Félix  Osorio, quien presidió MERCAL; el Teniente Coronel (R), William Fariñas,  hoy diputado, que dirigió el Fondo Único Social, y los Tenientes Coroneles, Eduardo Escalante Pérez y Víctor Flores Correa, que se desempeñaron sucesivamente como Vicepresidentes de CADIVI,  y Nelson Darío Montaña, que fue Gerente de Verificación Aduanal, y Francisco Navas, quien fue Gerente de Importaciones y Seguimiento de Exportaciones. De estos oficiales  solo se ha mencionado las averiguaciones contra este último (http://www.el-nacional.com/economia/Solo-investigado-oficiales-manejo-Cadivi_0_457754317.html)
[11] http://evansnicmer.blogspot.com/ (01.09.2014)
[12] http://es.wikipedia.org/wiki/Corrupci%C3%B3n_en_Venezuela HYPERLINK "http://es.wikipedia.org/w
 
[13] http://es.wikipedia.org/wiki/Corrupci%C3%B3n_en_Venezuela
[14]  http://www.reportero24.com/wp-content/uploads/2015/06/INFORME-OT%C3%81LVORA-Abren-proceso-judicial-a-Lula-por-financiar-a-Cuba-y-Venezuela.png
 
[15] El Nacional, viernes 30 de enero de 2015 (4 Economía
[16]. http://www.rietedelgobierno.net/2015/03/18/se-destapo-esa-olla-illaramendi-confeso-en-eeuu-que-rafael-ramirez-y-el-estafaron-pdvsa/
 
[17] http://es.wikipedia.org/wiki/Corrupci%C3%B3n_en_Venezuela
 
[18] El Universal, del domingo 27 de julio de 2014,  Joseph PoliszuK,Corrupción Importada…Primero Antonini, luego “las coimas” y ahora el arroz... Entre Caracas y Buenos Aires hay una estela  de dudas a la sombra de un intercambio que desde 2002 suma 13. 605 millones de dólares
[19] Diario “El Clarín” (http://www.clarin.com/politica/sospechas-corrupcion-negocios-Venezuela_0_1169883059.html)
[20] ABC,  36 Internacional, martes 27 de enero de 2015.
[21] http://lat.wsj.com/articles/SB10450819598240473431204580651731496515288?tesla=y
[22] http://cnnespanol.cnn.com/2015/05/18/ee-uu-investiga-a-diosdado-cabello-segun-el-wall-street-journal/
[23] http://lat.wsj.com/articles/SB11038535837373284215604580648993253798612?tesla=y
[24]http://www.venezuelaaldia.com/2015/04/que-que-segun-el-aissami-chavez-mando-a-hacer-mutis-con-corrupcion-de-rafael-isea/
 
[25] http://lat.wsj.com/articles/SB10450819598240473431204580651731496515288?tesla=y
 
[26] https://xe81a7b80b1dtblb2.wordssl.net/el-new-york-times-lo-confirma-diosdado-cabello-bajo-investigacion-de-la-dea/
[29] http://www.larazon.es/ee-uu-rastrea-el-dinero-de-la-droga-en-suiza-y-andorra-LC9774814#.Ttt1wQYGQAgWuc0
[30] http://internacional.elpais.com/internacional/2015/05/20/actualidad/1432081421_097807.html
[31] Con relación a este caso la fuente de información consultada es Tablante, Carlos, “Notas Estructuradas y El Asalto a las Finanzas Públicas” ( Noticiero Digital, 23 de septiembre de 2014, (http://www.noticierodigital.com/2014/09/notas-estructuradas-y-el-asalto-a-las-finanzas-publicas/)
[32] http://es.wikipedia.org/wiki/Corrupci%C3%B3n_en_Venezuela
[33] http://es.wikipedia.org/wiki/Corrupci%C3%B3n_en_Venezuela
[34] http://es.wikipedia.org/wiki/Corrupci%C3%B3n_en_Venezuela
 
 
[35] http://www.venezuelaaldia.com/2015/04/que-que-segun-el-aissami-chavez-mando-a-hacer-mutis-con-corrupcion-de-rafael-isea/
[36] http://runrun.es/nacional/inbox/198800/ismael-garcia-solicita-al-tsj-investigar-a-tarek-el-aissami-por-callar-hechos-de-corrupcion.html
[37] http://es.wikipedia.org/wiki/Corrupci%C3%B3n_en_Venezuela
 
