BLOQUE CONSTITUCIONAL DE VENEZUELA
"En la nación reside el principio de toda soberanía y ningún cuerpo, ningún individuo puede tener autoridad que no dimane expresamente de aquélla". Juan Germán Roscio. (El triunfo de la libertad sobre la tiranía)
Guiados y orientados por los ideales de libertad que anhelan los venezolanos para alcanzar la justicia en nuestra Nación, frente a quienes afianzan la autocracia que ha sumido en tristeza a nuestro país; en procura de cumplir con el deber que impone el bienestar para todos y en especial a las futuras generaciones;
unidos por la misma lucha que conforman la tradición republicana de defensa de la libertad y de respeto a la supremacía de la Constitución, alterada y violada por la actitud antidemocrática del gobierno nacional, avalada por la mayoría de diputados que han integrado la Asamblea Nacional, cuyo segundo periodo de sesiones ordinarias venció el 15 de diciembre de 2015, y por quienes integran actualmente el Tribunal Supremo de Justicia, al desconocer la soberanía del pueblo como fuente del poder público, manifestada en forma contundente en las elecciones parlamentarias del 6 de diciembre del 2015;
decididos a defender el legítimo ejercicio de sus atribuciones por la Asamblea Nacional elegida libremente mediante sufragio universal y directo, ante el desconocimiento de las formas democráticas buscando sustituirlo por un supuesto parlamento autónomo extraconstitucional, lo que significa la ruptura de la institucionalidad del Estado democrático social de Derecho y de Justicia;
NOSOTROS, magistrados eméritos, jueces, fiscales, académicos de ciencias políticas y sociales, decanos de ciencias jurídicas de las universidades, profesores universitarios, federación de los colegios de abogados, presidentes de colegios de abogados, juristas y abogados, todos miembros del sistema de justicia, con fundamento en los artículos 5°, 6°, 7°, 130, 131, 132, 253 y 333, de la Constitución, que postula para el pueblo venezolano una sociedad democrática, sin subordinación y sometimiento a ideología alguna y cuyo derecho a garantizar por los poderes públicos, la supremacía e integridad de los valores superiores del ordenamiento jurídico principalmente la libertad, la democracia, el pluralismo y la preeminencia de los derechos humanos, nos legitima para asumir su defensa;
hemos constituido EL BLOQUE CONSTITUCIONAL DE VENEZUELA, cuyos fines y propósitos son:
1°) Trabajar por el restablecimiento de la institucionalidad democrática del Estado de Derecho, mediante la defensa del poder legítimo originario representado en el Poder Legislativo Nacional elegido el 6 de diciembre de 2015.
2°) Rescatar el principio de la independencia de los poderes públicos, principalmente del Poder Judicial.
3°) Destacar la importancia que tiene la Fuerza Armada Nacional de estar sujeta a la supremacía de la Constitución y de la obligación de comportarse como institución esencialmente profesional, apartidista, no deliberante y obediente a los principios y valores constitucionales y de que en el cumplimiento de sus funciones esté solo al servicio exclusivo de la Nación.
4°) Denunciar los actos hostiles que amenacen u obstaculicen el ejercicio democrático del poder del Estado.
5°) Proponer la reorganización y restructuración del sistema de justicia y la despolitización de los tribunales, del ministerio público, entre otras instituciones que integran el sistema de justicia, la renovación del poder electoral, del poder ciudadano y velar por la correcta elección de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia.
6°) Luchar contra la corrupción y el despilfarro de los recursos públicos.
7°) Procurar la efectiva persecución de los delitos de lesa humanidad y las violaciones graves a los derechos humanos.
8°) Procurar que la vigencia de la Carta Democrática Interamericana, de los tratados internacionales de derechos humanos y el respeto de las decisiones de los órganos supranacionales de protección de estos derechos, se haga efectiva.
9°) Defender y garantizar la autonomía universitaria y la libertad de educación.
