Abogado, Dr en Derecho. Profesor honorario de la Universidad de los Andes y ex Magistrado

sábado, 9 de diciembre de 2017

Derecho energetico y Derechos Humanos



Leccion Magistral 

                                                                      Roman J. Duque Corredor 
I

Energia Justicia y Paz.



A

 Los derechos humanos y la explotacion de las fuentes energeticas.



La primera reflexión que quisiera hacer es la relación entre la energía, la justicia y la paz.  Es indiscutible que los problemas derivados del uso y de la explotación de la energía pueden afectar los derechos humanos, cuya lesión es un desencadenante de la violencia, porque su violación amenaza bienes esenciales para la sociedad. Ello por cuanto las fuentes primarias de la energía son las que dispone la naturaleza , y por tanto,  son de la sociedad y de la humanidad, por lo que  su explotacion no puede ser ilimitada ni abusivas,  como las energías geotérmicas o bioenergías que son de la humanidad. Y en razón de que también las fuentes secundarias, derivadas de las transformaciones de las fuentes primarias mencionadas, como la gasolina, el gas, y la electricidad, son básicas para el nivel de vida de los consumidores finales.  Es decir, la relacion de las fuentes de energia con la justicia y la paz deviene de las garantias de los derechos de los pueblos, como derecho  humano  al acceso de dichas fuentes, como patrimonio de la humanidad.







B



El desarrollo sostensible ,  la Justicia y la Responsabilidad de los Estados.



La segunda reflexión, es que, ademas del caracter de patrimonio de la humanidad de las fuentes de energia, un orden justo en esta materia del uso y explotación de bienes de la humanidad,  es un instrumento para el desarrollo, integral y sostenible de los pueblos. Por ello el derecho internacional ha reconocido que la protección de estos recursos o bienes, imponen a los Estados y gobiernos la responsabilidad de actuar de buena fe, respetando principios universales humanitarios  y de promover la solidaridad con las regiones más pobres del planeta y con el principio de justicia intergeneracional de no dejar a las nuevas generaciones más empobrecidas.  Estas obligaciones son la contrapartida de los derechos de la humanidad a las fuentes de la energia.  



C



Necesidad de instancias internacionales para el establecimiento de las responsabilidades de los Estados por la violacion de los derechos de la humanidad sobre las fuentes de energia.



Y la tercera reflexion, es la de que si no se establecen instancias internacionales donde se pueda reclamar tales responsabilidades y hacerlas efectivas, o establecer medios compensatorios e indemnizatorios por los daños causados por los incumplimientos de esas responsabilidades,  así como que si no se le da legitimidad , o capacidad procesal, a los pueblos, a través de sus organizaciones de ciudadanos, de acudir a esas instancias, ese derecho internacional se queda solo a nivel de los tratados y las declaraciones, sin ninguna eficacia.







II

La corrupcion y los derechos humanitarios sobre las fuentes de energia.



 Las anteriores reflexiones  se vinculan tambien con el  tema de la corrupción y la mala gobernabilidad, por lo que su consideración en congresos relativos a la energía, la justicia y la paz, no pueden ser obviados, especialmente en los casos de los países en vías de desarrollo. A este aspecto dedicaré mis comentarios finales.



A

Los delitos de corrupcion en la explotacion de las fuentes de emergia y la necesidad de una gobernalidad internacional.



La corrupción y la mala gobernabilidad o el desgobierno o mala administración, como se le quiera llamar, comprende a asuntos como los lobbys y comisiones, o traficos de influencia, principalmente en países en vías de desarrollo, para obtener licencias, permisos, suministros, concesiones o contratos para la extracción de los recursos energéticos, como, por ejemplo,  el petróleo, facilitados por funcionarios corruptos o convalidados por instituciones subordinadas o integrantes del mecanismo de corrupción. O, por mecanismos insuficientes o inadecuados de control o por instrumentos mecanismos o procedimientos administrativos o judiciales ineficaces para prevenir, sancionar o erradicar estos casos de corrupcion, o para resarcir los perjuicios  causados a las poblaciones.  Y también por la inexistencia de instituciones de control del ambiente y de la calidad de vida de la población.  Por otro lado, hoy día el manejo ilegitimo de grandes sumas de dinero a nivel internacional derivado de la corrupción en países en desarrollo para la explotación de los recursos energéticos, es un dato que se refleja en los informes de los organismos de trasparencia internacional sobre tráfico ilícito de capitales, o en los de los organismos técnicos,  como un obstáculo al desarrollo energético sostenible. Y, también en los reportes de los organismos de defensa de los derechos humanos como un obstáculo al desarrollo social integral, entre ellos al derecho de acceso a las fuentes de energía necesarias para el nivel de vida de las poblaciones. A estos temas se agrega el mal uso que los gobiernos nacionales han hecho de los recursos energéticos.



