Palabras pronunciadas en el acto de otorgamiento
de la condecoración de la Orden Bicentenario del Colegio de Abogados de Caracas
al Cardenal Jorge Urosa Savino.
Román J. Duque Corredor
El Derecho y la
Justicia han sido elementos del magisterio de la Iglesia Católica, es decir, de
su enseñanza. Magisterio del que se ha investido a los obispos, como sucesores de los Apóstoles, bajo la autoridad
del Sumo Pontífice, que incluye la
enseñanza de la doctrina, la moral y las costumbres. Así, el
canón 2050, del Catecismo de la Iglesia
Católica, aprobado por San Juan Pablo II, en 1992, señala que “El Romano Pontífice y los obispos, como
maestros auténticos, predican al pueblo de Dios la fe que debe ser creída y
aplicada a las costumbres. A ellos corresponde también pronunciarse sobre las
cuestiones morales que atañen a la ley natural y a la razón”. Puede decirse, entonces, que ese magisterio es el pensamiento ético
sobre la sociedad, el Estado y la actividad política. Pensamiento, que se resume en las palabras
que este Santo Pontífice dirigió a los intelectuales en su Discurso al Mundo de
la Cultura de Lituania, el 5 de septiembre de 1993, de que los límites
infranqueables de los proyectos políticos son la dignidad de los hombres y la
ley moral. En ese orden de ideas, como
lo sostengo en mi Libro “Temario de
Derecho Constitucional y de Derecho Público”, publicado en el año
2008, el magisterio de este Padre
Santo, sobre las consideraciones del
respeto al hombre, de la promoción de la cultura de la vida en contra de la cultura de
la muerte y del paradigma de la verdad,
es un testimonio documental de las valores y conceptos de la Iglesia Católica que brindan “al cuerpo social y a la actividad cultural,
científica, económica y política, ideas que son capaces de orientar la conducta
práctica de la sociedad” (Op, Cit, LEGIS, PP195-196). Dentro de ese magisterio se destaca la
valoración del Estado al servicio de la persona como base del Estado de
Derecho; el Estado de Derecho como un estado justo, equilibrado y democrático; la
neutralidad ideológica; la dignidad de la persona humana como fuente de
derechos; la anterioridad de la persona respecto de la sociedad y el estado; el
respeto a la constitución y a las normas jurídicas democráticamente
consensuadas y el pluralismo en la organización de la sociedad, como principios
y criterios para la configuración del Estado de Derecho. E, igualmente, la consideración de los
derechos humanos como cuestión ética, la naturaleza social de las personas como
soporte de la institucionalidad jurídica y presupuesto de los derechos humanos;
la deshumanización de la democracia y los compromisos y cometidos del estado
frente a los derechos humanos, y la consideración del despertar de los pueblos
en la búsqueda de la libertad.
Para
el magisterio eclesial la democracia y el Estado de Derecho son inescindible.
San Juan Pablo II, en su Encíclica Centesimus annus de 1991, enseña: “La Iglesia aprecia el sistema de la
democracia, en la medida en que asegura la participación de los ciudadanos en las opciones políticas y
garantiza a los gobernados la posibilidad de elegir y controlar a sus propios
gobernantes, o bien sustituirlos oportunamente de manera pacífica, Por esto
mismo, no puede favorecer la formación de grupos dirigentes restringidos que,
por intereses particulares o por motivos ideológicos , usurpan el poder del
Estado, Una auténtica democracia es posible solamente en un Estado de derecho y
sobre la base de una recta concepción de la persona humana” (46: AAS 83. 850). Y en cuanto al Estado de Derecho el
magisterio pontificio reconoce la validez del principio de la división de
poderes en el Estado, señalando, en la
misma Encíclica Centesimus annus, que: “Es
preferible que un poder esté equilibrado por otros poderes y otras esferas de
competencia, que lo mantengan en su justo límite. Es éste el principio del
Estado de Derecho, en el cual es soberana la ley y no la voluntad arbitraria de
los hombres” (44: AAS 83.848).
Doctrina esta que es de una vigencia necesaria en la presente situación
de la crisis de las instituciones democráticas en Venezuela.
