VALORES SUPERIORES Y DERECHOS
FUNDAMENTALES COMO MARCO REFERENCIAL DEL PROCESO DE CONSENSO PARA LA SOLUCIÓN
DEL ACTUAL CONFLICTO POLÍTICO EN VENEZUELA[1]
Dr.
Román J. Duque Corredor
1.- Consenso,
requiere de un proceso. Es decir, de un
conjunto de acciones y de actos para lograr un fin. Esto es un acuerdo. Como proceso no sólo requiere de método y
procedimiento sino fundamentalmente de un marco axiológico que sirva de
orientación a las decisiones de los participantes. A mi juicio en democracia, ese marco
referencial son los principios que la sociedad ha proclamado como valores
superiores en su Constitución y el respeto de los derechos humanos. Desde este punto de vista, expondré ideas
propias sobre la actual experiencia venezolana,
donde el consenso es un
deber ético porque su fundamento es
el derecho humano a
vivir en democracia, es decir,
en paz y en
tolerancia.
2.- Según
Eric Hobsbawm, en su
Historia del Siglo XX, la
gran cuestión de la democracia es
cómo han de ser las
relaciones entre quienes
gobiernan y toman las decisiones y
sus pueblos, en las sociedades donde conviven
fuerzas e ideas contrapuestas. Porque, asienta este
autor, que si bien
se puede gobernar durante
algún tiempo con una
parte del pueblo contra otra parte del
pueblo, ello no es
posible todo el tiempo. El tema es,
pues, en las
democracias, cuando ello
sucede, cómo un Estado que como en el
caso de Venezuela,
que en su Constitución, en
el artículo 2°, proclama
el pluralismo como
un valor superior del orden democrático; puede y
debe superar su
desintegración social y política,
para restablecer el equilibrio de
las fuerzas e
ideas contrapuestas, de modo que la democracia sea en verdad el reflejo de
la tolerancia, que
es la base de su
subsistencia plural.
3.-
En este orden de ideas,
la legalidad formal democrática
no garantiza “per se” el mínimo
consenso para la estabilidad política.
En efecto, es
el caso de las llamadas “democracias de
baja intensidad”, que se caracterizan
por el origen nominal
constitucional de sus
poderes públicos, por un partido dominante; por una burocracia centralizada y por
un gobierno fuerte e
ilimitado, sin respeto por el principio de la separación de poderes, con la
politización de las fuerzas armadas, y con
la permisividad de algunas libertades
públicas, o de algunos “espacios” para
la disidencia. Este modelo “democrático” (entre comillas),
no garantiza ni la estabilidad social ni
política, así como tampoco la
superación de la pobreza. Esa es la situación jurídica y social de
Venezuela cuya democracia es formal. Por
otro lado, un orden democrático no puede existir, prescindiendo de la opinión
pública nacional, hoy día
cada vez más y mejor
informada y diversa. Este tipo
de democracias, según lo ha apreciado
la Comisión Andina de Juristas,
genera conflictos que amenazan
el propio sistema político
democrático.
4.-
En estos casos el ejercicio ilimitado de la
autoridad y el
rompimiento de la regla de
oro del Estado de derecho del
contrapeso entre los poderes,
afecta la existencia misma de la
democracia, porque se confunde el gobierno con la estructura política y partidista del Estado y
no de la
sociedad, como si el
Estado fuera sólo el gobierno y
los sectores vinculados. Ello,
históricamente está demostrado,
origina, entonces, una crisis
social y política, entre
diferentes sectores sociales
y gubernamentales, que
afecta el equilibrio
necesario que deben
tener las fuerzas
e ideas contrarias en
una democracia y que impide
el progreso político y
social, y genera,
entonces, una situación de
conflicto institucional.
Este conflicto, se
configura por el autoritarismo, el
copamiento por el
gobierno de las instituciones y de los
poderes públicos y la
confrontación. Y con la perdida
de la independencia del poder judicial. Ello
ocurre en un sistema político
democrático cuando se pierde
de vista que la sociedad es el Estado visto desde la
base y que
su estructura de poder
es la sociedad vista desde
arriba. En el fondo,
por ese desequilibrio, el sistema de
gobierno democrático entra
en una crisis
de carácter institucional, al
no tenerse en
cuenta esta interacción
entre gobierno y
sociedad, y el carácter diverso de ésta.