[38]  http://es.wikipedia.org/wiki/Corrupci%C3%B3n_en_Venezuela
 
 
[39] http://es.wikipedia.org/wiki/Corrupci%C3%B3n_en_Venezuela
 
 
[40] Franz von Bergen “El Chavismo saca su arsenal de trucos para el 6-D”, El Nacional, 4 de octubre de 2015, Siete Días, pág. 1-2-3.
[42] Reporte Confidencial del 28.10.2014
[43] Las denuncias consignadas en la Fiscalía General de la República contra Diosdado Cabello fueron las siguientes: 1) Safonacc: Distribución de recursos a Consejos Comunales sin justificaciones ni soportes por 150 millones de bolívares. 2) Ipsfa: Compra de módulos, sillas y vehículos con irregularidades en pagos entre 2007 y 2008 por 115,9 millones de bolívares. 3) Obras Inframir: Proyectos sin contratos firmados ni adjudicación por 21,6 millones de bolívares. 4) Cuerpo de Bomberos-Ipsfa: Compra de vehículos por el Cuerpo de Bomberos al Ipsfa sin documento de contrato por 16 millones bolívares. 5). Nómina Corposervicios: Pago a cuadrilleros del Municipio Sucre, irregularidades en números de cédulas, nombres y pagos dobles y triples por 13,8 millones de bolívares. 6) Obras Invihami: Irregularidades de contratos en 16 de los 31 proyectos para ejecutar 941 obras por cogestión y beneficiar a 939 familias por 13,6 millones de bolívares. 7). Hotel Anauco: Hubo pagos dobles por cancelación de hospedaje a médicos cubanos por 5,6 millones de bolívares. 8)  Inversora Ipsfa-Instrumentos musicales: Compra de instrumentos musicales con sobreprecio para las escuelas por 4 millones de bolívares. 9) Corposervicios: Compra de terrenos e inmuebles para los consejos comunales, misiones y guarderías sin avalúos previos por 3,9 millones de bolívares. 10)  Invitrami: Adjudicación de obras sin previa: 11) Hotel Gran Casino: Pagos sin soportes por 3,4 millones de bolívares. 12) Corpomitur: Contratación de empresas para construcción de obras, todas con algún nexo entre sí, por 2,6 millones de bolívares en anticipos. 13) Compra Iapem-Ipsfa: Compra de bienes para el apoyo de funciones policiales sin documento de contrato, daño al patrimonio por 1,7 millones de bolívares por cinco jefaturas móviles que no se entregaron. 14)  Invihami: Remodelación de baños sin cláusulas de contrato con las empresas encargadas, sin ejecución de fianzas de anticipo, ni conclusión de obras por 421millones de bolívares. 15)  Denuncias de cooperativas: Contratación de cooperativas para trabajos que no corresponden con el objeto social, como es colocar propaganda electoral y traslado de materiales y personas en campaña electorales  regionales en 2008. 16)  Muebles Corposervicios: Saqueo, y desvalijamiento de vehículos y partes de vehículos.  Y, 17). Compactadoras de basura: Compra de 10 compactadoras de las que fue entregada sólo una, pese a que se canceló el monto total.
 
[44] Ley contra la Corrupción  del 4 de diciembre de 2014 (Decreto N° 1.410 publicado en la Gaceta Extraordinaria N° 6.155)  y   Ley  Orgánica Contra la Delincuencia Organizada   y Financiamiento  al Terrorismo  del  30 de abril del 2012.  (Artículo  35: Legitimación de capitales: Quien por sí o por interpuesta persona sea propietario o propietaria, poseedor o poseedora de capitales, bienes, fondos, haberes o beneficios, a sabiendas de que provienen directa o indirectamente de una actividad ilícita, será penado o penada con prisión de diez a quince años. La misma pena se aplicará a quien por sí o por interpuesta persona realice las actividades siguientes: 1.- La conversión, transferencia o traslado por cualquier medio de bienes, capitales, haberes, beneficios o excedentes con el objeto de ocultar o encubrir el origen ilícito de tos mismos o de ayudar a cualquier persona que participe en la comisión de tales delitos a eludir las consecuencias jurídicas de sus acciones. 2.- El ocultamiento, encubrimiento o simulación de la naturaleza, origen, ubicación, disposición, destino, movimiento o propiedad de bienes o del legítimo derecho de éstos. 3.- La adquisición, posesión o la utilización de bienes producto de algún delito.4.- El resguardo, inversión, transformación, custodia o administración de bienes o capitales provenientes de actividades ilícitas. Los capitales, bienes o haberes objeto del delito de legitimación de capitales serán decomisados o confiscados)
 
[45] Convención de la ONU contra la Corrupción del 31 de octubre de 2003. Convención Interamericana contra la Corrupción del 29 de marzo 1996. Convención para combatir el Cohecho de Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales  de  la  Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) del 21 de noviembre de  1997. 
 