De este magisterio participan y enseñan los
obispos de la República, asociados en la
Conferencia Episcopal Venezolana
(CEV), de acuerdo al Concilio Vaticano
II, conforme formas y modos de
apostolado convenientemente acomodados a las circunstancias de tiempo y lugar,
a través de sus diversos departamentos, pastorales
y vicarias, como la de derechos humanos de los diferentes obispados y
arquidiócesis. Una de las mejores manifestaciones
de este magisterio es el Comunicado de la Presidencia de la Conferencia
Episcopal Venezolana ante la Gravísima Situación del País, de fecha 27 de abril
de 2016, mediante el cual no solo se denuncia la extrema carencia de bienes y
productos básicos para la alimentación y la salud, el recrudecimiento de la
delincuencia asesina e inhumana, el racionamiento inestable de la luz y el
agua, la profunda corrupción en todos
los niveles del Gobierno y la sociedad; la ideologización y pragmatismo manipulador,
que agudizan la situación del país; sino que, además, se destaca como una
obligación moral irrenunciable el respeto a la institucionalidad, y dentro de
ella, el respeto a la a autonomía de los respectivos poderes, la falta de
convivencia nacional promovida por el enfrentamiento de las diferentes ramas
del Estado, la amnistía como un clamor nacional e internacional, y, particularmente, se
advierte que “desconocer a la Asamblea Nacional es desconocer y pisotear ka
voluntad de la mayoría del pueblo”.
Igualmente, la Comunicación ante
Las Elecciones Parlamentarias de la Comisión de Justicia y Paz de la
Conferencia Episcopal Venezolana y la Vicaría de Derechos Humanos de la Arquidiócesis
de Caracas, de 5 de diciembre de 2015, es otra manifestación del magisterio de la Iglesia sobre el Estado de Derecho y la
democracia, como obligación moral, con
relación al ejercicio del derecho del voto, contra la abstención, acerca
de la obligación del CNE y de los poderes públicos de garantizar la transparencia del proceso y
la seguridad en el ejercicio de derecho del sufragio, que presupone el respeto
a la opción del elector, así como con
relación al secreto inviolable de su voto y de las garantías de las condiciones de tiempo y espacio para
facilitar el mismo; y la protección de los
derechos civiles , especialmente el derecho a la vida, a la integridad
física y al libre tránsito durante las
elecciones y el acceso de los medios de
comunicación para informar sin restricciones todo lo relativo a este proceso
comicial.
Parte de ese magisterio eclesial, en el contexto del
pensamiento ético sobre la sociedad, el Estado y la actividad política, son las declaraciones de su Eminencia, el
Cardenal Jorge Urosa Savino, sobre el respeto a las elecciones legislativas, especialmente dirigido al Presidente
Maduro; de la obligación de respetar la
Constitución y el poder legislativo, como la luz que deben ver los poderes
públicos, con relación a la desaprobación
del decreto de emergencia económica propuesto por el Gobierno de Nicolás
Maduro y que fue reavivado por el Tribunal Supremo de Justicia con un fallo que
le dio vigencia, así como a su prórroga; y acerca de la exhortación a combatir las bandas
armadas; sobre el derecho a reavivar el
revocatorio con la recolección de firmas y la responsabilidades del CNE y del gobierno por impedir este derecho. Asimismo, el Cardenal Urosa, conforme el magisterio eclesial sobre el
valor de la libertad como expresión de la dignidad de la persona humana, denunció el día domingo 26 de junio de este
año, la violación de los derechos humanos de los jóvenes Francisco Márquez y
Gabriel San Miguel, por su detención por participar como activistas en el proceso de validación
de firmas y por su reclusión en la
Cárcel de San Juan de Los Morros, señalando que en su caso no se ha observado
el debido proceso, puesto que no fueron apresados en flagrancia cometiendo
algún delito, y que deben ser juzgados
bajo libertad, tal como lo ordena el Código Orgánico Procesal
Penal. Por su parte, los colegios de abogados y su Federación, en su Declaración sobre estas materias, y,
particularmente, sobre las decisiones de la Sala Electoral y de la Sala
Constitucional, que desconocen la representación parlamentaria y la autonomía del poder
legislativo, y por el cual denuncian la violación de derechos fundamentales;
coinciden con el magisterio eclesial sobre los fundamentos del Estado de
Derecho.