 Y también  es corrupcion, que afecta a las poblaciones, la celebracion de  contratos leoninos impuestos por algunos grandes países a los países en desarrollo para evadir sus responsabilidades ambientales nacionales e internacionales.  Por tanto, en eventos internacionales relativos a las fuentes de energia, la justicia y la paz, en mi criterio,  uno de los temas a considerar es la penalización de esos hechos de corrupción, por supuesto, como el de otros derivados del manejo illegal de  la deuda pública externa,  en razon de que en la mayoría de esos países, las instancias penales nacionales son ineficaces, inadecuadas, insuficientes o cómplices, para prevenir o impedir esa corrupción o mal uso de las fuentes energeticas. Por lo que, ante la incapacidad de los Estados de prevenir e impedir este obstáculo, se debe incluir, en los congresos sobre energía, justicia y paz, el tema de la gobernabilidad internacional necesaria, a cargo de "una verdadera autoridad política mundial", con competencia internacional universal de protección de estos recursos vitales, como lo ha propuesto el magisterio de Benedicto XVI, en su Encíclica Caritas in Veritate  del 29 de junio del 2009 (n. 67).  En efecto, el romano pontifice razonaba su propuesta, diciendo “Para gobernar la economía mundial, para sanear las economías afectadas por la crisis, para prevenir su empeoramiento y mayores desequilibrios consiguientes, para lograr un oportuno desarme integral, la seguridad alimenticia y la paz, para garantizar la salvaguardia del ambiente y regular los flujos migratorios, urge la presencia de una verdadera autoridad política mundial, como fue ya esbozada por mi Predecesor, el Beato Juan XXIII. Esta autoridad deberá estar regulada por el derecho, atenerse de manera concreta a los principios de subsidiaridad y de solidaridad, estar ordenada a la realización del bien común “.  A lo cual agregaba que, “El desarrollo integral de los pueblos y la colaboración internacional exigen el establecimiento de un grado superior de ordenamiento internacional de tipo subsidiario para el gobierno de la globalización[149], que se lleve a cabo finalmente un orden social conforme al orden moral, así como esa relación entre esfera moral y social, entre política y mundo económico y civil, ya previsto en el Estatuto de las Naciones Unidas” (n. 67)   Al igual que es necesario la promocion de un orden justo universal que impida los contratos leoninos en estas materias.  

 Propuestas estas a  las que  se ha  agregado  por la World Jurist Association la de una jurisdicción universal  con competencia para establecer las responsabilidades de gobiernos y gobernantes por los daños causados a las poblaciones o la humanidad por la corrupción y para la recuperación de los dineros ilegítimos para promover fondos de desarrollo de los pueblos víctimas de esos delitos. Y para calificar de leoninos los contratos que violen las responsabilidades de los países y contratistas en materias ambientales. Y para que en dicha jurisdicción universal se reconozca legitimidad a los pueblos para acudir y participar ante esas autoridades en sus procesos como parte legítima.



 No dudo del interés y de la importancia del tratamiento de este tema de los  recursos energeticos y los derechos humanos, por ejemplo, no solo Latinoamerica, y particularmente para Venezuela por ser su sistema de gobierno un signo paradigmático de la corrupción y del mal uso de los recursos energéticos y de la lesión del derecho de su población del acceso a los recursos energéticos básicos para su sobrevivencia y desarrollo integral causado por una mala administración.  Por lo que,  en razón de mi convicción de que la energía es un medio para el desarrollo, concluyo que los Estados  y el orden universal han de    garantizar  los derechos de las poblaciones sobre las fuentes energeticas, para promover la justicia y la paz univesarles,  que  ciertamente no garantiza el actual paradigma energético.  De alli lo trascendente de la propuesta de realizar un curso de especializacion sobre derecho energetico, justicia y paz, como el que llevara a cabo la Universidad de Aruba, promovido por la  World Jurist Association, que preside el venezolano, Dr. Franklin Hoet.
Oranjestad, 8 de diciembre de 2017


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