Se genera, entonces, un conflicto político grave,
entre el gobierno y
los diversos sectores que adversan
esa situación y que
reclaman la reconstrucción del
sistema político para la redemocratización del país. En
estos casos, de crisis
de la institucionalidad democrática,
que amenaza el proceso político democrático, los
pueblos tienen el derecho de
reclamar el ejercicio de la tolerancia y los
poderes públicos la obligación de
restablecerla. Y, ciertamente, que no es
la vía de hecho
o de la fuerza
la forma de reconstruir
el equilibrio en la
democracia cuando ésta está afectada por una crisis
institucional. Sino la de
generar un consenso entre las fuerzas sociales, si
de verdad se quiere reacomodar la ecuación
entre gobierno y sociedad como
salida a la crisis institucional.
El constitucionalista
español Gregorio Robles,
ante el rompimiento del
equilibrio entre las fuerzas
sociales y políticas, y el empeño
de algunos en no acordarse
para la
restitución de ese equilibrio,
afirma, en su Obra “
Los derechos fundamentales y la Ética
en la sociedad actual”, “ que en
estas situaciones críticas,
el consenso político, como
manifestación del pluralismo,
es un hecho
irreversible y un deber ético.
Porque, “Ni desde el punto de
vista ético-político, ni general ideológico, puede soñarse con una sociedad monolítica. La
sociedad vive del equilibrio de
fuerzas e ideas contrapuestas. Siempre ha
sido así, pero la
sociedad moderna, a
diferencia de las anteriores ha
hecho del pluralismo uno de los
valores básicos de la convivencia”[2].
5. Organismos internacionales, como
la OEA, y sus órganos funcionales, han
venido presentado a Venezuela
como en
una situación de conflicto,
que pone
en peligro su sistema
político democrático, como
una sociedad polarizada,
con intolerancia y violencia,
y con un lenguaje que afecta la dignidad humana, que
lesiona la paz y la
convivencia nacional. E, inclusive que ha
penetrado la Fuerza Armada Nacional, lesionando
su cohesión e
institucionalidad. Y que
erosiona la credibilidad
de los poderes públicos e impide la
superación de la pobreza. Crisis
ésta, que el
Secretario General de la OEA, desde el 18 de abril de 2002, ya lo advertía en su Informe
al Consejo Permanente de la OEA, al
referirse a los antecedentes de los
hechos ocurridos el 11 y
12 de abril de
dicho año, como “de excesiva polarización, con
connotaciones de intolerancia,
que en la práctica impiden
el diálogo democrático
y la búsqueda
de acuerdos que permitan
cierto entendimiento para mantener
la paz social, y
donde prevalece el
convencimiento que es
inevitable una renovada
confrontación entre amigos y
contradictores del gobierno,
lo que podría
desembocar en mayor
protesta social”. Según ese
mismo Informe, de
hace catorce (14) años, la retórica
divisiva, los ataques sobre
la libertad de expresión, la
práctica peligrosa de
deliberación en la
Fuerza Armada y la
participación de autoridades militares en el debate político, la inadecuada
separación de poderes, la falta de investigación sobre el
desenlace trágico de los sucesos del
11 de abril,
la existencia de
grupos civiles armados
y la falta
de contrapesos
institucionales idóneos, y una
prolongada y profunda polarización, configuraban ya una
crisis grave de
institucionalidad, que conforme
a la Carta Democrática Interamericana, justificarían conductas y
acciones para desactivar ese conflicto, recuperar
la gobernabilidad, ganar la
estabilidad política, y propiciar
la recuperación económica. Y,
que, además, gobierno y oposición debían hacer
lo que esté
a su alcance, para
que a través
de negociaciones directas , se
asegure la supremacía de la
Constitución, se restablezca
la confianza en el
Estado de Derecho y el respeto de
las instituciones y libertades democráticas por todos los
estamentos sociales. A catorce (14) años de aquél diagnóstico, el Secretario General de la OEA, Luis Almagro,
en su presentación ante el Consejo Permanente, en fecha 23 de junio de 2016, solicitó la aplicación de la Carta Democrática
Interamericana, por considerar que en Venezuela se ha alterado el orden
democrático y se ha originado una crisis humanitaria sin precedentes y entre
sus recomendaciones se señalaba la realización al final de 2016 del referendo
revocatorio[3].