Por otra parte, los abogados
constitucionalmente integran el sistema de justicia, y, conforme, la ley que
rige sus gremios, han de promover la
defensa del derecho, de la libertad y de la justicia; y la cual además asigna a los colegios de abogados la
condición de auxiliares de justicia y la función de velar por los intereses de
la abogacía como profesión independiente. Asimismo, el Código de Ética
Profesional del Abogado impone a éstos el deber de servir a la justicia, asegurar la libertad y el ministerio del
Derecho. Particularmente, por parte del Colegio de Abogados del Distrito
Capital, heredero del Colegio de Abogados de Caracas, creado en 1788, el deber de promover y defender el derecho y la justicia y
el progreso del pueblo caraqueño. Y como
sucesor del Colegio de Abogados del Distrito Federal de 1957, que apoyó entusiastamente
la Pastoral del 1º de mayo de dicho año, del Arzobispo de Caracas, Rafael Arias
Blanco, que el entonces periodista de la Revista Momento, Gabriel García Márquez, consideró como “una brecha en el cinturón de acero creado por la
censura a la Prensa” durante la dictadura perezjimenista
(Caracas, 09.10. 1959). Según el sacerdote jesuita, José Virtuoso, hoy Rector de la
Universidad Católica Andrés Bello, con
esta Pastoral la Iglesia asume una postura crítica
frente al orden establecido y que la argumentación utilizada se sustenta en el
iusnaturalismo y que desde el punto de vista
político-ideológico es un precedente de la
perspectiva latinoamericana nacida en 1968 con la II Conferencia Episcopal
Latinoamericana reunida en la ciudad de Medellín en Colombia, sobre los
derechos políticos, sociales y económicos y del Estado democrático de
Derecho ( Revista SIC 694, P 166, mayo 2007).
El Colegio de Abogados del Distrito Federal testimonió en diferentes actos la trascendencia del
magisterio del Arzobispo Arias en la lucha por la democracia durante la
dictadura de Pérez Jiménez y en la conquista de la democracia, así como su
influencia en la configuración de los derechos sociales y económicos en la
Constitución de 1961.
No es de extrañar, pues, que en estos tiempos,
el Colegio de Abogados del Distrito Capital, haga un reconocimiento al
magisterio de la Iglesia Católica de Venezuela, imponiendo la Orden
Bicentenario de dicho Colegio, al
Cardenal Jorge Urosa Savino, por ser un plecaro ejemplo personal y colegiado de
ese magisterio, a quien, con plena responsabilidad, considero digno sucesor de
Monseñor Rafael Arias Blanco, en el pensamiento eclesiástico sobre
la sociedad, el Estado y la actividad política en el presente momento histórico
venezolano de profunda crisis moral, política e institucional. Ese otorgamiento de la principal orden gremial
al Cardenal Jorge Urosa Savino, es, por parte, de los abogados un acto de justicia. Y además es un reconocimiento y un testimonio,
de que su Eminencia, en su ministerio pastoral,
guarda la más estricta coherencia con el lema de su Escudo como XV
Arzobispo de Caracas, “Pro Mundi Vita”
(Para la vida del Mundo), que expresan
el sentido de su misión, y, que, por tanto, es principalmente, es “Pro
Venezuela Vita”, para y por la vida de
Venezuela.
Reciba
Eminencia, de los abogados caraqueños y de su Colegio, su Orden Bicentenario, como la más alta distinción que se otorga tanto a
quienes se han distinguido por su trayectoria profesional, como a las personalidades
meritorias en la defensa del Derecho, de
la Paz, de la Justicia y de los derechos humanos, de las cuales usted es una
notable representación.
Eminencia, quisiera terminar, con estas
palabras, de su antecesor en la sede episcopal de Caracas, el Cardenal José
Humberto Quintero, que tomo de su discurso “La
Labor de San Ignacio en la Reforma de la Iglesia”, pronunciado el 11 de
mayo de 1956, en el Aula Magna de la Universidad Universitaria de Caracas, y,
que con su licencia, utilizo para
calificar a usted como magister del pensamiento de la Iglesia Católica de
Venezuela:
“Las ideas gobiernan a los hombres. Para que
ellas se propaguen necesitan apóstoles. Pero para que éstos de manera eficaz realicen
tal tarea es preciso que primeramente sean unos convencidos de la verdad a cuyo
servicio han de consagrarse. Solo cuando en el corazón del apóstol hay esa
convicción profunda su palabra es llama que prende nuevas llamas en otras
almas”.
Eminencia,
usted ha prendido llamas de
esperanza en nuestro corazón e incendiado nuestro ánimo de fe y de
perseverancia.
Caracas, 28 de junio de 2016.
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