[46] http://es.wikipedia.org/wiki/Corrupci%C3%B3n_en_Venezuela
[48] http://www.cuentasclarasdigital.org/2015/03/redes-corrupta-de-pdvsa-lavaron-us-2-000-millones-en-banca-privada-de-andorra/
[49] http://www.prensa.com/economia/Superintendencia-Bancos-Panama-Privada-Andorra_0_4160584084.html
[50]  Ver Anexo
[51] http://www.poderopedia.org/ve/personas/Alcides_Rondon
 
[52]http://www.armando.info/sitio/index.php?id=17&tx_ttnews[tt_news]=125&cHash=b54c1b3927fad8629b921b79a545ae31
[53] http://www.elmundo.com.ve/noticias/economia/banca/marco-torres--las-cuentas-en-el-hsbc-de-suiza-no-e.aspx
[54] http://elaragueno.com.ve/buscan-a-banqueros-venezolanos-por-fraude-del-banco-peravia/
[55] http://www.listindiario.com/%28X%281%29S%28a14yjl0jphjt2njd5ddadbb3%29%29/la-republica/2015/2/3/354853/Determinan-alcance-de-estafa-en-Banco-Peravia?AspxAutoDetectCookieSupport=1

[56] ww.noticias24.com/venezuela/noticia/200269/estos-son-los-puntos-claves-del-caso-del-alcalde-de-valencia-edgardo-parra/

 
[57] Una fuente vinculada con las investigaciones reveló que la cooperativa, con un capital social de Bs. 1.500, logró adquirir la avioneta valorada en una cifra cercana a 250 mil dólares.
 
[58] http://www.el-nacional.com/politica/Corrupcion-derroche-primera-socialista-Valencia_0_284971618.html
[59] http://noticias24carabobo.com/actualidad/noticia/69248/interpol-panama-capturo-a-socio-de-exalcalde-edgardo-parra-vinculado-a-casos-de-corrupcion/
 
[60] www.ultimasnoticias.com.ve/web-topics/caso-edgardo-parra.aspx
[61] http://laiguana.tv/articulos/8204-politica-bolipuertos-corrupcion-garcia-plaza-ferrys-chatarra-maduro
[62] https://www.youtube.com/watch?v=_3izhrujBLU
[63] http://www.laverdad.com/politica/74013-imputan-a-garcia-plaza-por-corrupcion.html
[64] http://laiguana.tv/articulos/8204-politica-bolipuertos-corrupcion-garcia-plaza-ferrys-chatarra-maduro
[65] http://prodavinci.com/2013/08/06/actualidad/corrupcion-en-venezuela-indice-de-2013/
 
[66] https://estadodelincuente.wordpress.com/2014/01/21/un-poder-judicial-corrompido-no-puede-frenar-la-inseguridad-ni-la-corrupcion/
[67] Diario El Universal, 27 de enero de 2006
[68] http://www.armando.info/sitio/index.php?id=17&tx_ttnews[tt_news]=52&cHash=b953ca5c7a7f92f83ed96342857675a8
[69] http://informe21.com/politica/ollarves-ratifica-autenticidad-de-declaraciones-de-aponte-aponte
[70] http://www.laverdad.com/politica/1737-velazquez-alvaray-reaparece-con-denuncias-contra-el-gobierno.html
[74] http://icj.wpengine.netdna-cdn.com/wp-content/uploads/2015/10/Venezuela-OcasoEstadoDerecho-Publications-Reports-2015-SPA.pdf.
[76] http://www.abc.es/internacional/abci-orden-detener-leopoldo-lopez-partio-directamente-maduro-201510310203_noticia.html
 
[77] El Nacional domingo 1º de noviembre de 2015, Siete Días 3.
[78] http://www.aporrea.org/ddhh/n280210.html
[79] http://www.panorama.com.ve/opinion/Rosa-Amelia-Asuaje-La-responsabilidad-y-el-exfiscal-Nieves-20151029-0042.html
[80] En el Anexo II se encuentra un análisis del proceso contra Leopoldo López que efectué en julio del 2014.
[81] http://redlaj.com/v2/index.php?option=com_content&task=view&id=218&Ite
mid=1
[82] http://www.globovision.com/news.php?nid=137981
[83] http://www.tsj.gov.ve/cuentas/scp/2009/cuentascp-24122009.htm
 
[84] w2.ucab.edu.ve/.../Maria%20Lourdes%20Afiuni/INF
[85] http://www.maduradas.com/efecto-nieves-testigo-declaro-en-juicio-de-afiuni-que-fue-presionado-por-el-ministerio-publico/
[86] Ver los diferentes pasos de este caso en: http://caraotadigital.net/conozca-el-caso-antonio-ledezma-paso-a-paso/
[89] http://www.reporteconfidencial.info/noticia/3253910/liberados-director-y-abogado-de-cadena-de-tiendas-dia-dia/
[90] http://prodavinci.com/blogs/la-pobreza-se-disparo-hasta-76-en-venezuela-segun-encovi-ucv-usb-ucab-por-victor-salmeron/
[91] https://twitter.com/LucioQuincioC/status/489052227256860672
[92] El nivel de impunidad en Venezuela es alarmante según el último informe de la Comisión Internacional de Juristas: Llega  a 95% en casos de delitos sin justicia y a 98% en casos de violaciones a derechos humanos.   (“Fortaleciendo el Estado de Derecho  en Venezuela”, International Commissions  of  Jurists, Ginebra mayo 2014, P. V)