6.- La salida a una crisis institucional, como la
que experimenta Venezuela,
que la comunidad americana
ha calificado como de conflicto de
“enorme preocupación”, es según
esta misma comunidad la de la
negociación directa entre el gobierno y
los sectores sociales y políticos que
se le oponen.
Y, según la Asamblea
Plenaria Ordinaria de la
Conferencia Episcopal Venezolana, en
su Exhortación Colectiva
al Servicio de la
Reconciliación, del 9 de
julio del 2002, advertía que para que la negociación
no quedara bloqueada, por
su falta de
trasparencia y la mutua
desconfianza, se requería de determinadas condiciones
para que resultare una verdadera negociación. Es decir,
que había que contar con agenda, objetivos, método
y plazos definidos. Esos temas, de acuerdo con el Comunicado del Secretario General de la
OEA, del 23 de octubre del 2002,
eran los de elecciones, la investigación de los hechos del
11 de abril y
el desarme de la población civil.
Y, según la Declaración de Principios por la Paz y la
Democracia en Venezuela,
presentado por la OEA,
el Centro Carter y
el Programa de las Naciones Unidas
para el Desarrollo (PNUD), en ese año del 2001, al gobierno, a partidos de la oposición y a sectores
de la sociedad civil, se
consideraba la negociación que debía tratarse
de un proceso de conversaciones para superar los conflictos políticos que habían contribuido
a los desequilibrios que
padece Venezuela. Tales
consideraciones son aún hoy día más necesarios si las partes interesadas
admiten que existe una crisis que ha de solucionarse mediante un dialogo, como
incluso lo ha sugerido el Papa Francisco.
7.
Ensayaba , pues, Venezuela, en 2002, de
un proceso de acuerdos y negociaciones, entre el gobierno
y la oposición para la búsqueda
de la vía de para la generación de
un consenso político,
en una situación que
existía de evidente de conflicto que
afectaba la institucionalidad democrática.
Es decir, el
pluralismo y la
tolerancia, que son valores
fundamentales del orden
democrático. Vía ésta que
era inédita para nuestra historia
democrática. Puesto que se pensó que el consenso era una vía
para combatir la dictadura e
instaurar la democracia. O, un
intento para una
reforma constitucional para asegurar
la gobernabilidad de nuestra
democracia planteada a partir de 1.990,
afectada por la aplicación del
modelo del Estado centralizado de partidos,
y determinada fundamentalmente por la crisis del sistema político de
partidos. La vía del consenso
político iniciado en octubre del 2002
atendía a la necesidad de evitar
la violencia y garantizar la
paz y la tolerancia y el respeto a los derechos
humanos, como valores superiores
del sistema democrático y
de canalizar la protesta
social a
través de los medios electorales o de consulta
popular. Sin embargo, la historia
ha demostrado que no basta el consenso sino la voluntad política de
regeneración y de no utilizar los mecanismos democráticos alcanzados en el
consenso para agravar la crisis que se quiso resolver. En efecto, el
revocatorio del 2004, que fue fruto del
acuerdo a que se había llegado para resolver la crisis institucional, no
contribuyó a su solución sino a su agravamiento durante todos estos años, en
razón de que el gobierno se aprovechó de su triunfo electoral para continuar
alterando el orden democrático y para acentuar la exclusión política.
8.
En situaciones como la
descrita por la Comunidad Americana, de
riesgo o alteraciones a los elementos
esenciales de la democracia, la
característica más dramática
es la intolerancia y la violencia, y
el derecho humano más afectado es el derecho
a vivir en paz y en
desarrollo económico y social.