10°) Esforzarse en la realización del Estado federal descentralizado y de la autonomía municipal.
11°) Procurar la amnistía para los presos políticos y de conciencia.
12°) Denunciar la persecución del Gobierno a las personas que piensan distinto.
13°) Defender la vigencia de los derechos de información, de libertad de pensamiento y de prensa, de reunión y de manifestación.
14°) Solicitar el levantamiento de los estados de excepción.
15°) Defender los derechos constitucionales de propiedad y de libertad económica y de seguridad jurídica y de protección de la integridad de las personas.
16°) Gestionar la modificación o reforma constitucional necesaria para restablecer el equilibrio de los poderes públicos y el efectivo funcionamiento de la independencia de sus atribuciones y de protección de los derechos humanos.
17°) Defender la representación del pueblo venezolano ante los organismos nacionales e internacionales comprometidos con la vigencia del Estado democrático de Derecho.
18°) Rechazar y denunciar toda forma autocrática del ejercicio del poder público y de la destrucción de su institucionalidad civil.
19°) Convocar a la comunidad jurídica para constituir una gran cruzada de defensa de la Constitución y de los valores superiores del ordenamiento jurídico nacional.
A los fines anteriores decidimos constituir una Coordinación Nacional Colegiada, con sede en la Ciudad de Caracas, y coordinaciones regionales integradas pluralmente, quienes trabajaran en un programa de acción para la protección de la Constitución y del derecho a vivir en democracia, tanto en el ámbito preventivo como correctivo, a partir del 4 de enero de 2016.
Caracas, a los 23 de diciembre de 2015.
Por el Grupo Promotor del Bloque Constitucional de Venezuela:
Magistrados eméritos: Cecilia Sosa Gómez, Román Duque Corredor, Aníbal Rueda, Jorge Rosell Senhenn, Blanca Rosa Mármol, Antonio Ramírez Jiménez, Pedro Rondón Haz, Julio Elías Mayaudón.
Academia de Ciencias Políticas y Sociales: Alberto Arteaga Sánchez, Ramón Escovar León, Carlos Ayala Corao, Rafael Badell Madrid.
Magistrados de la Corte de lo Contencioso Administrativo y Juez Superior: María Amparo Grau, Perkins Rocha, Juan Carlos Apitz, Ana María Ruggeri, Miguel Angel Martin.
Profesores Universitarios: Luis Beltrán Guerra, Raúl Arrieta Cuevas, Jesús María Casal, Juan García Vara, Salvador Yanuzzi, Alvaro Badell Madrid, Rene Molina Galicia, Rodrigo Rivera Morales, Rubén Pérez Silva, Alejandro Canónico, Iván Pérez Rueda, Franklin Hoet, Gustavo Linares Benzo, Nelly del Valle Mata, José Francisco Comte, Gustavo Briceño, Marcos Solis Saldivia, Mariana León Mármol, Flor Zambrano, Rafael Chavero Gazdik, Eustoquio Martínez, Carlos Camero.
Federación de Colegios de Abogados de Venezuela: Marlene Robles.
Presidentes de Colegios de Abogados de Venezuela:
Nelson Riedi (Carabobo), Yvett Lugo (Distrito Capital), Jesús Ramos (Monagas), Mario Torres (Zulia), Enrique Romero (Lara), José Neira (Táchira), Orlando Velásquez (Sucre), Pedro Arévalo (Nueva Esparta), Roberto Andery (Cojedes), Roldan Torres (Apure), Wilme Pereira (Falcón), Rombet Camperos (Barinas), Letty Piedrahita (Miranda), Rosalino Medina (Aragua), Lourdes Vallenilla (Amazonas), Zoila Calderón (Portuguesa), Luis Beltrán Calderón Mejías (Anzoátegui), Mary de Muguesa (Guárico), Eliseo Moreno (Mérida), Omer Figueredo (Delta Amacuro).
No hay comentarios:
Publicar un comentario