La Sala Constitucional y el despotismo. Los bedeles del Madurato
Hace días atrás celebramos el 19 de abril de 1810
Uno de los protagonistas de la
revolución civil que significó esta fecha, Juan Germán Roscio, escribió, desde el exilio su Ensayo “El triunfo
de la libertad sobre el despotismo.
¿ Cómo describía Juan Germán Roscio el despotismo?.
Un gobierno que irrespeta la
soberanía popular
Un gobierno que usa la fuerza para gobernar
Un gobierno que violenta la separación de poderes
Un gobierno que impone su pensamiento
Un gobierno al cual sirven los tribunales.
Un gobierno donde el poder judicial es su amanuense
Un gobierno donde los militares son privilegiados.
Un gobierno para el que no existen las libertades públicas.
Un gobierno que encarcela la
disidencia.
Un gobierno donde los tribunales supremos convalidan su arbitrariedad.
Un gobierno que utiliza las leyes para ejercer un poder autoritario
Un gobierno que utiliza la Constitución a su antojo.
La anterior descripción es un verdadero
test del despotismo.
El gobierno que se subsuma en el test
del despotismo viola todas las reglas de la democracia a las que se
refiere nuestra Constitución y la Carta
Democrática Interamericana
Si aplicamos ese test al
gobierno de Venezuela podrá concluirse
que llena todas y cada una de las anteriores notas o características.
Yo, responsablemente, con base al anterior test defino el actual gobierno de Maduro
como un despotismo judicialmilitar.
Porque todas las notas anteriores son aplicables al presente gobierno.
Aparte de lo anterior,
lexicográficamente, para entender un
régimen despótico, cuya definición es la
de una autoridad absoluta no limitada por las leyes ni por un
control constitucional, hay
que recordar las siguientes definiciones:
DICTADURA: Régimen político en el que una sola
persona gobierna con poder total, sin someterse a ningún tipo de limitaciones y
con la facultad de promulgar y modificar leyes a su voluntad.
TIRANIA: Forma de gobierno en la que el
gobernante tiene un poder total o absoluto, no limitado por unas leyes,
especialmente cuando abusa de él y contra los derechos humanos para cortar las
libertades.
PLUTOCRACIA:
Régimen político en el que hay preponderancia de los ricos en el gobierno.
DEMAGOGIA: Práctica política consistente en
ganarse con halagos el favor popular.
AUTOCRÁTA:
Persona que ejerce la autoridad suprema en un Estado porque ejerce el poder ejecutivo, el legislativo, el
judicial y el electoral.
ESCLAVISMO
JUDICIAL:
Sometimiento de los jueces a los
intereses de los poderes públicos y de los poderosos que esclaviza la Justicia.
Aparte de lo anterior, en la búsqueda del
perfil del gobierno chavista de Maduro, no hay que olvidar la definición
de SOCIALISMO
DEL SIGLO XXI, como el mimetismo adoptado por el chavismo con
la finalidad de camuflar el castro comunismo
para pasar desapercibido como sistema político democrático.
Los principales soportes de este régimen despótico,
tiránico, plutócrata, demagogo, autócrata
y esclavista judicial, son dos instituciones que actúan al margen de la
Constitución. La Fuerza Amada Nacional y
el Tribunal Supremo de Justicia.
Primeramente, ¿quién podría
afirmar objetivamente, como lo exige el artículo 328 de la Constitución, que la Fuerza Armada Nacional es una
institución profesional sin militancia política?. ¿Es posible calificarla, según ese mismo
artículo, como institución al servicio
de la Nación y no de persona o parcialidad política alguna?.
En segundo lugar, ¿ puede
afirmarse que hoy el Tribunal Supremo de Justicia es garantía de la supremacía y efectividad de
las normas y principios constitucionales?.
Y como órgano jurisdiccional, ¿es posible afirmar en Venezuela, que el Tribunal Supremo de Justicia cumple con su
obligación de asegurar la integridad de la Constitución, como se lo demandan
los artículos 335 y 334, de la misma Constitución?..
Voy a referirme al papel de los tribunales constitucionales en el
sistema democrático en un Estado de Derecho. Ya en un artículo anterior, Legalidad
Democrática y Jurisdicción Constitucional, hice referencia a la misión de un verdadero tribunal
constitucional, que hoy presente en forma esquemática, a los efectos de
concluir sobre la participación de la Sala Constitucional venezolana como un
soporte del despotismo.
Comienzo señalando que un
tribunal constitucional es el árbitro del juego democrático cuyo papel
fundamental es asegurar el respeto a la soberanía popular y los derechos
fundamentales y que su función primordial es caso de conflicto de poderes
intervenir a favor y no en contra de la democracia.
Cuando el tribunal constitucional
interviene contra la democracia pierde legitimidad.
En este caso el tribunal constitucional deja de ser el único intérprete de
la Constitución, transformándose en una instancia autoritaria y deslegitimada
del poder y que como tal debe ser denunciado.
La Sala Constitucional va contra la democracia al desconocer la voluntad
popular manifestada el 6 de diciembre de 2015 del cambio político. Para ello
utiliza su función jurisdiccional para cercar a la Asamblea Nacional y
establecerle un cordón autoritario a favor del gobierno, desconociendo la
representación popular que encarna.
En sus sentencias la Sala
Constitucional elimina las funciones legislativas de la Asamblea Nacional, sus
potestades de control sobre los poderes públicos y sustituyéndola en estas
funciones.
La Sala Constitucional se ha
convertidito en el super poder del régimen despótico de Maduro, desvirtuando su
función jurisdiccional para concentrar sumisamente todo el poder en manos de la
presidencia.
La Sala Constitucional es parte y responsable del despotismo militar que
existe en el país, puesto que se ha prestado para eliminar el principio de la
división de poderes y para convalidar la arbitrariedad.
Finalmente, me
permito acuñar esta definición descriptiva del
MADURORATO:
Régimen político y forma de gobierno propio
del socialismo del Siglo XXI, mediante
una dictadura y tiranía de un Presidente autócrata que ejerce todos los poderes con una autoridad absoluta, suprema e ilimitada y
no ilustrada, que abusa del poder
y de los derechos humanos con el soporte militar, de multitud de milicianos, de
la Sala Constitucional, con el
esclavismo judicial y con vinculación preponderante con una nueva clase rica cívico-militar y con asesoramiento
cubano castrista, financiado con recursos petroleros sin control para ganarse con halagos y descuentos el favor popular ante la escases,
el racionamiento y la inseguridad.
Y de este régimen despótico madurista el celador es la Sala
Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y los bedeles del Madurato son quienes
ejercen ilegítimamente la función
jurisdiccional constitucional como magistrados:
Gladys María Gutiérrez Alvarado, Arcadio Delgado
Rosales, Carmen Zulueta de Merchán, Juan
José Mendoza Jover, Calixto Antonio Ortega Ríos, Luis Fernando Damiani
Bustillos y Lourdes Benicia Suárez Anderson.
Caracas, 26 de abril de 2016
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