Es decir, el
derecho a vivir en convivencia y
en libertad. Se
trata, entonces, de lograr de verdad un consenso o un acuerdo nacional que asegure el
restablecimiento de la
institucionalidad y el diálogo democrático, y que
permita la reactivación de la economía y la
superación de la pobreza de la población en
un clima de
libertad y de
paz. Este acuerdo en el fondo no es sino
un acuerdo para la convivencia ciudadana. En
otras palabras, el
reclamo del consenso necesario para
superar la crisis, se basa, pues,
en el derecho humano de la
convivencia, que es un valor superior y un fin
esencial de la sociedad y del
Estado. Pero, sin el control de su cumplimiento por parte de una observación
internacional que sirva de mecanismo de prevención, los acuerdos de solución de crisis
institucionales no son per se la solución.
9.
Este consenso, hoy día, es
cada vez más obligatorio y necesario
en Venezuela, porque la
confrontación y la
excesiva polarización política, que
denunciaba el Secretario General
de la OEA, en 2002, se
ha agravado, con
situaciones que representan alteraciones,
por parte del gobierno,
al respeto de la autonomía
de los poderes locales, al poder legislativo, la politización del
Tribunal Supremo de Justicia, a la
descentralización como forma de
democratización de la
concentración del poder central y la violación de derechos humanos ,
lo que ha generado protestas y conflictos de poderes que entraban la
gobernabilidad. Por
ello, resulta conveniente y de
rigor, recordar que en
situaciones como la
presente, que conforme al
respeto de los derechos humanos,
practicar la tolerancia,
para revisar mutuamente decisiones
y ceder en
posiciones políticas, no significa renunciar a
las convicciones personales o
atemperarlas, como lo proclama
el Artículo 1. 4 de la
Declaración de Principios sobre la
Tolerancia del 16 de
noviembre de 1995 de la
UNESCO.
10.
Ese proceso de consenso, reclamado
por sectores democráticos y sugerido por la comunidad internacional, en
el caso de Venezuela,
en mi criterio,
ha de partir
de la idea que nuestra
democracia es la obra de
varias generaciones y no
de una sola, que
siempre se ha caracterizado como una sociedad abierta,
que ha
permitido una convivencia pacifica
en libertad, y
que esta idea debe
unir a los venezolanos para lograr
no sólo solucionar el conflicto político
sino también superar la pobreza y
asegurar el bienestar y la paz
para todos. Pero, asimismo ha de partir,
puesto que de
otra forma no
se entendería por qué
de la necesidad
del consenso, de la admisión por
el gobierno de la crisis de gobernabilidad que afecta la
institucionalidad y el Estado
de derecho y que ha alterado la legitimidad
del ejercicio de los
poderes públicos y ha dado lugar
a una confrontación política
irreconciliable, entre los
sectores gubernamentales y
no gubernamentales y a un
conflicto paralizante del desarrollo del país. Y
que, por ende,
el mejor árbitro para la distensión del clima político y para el
inicio del camino de retorno
a la paz y la convivencia de nuestra
democracia, es la
población mediante su
llamado a una consulta
popular, para permitir
la reestructuración de esos poderes.
De esta forma,
el consenso, que
dé lugar a la convocatoria de una consulta popular, sería la base también para
un acuerdo de
restablecimiento de la
institucionalidad, de
gobernabilidad y de superación de la pobreza.
11.
En este contexto se inscribe la
propuesta hecha por la OEA,
UNASUR, la Unión Europea y el Vaticano, e incluso el gobierno norteamericano, así como la Conferencia Episcopal de
un marco de
negociación directa entre el gobierno y
la oposición, para superar
el clima de confrontación. Propuesta ésta que
sin lugar a dudas resulta de la aplicación de los mecanismos de
asistencia y cooperación
internacional para el fortalecimiento y
preservación de la institucionalidad democrática previstos en la
Carta Democrática
Interamericana, en concreto de
visitas y de gestión diplomática,
de buenos oficios, para
promover la normalización de la institucionalidad democrática.
En estas propuestas vuelve a
plantearse la propuesta del referendo revocatorio, pero la conducta del
gobierno de obstaculizarlo, por intermedio de las condiciones arbitrarias impuestas por el CNE, al alterar
la base del cálculo del 20% establecido en el artículo 72, constitucional, la
limitación del número de centros de recolección, del diferimiento de la fecha
para la recolección de las firmas y la limitación del horario para la
recolección, llevó al Secretario
General de la OEA, Luis Almagro, en declaración del 26 de septiembre de este
año de 2016, ha calificar tales
alteraciones y limitaciones de “un claro
sesgo político”, puesto que constituyen “una maniobra más para dilatar el proceso e impedir que el referéndum
revocatorio de haga realidad”, al cambiar “con manifiesta intencionalidad las reglas del juego”: A la vez
que hizo al gobierno de Venezuela un
llamado urgente al respeto de la institucionalidad democrática y de los
derechos de los electores y recordó la aplicación de la Carta Democrática
Interamericana de mantenerse la alteración de los elementos esenciales del
orden democrático, en razón de que el gobierno venezolano tiene la obligación,
ante sus ciudadanos y la comunidad internacional, de promover y a defender el derecho de la
población a vivir en democracia. Puede
considerarse, entonces, que por parte del gobierno chavista no es posible que
por la vía de un consenso se busque una solución a la crisis que nos afecta por
la vía del referéndum. Sin embargo, ante esa conducta la Mesa de la Unidad
Democrática ha dicho que no renuncia a ese derecho que es del pueblo y no del
gobierno ni del CNE, y, que a pesar de los obstáculos impuestos por el poder
electoral llevará a cabo la recolección de firmas en base al 20% del electorado
y a que se realice en este último trimestre. Sobre este planteamiento, y a
pesar de la actitud gubernamental, se ha vuelto a insistir en la necesidad del
acuerdo, que podría suponer, por lo menos en que se reconozco el 20% y la
realización del referéndum en diciembre del 2016.
12.
Al respecto, para una visión
operativa de una posibilidad de consenso, conviene
referirse a Jim Tull, experto del Centro
Gerencial de Conflictos de la Universidad de Harvard,
quien, en una reseña de
“El Universal” del 24 de noviembre del 2002, señaló,
que en un
modelo de negociación para solucionar
conflictos políticos, el
primer aspecto, es la
determinación de los intereses
da cada bando, es decir, las
motivaciones, anhelos y métodos
que los
mueven. Que el
segundo aspecto son las opciones
o ideas que se pueden llevar a
la mesa. Y, que
el tercer aspecto, es
la justicia de las propuestas. Asimismo,
otro aspecto, son las
alternativas de lo que cada
parte puede hacer independientemente sin llegar a
acuerdos. Y, por último, los
medios son la comunicación y la relación directa, y
el objetivo es el acuerdo
o negociación. Al referirse al
proceso de negociación para
el consenso político en
Venezuela, este experto expresó,
según la misma fuente
informativa, que el problema
es que las
dificultades son urgentes y que
por lo tanto deben
buscarse salidas
rápidamente, pues la
situación esta empeorando también de
manera muy veloz.
Finalmente, en cuanto a la
operatividad de la mesa de
acuerdos y negociaciones, recomendó
la formación de una mesa
de decisión y otras
con distintas instituciones, para
aportar ideas.
13.
Por mi parte, finalizó con
una reflexión, sobre lo
que podría llamarse la axiología y la filosofía constitucional del
consenso para resolver
la crisis de
institucionalidad del
sistema político venezolano, que no está
de más recordarlas en estos momentos en que la comunidad
internacional vuelve a insistir ante el gobierno como ante la oposición de la conveniencia de de negociar un
consenso para solucionar la crisis institucional de nuestra
democracia. En primer término,
la base del
consenso debe ser el pluralismo que la Constitución
proclama en su artículo
2°, como uno de los valores superiores del orden jurídico, junto con
la ética y los
derechos humanos. De modo que
están obligados, principalmente, los
gobernantes, a reconocer la existencia de una
sociedad plural que
éticamente es superior
a una sociedad uniforme. Y, una forma de
manifestar el cumplimiento de ese
deber ético, ante
el conflicto que afronta el sistema
político venezolano, es promover
el consenso político. En efecto,
decir que el pluralismo es un
valor, según Gregorio Robles,
en su trabajo
“ Los derechos
fundamentales y la ética en la
sociedad actual”[4], quiere significar que la
sociedad debe ser
plural, y que implica para
sus gobernantes y sus miembros la obligación moral
de esforzarse en conseguir la
situación de pluralidad en caso
de desintegración social o política, y
que esa pluralidad se refleje
institucionalmente. Además,
que el pluralismo
está implícito, en la libertad, la
justicia y la igualdad, las cuales no son posibles si
se atenta contra el
pluralismo imponiendo una
sociedad uniforme o monolítica,
favoreciéndose la polarización entre los antagonistas. Por
otra parte, en
segundo término, el pluralismo,
que es la
base para el consenso,
parte de la idea
que la verdad política, nunca es
unilateral y que en
materia política no existe
un criterio absoluto, sino
que hay que
atender a la verdad práctica y
real, que la da la
sociedad. Esa verdad es que la confrontación y la polarización actual representan un riesgo
de violencia y una amenaza
para la paz. Asimismo,
en su dimensión
ética, en tercer
término, el consenso, como manifestación del pluralismo,
tiene sus límites, ya
que no es posible defender cualquier cosa,
sino la que
se justifique racionalmente
y la que se
conforme con la axiología constitucional. En
cuarto término, en el presente,
con relación a un posible proceso de
acuerdo en Venezuela, las
condiciones de la
negociación han de
ser las del llamado “discurso o dialogo ideal”, que
reduce las posibilidades de
engaño, de ocultamiento, de irracionalidad
de los participantes, o de
bloqueo, como la de colocar
al participante en una
condición de inferioridad a la hora
de negociar por la interferencia de decisiones sobrevenidas de una parte
que agravan el conflicto, pendiente el proceso de
negociación. Que exige
que los participantes sean plenamente racionales, capaces
de abandonar el conflicto y
lograr la institucionalización de
un acuerdo propicio para una sociedad
más justa. Por ello,
es importante un esquema de
dialogo que acredite
la condición de iguales de los
participantes, como reconocer al
“enemigo” como contraparte del Gobierno, y
que permita la figura
de unos negociadores o
facilitadores, confiables, que aprecien el grado de racionalidad o justicia del
dialogo real. Y,
que defina “la agenda” y el “orden
del día”, que sirva de
referencia para esa medición y que evite los bloqueos de la
negociación. Esa agenda, en el proceso de
consenso, serían los temas
de negociación.
14.
Por otra parte, ese dialogo o
negociación ideal, supone
un sistema de
núcleo axiológico
irrenunciable e indiscutible, representados por
valores objetivos, que constituye
lo indudable, fuera de cuya
circunferencia se penetra
en la zona de discusión. Es la
idea de un conjunto de círculos concéntricos, que
según Gregorio Robles,
configura la negociación
ideal en un proceso
del consenso político. En
efecto, el primer circulo
esta constituido por
lo indiscutible, en
nuestro caso, la aceptación de los principios y
elementos esenciales del
orden democrático, del
repudio a la violencia,
la convivencia democrática, la vigencia
del Estado de Derecho
y el respeto
a la dignidad
de todos los venezolanos.
El segundo círculo, incluye
los temas respecto de los cuales es posible llegar a
un consenso matizando las
diversas partes sus posiciones para acercarlas a las de los otros.
Y, por último, el tercer
círculo que recoge los
elementos de valor que
han de buscarse
para la elaboración del consenso racional o real.
15. Desde otro
orden de ideas,
en un dialogo ideal
para conseguir un consenso
real, como solución
a un conflicto político,
es verdad que
debe aceptarse que la Constitución define el marco axiológico y procedimental
del proceso de
negociación, pero, también como
expresa Diego García
Belaunde, constitucionalista de la Pontifica Universidad Católica del Perú, que es
una premisa falsa que
los procesos constituyentes o de reforma constitucional, y su
producto final, la
Constitución tienen la solución
a todos los conflictos
políticos. Por el contrario, afirma
este constitucionalista, que,
por desgracia, no
sirven para arreglar
nada, pues ellas
nunca son fines
sino medios[5]
. De modo, que si
el conflicto político tiene alguna
de sus causas en la
llamada Constitución Política,
otro dato real, en
el proceso de discurso o negociación, es lo
que Gregorio Robles
denomina “ el dialogo ínter sistemático” o “ dialogo
post constitutionem “,
que afecta no sólo el
desarrollo normativo inferior a la Constitución, que
debe darse al nivel del Parlamento y en
los Tribunales
Constitucionales, sino también a la propia Constitución,
si se detecta que el modelo político ideal de democracia que recoge
no resulta ser en la
práctica una democracia real, en
cuyo caso se adelantaría el
procedimiento para su
modificación o enmienda por el
proceso de consenso previo.
16.
En este orden de ideas, la Exposición de Motivos de la
vigente Constitución expresa en su
texto, “La contraposición entre una Constitución formal y una Constitución
real genera distorsiones que agravan considerablemente las crisis de
gobernabilidad y de legitimidad del sistema político, de no
existir opciones para superarlas.”
Este principio de la flexibilidad constitucional de adaptación de la
Constitución para la solución de crisis política, es un valor referencial para
la búsqueda de consenso para establecer la institucionalidad necesaria que
requieren los cambios acordados mediante el consenso. Cambios, que a mi juicio,
deben contemplarse en acuerdos no solo de cambios políticos, sino también de
gobernabilidad, que algunos sectores de nuestra sociedad civil han llegado a proponer[6].
17. Termino
este trabajo con una
cita de Gregorio
Robles, muy apropiada
para el proceso de
consenso que se está buscando, con la asistencia y
cooperación internacional, para la situación de conflicto que atraviesa Venezuela, y que
es el tema que he
desarrollado. Dicho autor al referirse al consenso político, como versión
más destacada del consenso real,
alcanzable sólo mediante el dialogo
real para conseguir una
democracia real, afirma: “Toda
sociedad democrática implica ambos, el
dialogo real y el consenso real,
y en la medida en
que estos se aproximen al dialogo ideal y el
consenso ideal, tanto más próximo
estará el ideal de la democracia “[7]. Nos
toca, a los ciudadanos, en ejercicio del derecho a vivir en paz y en
democracia reclamar una solución
pacífica y democrática, al actual conflicto venezolano, principalmente al
gobierno, y a todos los agentes
políticos el máximo esfuerzo de patriotismo
para que esa solución nos conduzca a la democracia real que
como ideal aspiramos los
venezolanos. O, al “gobierno
de felicidad o feliz”,
que postulaba el ilustre venezolano CARACCIOLO PARRA
LEÓN para nuestra
sociedad.
[1] Actualización de la Conferencia dictada en el
Seminario “Generación de
Consensos en Situaciones de
Conflicto: La Experiencia Iberoamericana, “,
Comisión Andina de Juristas- UCAB, Caracas,
“28.11.2002.
[3] Véase el texto en Brewer Carías, Allan R., “Dictadura
Judicial y Perversión del Estado de Derecho”, 2dª Edición Actualizada,
Colección Estudios Políticos Nº 13, Editorial Jurídica Venezolana
Internacional, Caracas, 2016, PP 463-476.
[5] “La
reconstrucción del sistema político y
la ingeniería constitucional”,
en “Perú 2000: Un triunfo sin
Democracia, Comisión Andina de
Juristas”, 2000, página 112
[6] Véase, “Frente al 2016”, Mensaje del Centro de
Políticas Públicas (Ifedec), de la Fundación Alberto Adriani y de la Fundación
Arturo Uslar Pietri”, Caracas, septiembre de 2015. “Acuerdo Nacional para el Progreso y la Paz
de Venezuela, presentado en fecha 10 de agosto de 2016, por el Centro de Estudios de la Economía Venezolana
de la Universidad Monte Ávila (Cedev) y
más de quince (15) instituciones Y, “Mensaje a los Venezolanos” de la Fundación
Alberto Adriani, de noviembre del 2015.
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